Colombia
La Conferencia Episcopal Defiende el Feriado de Santa Rosa de Lima ante Propuesta de Eliminación
El Parlamento dispone ya de dos propuestas legislativas que buscan eliminar hasta ocho festividades (acumuladas) del calendario nacional. De estas, hay tres jornadas no laborales asociadas a celebraciones religiosas. La razón de esta modificación es que, según Eduardo Salhuana, presidente del Parlamento, “Perú es un estado laico”.
El Obispado Castrense del Perú ya manifestó su disconformidad con esta proposición, y ahora la Conferencia Episcopal Peruana, una de las voces más reconocidas de la Iglesia en el país, también ha declarado su desaprobación. Mediante una carta enviada al Parlamento el lunes 3 de marzo, a la que Infobae Perú tuvo acceso, la institución defiende el feriado de Santa Rosa de Lima y otros.
“La eliminación del feriado en festividades religiosas como el 30 de agosto, el 29 de junio y el 8 de diciembre podría provocar descontento entre la comunidad católica y otras confesiones cristianas que consideran estos días fundamentales para su vida espiritual. Asimismo, esto podría interpretarse como un ataque a la práctica religiosa y a la autonomía de la Iglesia para regular sus propias festividades”, se menciona.
Sin embargo, la Conferencia Episcopal Peruana no solo se ha opuesto, sino que también ha reafirmado su autoridad más allá del Parlamento para decidir sobre estas celebraciones.
“El domingo, jornada en la que se celebra el misterio pascual, debe observarse en toda la Iglesia como la festividad principal de precepto. Igualmente, deben respetarse las celebraciones de Navidad, Epifanía, Ascensión, Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo, Santa María Madre de Dios, Inmaculada Concepción y Asunción, San José, Santos Apóstoles Pedro y Pablo, y, finalmente, Todos los Santos. No obstante, la Conferencia Episcopal, con la aprobación de la Sede Apostólica, tiene la facultad para suprimir o mover algunas de estas festividades”, menciona el Código de Derecho Canónico.
De este modo, la entidad sostiene que “la única autoridad para suprimir o mover dichas festividades es la Conferencia Episcopal”, y que modificar estas fechas sin la debida consulta a la Iglesia Católica violaría el derecho de esta institución a regular sus propias celebraciones.
“Es relevante destacar que la Conferencia Episcopal Peruana está respaldada por el principio de inmunidad jurisdiccional de los Estados. En otras palabras, posee un estatus similar al de un Estado, reconocido por las Naciones Unidas (ONU) y, como tal, cuenta con representaciones diplomáticas en diversos países del mundo. Al ser parte de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, dicha convención sobre Derechos de los Tratados también aplica para ella”, agregan.
Es decir, la CEP asegura que tiene plena independencia y autonomía frente al Estado Peruano, al igual que la Iglesia Católica, abarcando todos los asuntos y actividades que son inherentes a la Iglesia, definidos por el Derecho Canónico, que es el marco legal aplicable a las relaciones eclesiásticas.
Continuará…