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la sustitución de caballos se mantiene

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el El Juzgado Séptimo Penal Municipal de Cartagena negó la acción de tutela presentada por Eduardo Soto Frías, coche con más de tres décadas de actividad, quien buscaba detener la sustitución de los tradicionales coches de tracción animal por carrozas eléctricas. La acción había sido dirigida contra la Alcaldía Distrital, el DATT y la Corporación de Turismo, entidades responsables de la ejecución del proyecto.

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Soto Frías alegre una posible vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad, al mínimo vital y al debido proceso, argumentando que la transición afectaría directamente su actividad económica y la de quienes dependen de ella. Sin embargo, el despacho judicial procedimientos que la medida adoptada por el Distrito tiene carácter general, abarca a todos los coches por igual y no evidencia ningún trato diferenciado en contra del accionante.

En el análisis del expediente, el Juzgado dejó claro que no existe prueba que permita concluir que la Alcaldía esté aplicando criterios discriminatorios. Por el contrario, la decisión de sustituir el modelo turístico se enmarca en el Proyecto de Inversión BPIN 2024130010051, incluido en el Plan de Desarrollo “Cartagena Ciudad de Derechos 2024–2027”, cuyo alcance abarca a todo el gremio de coches en el Centro Histórico.

Revisión de los argumentos del accionante

El incidente reactivó el debate sobre el uso de caballos para carruajes en la ciudad. Foto:X @LSchmidtFox5

El accionante sostuvo que la transición a vehículos eléctricos dejaría sin sustento a varios trabajadores relacionados con la actividad: cuidadores, herreros y conductores que, según afirmó, no cuentan con licencia de conducción. No obstante, el Juzgado explicó que tales afirmaciones no fueron acreditadas con documentos, testimonios o pruebas que demostraran afectaciones económicas individuales o reales.

Soto también apuntó que la resolución del Ministerio de Transporte —la 20243040046465 del 25 de septiembre de 2024—, que determina que el servicio de carrozas eléctricas tiene naturaleza particular, se encuentra demandada ante la jurisdicción contenciosa. Para el juez, este hecho demuestra justamente que existen mecanismos ordinarios idóneos para controvertir la decisión administrativa, lo cual debilita aún más la procedencia de la tutela como herramienta principal.

El fallo también examinó los argumentos sobre presuntas irregularidades en la ejecución del proyecto, entre ellos la firma del convenio entre la Alcaldía y la Corporación de Turismo por $6.695 millones y la supuesta falta de alternativas para quienes no aceptarán la sustitución. Sin embargo, el Juzgado advirtió que estos señalamientos deben resolverse en escenarios administrativos o judiciales propios del derecho público, y no mediante una tutela que exija demostrar una afectación directa e inminente de derechos fundamentales.

Alcance de la tutela y procedencia como mecanismo transitorio

El Distrito presentó el primer prototipo de los coches eléctricos para Cartagena. Foto:John Montaño/EL TIEMPO

Aunque el Juzgado reconoció que el proceso de sustitución avanza, y recordó que el contratista debe entregar las carrozas eléctricas antes del 31 de diciembre de 2025, conclusiones que no se evidenciaba un perjuicio irremediablee que justificara el amparo. Aun así, estudiamos la tutela de manera transitoria debido a la inminencia del cronograma de implementación.

Tras evaluar cada uno de los derechos invocados, la decisión final fue negar el amparo. El despacho reiteró que no encontró vulneración al derecho a la igualdad, pues la transición se aplica a todos los propietarios de coches por igual. Tampoco se encontró afectación al mínimo vital, al no haber pruebas de que el accionante o terceros enfrentaran una crisis económica derivada del proceso.

En consecuencia, el Juzgado ordenó notificar la decisión y remitir el expediente a la Corte Constitucional para eventual revisión, en caso de no presentarse impugnación.

Reacción del Distrito y avances del proyecto

Coches eléctricos para Cartagena Foto:distrito de cartagena

Para la administración distrital, el fallo constituye un respaldo a su política de modernización del transporte turístico. El jefe de la Oficina Jurídica del Distrito, Milton José Pereira, destacó que la decisión confirma la legalidad del proceso y la visión de una Cartagena “más moderna, sostenible y humana”.

La Alcaldía recordó que quienes consideran que las decisiones administrativas afectan sus derechos cuentan con recursos como la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, subrayando que estos mecanismos son el canal adecuado para discutir los actos administrativos relacionados.

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Mientras avanzan las controversias judiciales y el proceso de adaptación del gremio, el Distrito continúa con la construcción del patio–taller de carrozas eléctricas, ubicado junto al Complejo Deportivo Nuevo Chambacú. El espacio contará con más de 2.850 m², una estación solar compuesta por 244 paneles fotovoltaicos, capacidad para cargar 60 baterías simultáneamente, y zonas de mantenimiento, lavado y abastecimiento.

Un modelo turístico hacia la sostenibilidad

Coches eléctricos para Cartagena Foto:distrito de cartagena

La administración ha insistido en que el objetivo central del proyecto es dignificar las condiciones laborales de los coches, garantizar el bienestar animal y adaptar la oferta turística a estándares sostenibles. La iniciativa hace parte de una estrategia más amplia de movilidad ambientalmente responsable, alineada con las metas del Plan de Desarrollo.

Con el fallo en firme, la transición hacia un sistema de carrozas eléctricas continúa avanzando, mientras el debate jurídico y social sobre su implementación sigue abierto en Cartagena.

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