Colombia
Pico y Placa: qué carros descansan en Cartagena este viernes 12 de diciembre
A continuación se presentan los vehículos que están prohibidos de circular en Cartagena este 12 de diciembre, según el programa de restricción vehicular conocido como Pico y Placa.
El día de la semana, la hora, el tipo de automóvil y el último dígito de la placa son las características que determinan qué autos no pueden circular este viernes.
Es crucial recordar que esta prohibición vehicular cambia cada día, por lo que es fundamental estar al tanto de las actualizaciones para evitar sorpresas desagradables al transitar por las calles de la ciudad colombiana.
Las autoridades establecen el Pico y Placa con base en el día de la semana, el tipo de automóvil y el último número de la placa. Es importante señalar que este programa puede variar según la ciudad.
La intención de limitar la circulación de vehículos en las calles es disminuir el volumen de tráfico, así como los accidentes automovilísticos y los niveles de contaminación.
A continuación, se detallan todas las especificaciones sobre el Pico y Placa para mañana.
Motos: 1, 2.
Particulares: 1, 2.
Taxis: No aplica.
Además de la restricción vehicular, los horarios del Pico y Placa en Cartagena varían según el tipo de vehículo, aplicándose de la siguiente manera:
Motos: de 5:00 a 23:00 horas.
Particulares: de 7:00 a 9:00 y de 18:00 a 20:00 horas.
Taxis: de 6:00 a 6:00 horas del día siguiente, es decir, durante 24 horas.
El gobierno de Cartagena publicó cómo será la rotación del Pico y Placa durante el segundo semestre de 2025.
La restricción vehicular se determinará basado en el último dígito de la placa del vehículo y el día de la semana.
El Pico y Placa para vehículos particulares será efectivo desde el lunes 7 de julio hasta el 3 de octubre de 2025 de la siguiente forma:
Lunes: 1 y 2.
Martes: 3 y 4.
Miércoles: 5 y 6.
Jueves: 7 y 8.
Viernes: 9 y 0.
Desde el 6 de octubre de 2025 hasta el 2 de enero de 2026, la rotación será la siguiente:
Lunes: 3 y 4.
Martes: 5 y 6.
Miércoles: 7 y 8.
Jueves: 9 y 0.
Viernes: 1 y 2.
El Pico y Placa para vehículos particulares aplicará de lunes a viernes, con excepción de los días festivos, en los siguientes horarios: de 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas.
Respecto a los taxis, la rotación durante la segunda mitad del año será la siguiente:
Rotación del 30 de junio al 1 de agosto de 2025:
Lunes: 3-4.
Martes: 5-6.
Miércoles: 7-8.
Jueves: 9-0.
Viernes: 1-2.
Rotación del 4 de agosto al 5 de septiembre de 2025:
Lunes: 5-6.
Martes: 7-8.
Miércoles: 9-0.
Jueves: 1-2.
Viernes: 3-4.
Rotación del 8 de septiembre al 31 de octubre de 2025:
Lunes: 7-8.
Martes: 9-0.
Miércoles: 1-2.
Jueves: 3-4.
Viernes: 5-6.
Rotación del 6 de octubre al 31 de octubre de 2025:
Lunes: 9-0.
Martes: 1-2.
Miércoles: 3-4.
Jueves: 5-6.
Viernes: 7-8.
Rotación del 3 de noviembre al 5 de diciembre de 2025:
Lunes: 1-2.
Martes: 3-4.
Miércoles: 5-6.
Jueves: 7-8.
Viernes: 9-0.
Rotación del 8 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026:
Lunes: 3-4.
Martes: 5-6.
Miércoles: 7-8.
Jueves: 9-0.
Viernes: 1-2.
Para los taxis, el horario del Pico y Placa será de lunes a viernes, con excepción de los días festivos, comprendiendo entre las 6:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente.
No todos los vehículos están obligados a seguir esta restricción vehicular; algunos tienen la ventaja de estar exentos. Estos son:
Los que cuentan con un Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular.
Vehículos eléctricos o de cero emisiones.
Vehículos oficiales de todos los niveles.
Vehículos fúnebres.
Vehículos de emergencia.
Vehículos de atención médica.
Vehículos de distribución de medicamentos.
Vehículos para rescate o traslado de órganos y tejidos.
Vehículos de control de tráfico y grúas.
Vehículos para residuos hospitalarios.
Vehículos de medios de comunicación.
Vehículos que ofrecen servicios turísticos.
Vehículos escolares.
Vehículos de valores.
Vehículos destinados a la enseñanza automovilística.
Para que un vehículo con estas características quede exento de Pico y Placa, se deberá presentar la solicitud correspondiente, junto con una copia de la documentación del auto y del conductor, así como el paz y salvo por todos los conceptos.
Según el gobierno de Cartagena, la sanción por infringir el Pico y Placa es:
Una multa equivalente a 15 días del salario mínimo vigente. Actualmente, el salario mínimo diario es de 47,450 pesos, lo que equivale a 711,750 pesos.
Además de la multa, el vehículo del infractor será inmovilizado.