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El TS desestima el recurso de Ábalos, respalda a la UCO y aclara que el caso no se fundamenta en “sospechas”

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El magistrado responsable del ‘asunto Koldo’ en el Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha inadmitido el recurso presentado por el exministro de Transportes José Luis Ábalos en contra de la solicitud de suplicatorio al Congreso de los Diputados, enfatizando que las indagaciones se sustentan en “pruebas contundentes” y no en “sospechas infundadas”, apoyando la actuación de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, a la que Ábalos había denunciado por comportamientos ilegales.

En una resolución que ha sido accesible a Europa Press, Puente ratifica la decisión adoptada el 18 de diciembre de dar inicio al proceso para que el Congreso de los Diputados levante la inmunidad de Ábalos como diputado –del Grupo Mixto–, permitiendo así que continúe la investigación sobre su posible vinculación en la supuesta red de cobro de comisiones por contratos públicos.

Puente subraya que los indicios existentes no son “simples o meras conjeturas”. En particular, destaca que no se fundamentan únicamente en la declaración de Víctor de Aldama, quien es señalado como el presunto intermediario en la trama.

Asimismo, el juez desestima la petición de nulidad de las actuaciones presentada por Ábalos, quien sostiene que la UCO interceptó un sobre dirigido a su nombre, entregado por Joseba García, hermano de su exasesor ministerial Koldo García, argumentando que no podían actuar sin el correspondiente suplicatorio.

Puente aclara que, de acuerdo a un informe de la UCO, el sobre no estaba cerrado ni dirigido nominalmente a Ábalos, sino que se trataba de un sobre abierto sin destinatario visible. Además, añade que los documentos fotografiados no son relevantes en el contexto de la investigación.

UNA FILTRACIÓN “CENSURABLE”

Por otro lado, Puente también rechaza la solicitud de Ábalos para investigar la filtración de los vídeos de su declaración y las de Koldo y De Aldama en el Tribunal Supremo del pasado diciembre.

Primero, indica que no posee competencia para llevar a cabo esa indagación y, por lo tanto, menciona que el exministro o cualquier otra parte implicada puede interponer la denuncia correspondiente ante los tribunales de Madrid si lo consideran necesario.

Sin embargo, el juez califica como “desafortunada” la filtración, aclara que no proviene de la jurisdicción y recuerda a Ábalos que tanto él como el resto de las partes tienen acceso a la totalidad de las actuaciones.

“Todas las partes han tenido acceso a las actuaciones, incluyendo la que presenta el escrito que ha conducido a esta resolución, y por ende, la filtración censurable podría haber procedido de cualquiera de ellas”, afirma el juez.

Puente menciona las medidas que ha intentado implementar hasta ahora, “sin éxito”, para evitar las filtraciones y advierte que en adelante tomará mayores precauciones para evitar que situaciones similares se repitan, aceptando de antemano cualquier sugerencia razonable y efectiva que cualquiera de las partes pueda aportar en esa dirección.




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