Economia

Superfinanciera cambió los montos de dinero no embargable de su Nequi, Dale! o Daviplata

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La Superintendencia Financiera de Colombia publicó el 8 de octubre de este año la circular 0058 de 2025 que cambió los montos que no son embargables de las cuentas de ahorro. 

De acuerdo con Nequi, el límite de inembargabilidad es “la plata mínima que por ley no se puede embargar”. Ese dinero debe quedar libre para que las personas puedan cubrir sus gastos, incluso si tienen un embargo encima. 

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Desde el 1 de octubre de este año, la cantidad de dinero que las personas tienen protegida contra embargos en sus cuentas de ahorro es mayor.

Esta directriz incluye a plataformas digitales como Nequi, Dale! y DaviPlata. La Superfinanciera determinó inembargable el monto de 55,099,308, es decir, un poco más de 55 millones de pesos. 

Esto significa que esa cifra está protegida ante potenciales embargos. Es importante resaltar que esto solo aplica a personas naturales, no a personas jurídicas o a empresas. 

Aunque la circular fue expedida hace varias semanas, el tema se volvió tendencia en redes sociales por un video publicado en la cuenta ‘El Diario del Banquero’, un canal dedicado a hablar de temas económicos. 

Si usted tiene en su cuenta de ahorros 10 millones de pesos, no se los pueden embargar. Ahora, algo muy importante es que el beneficio de la inembargabilidad solamente cobija a cuentas de personas naturales”, indicó el influencer sobre las sumas inembargables. 

En casos de sucesión, la circular establece que los dineros “de la sección de ahorros, en cuentas corrientes, en cualquier otro depósito y en dineros representados en certificados de depósito a término y en cheques de gerencia, los cuales podrán entregarse directamente al cónyuge sobreviviente, compañero o compañera permanente, herederos o a uno u otros conjuntamente, sin necesidad de juicio de sucesión, hasta un monto de noventa y un millones ochocientos treinta y dos mil ciento setenta pesos ($91,832,170) moneda corriente”. 

El beneficio de la protección del monto de embargabilidad no está disponible para casos de deudas por cuota alimentaria. En esa situación, todo el saldo de la cuenta podrá ser embargado.

¿Qué es un embargo?

De acuerdo con Datacrédito, el embargo es una “medida de aseguramiento sobre un bien mueble o inmueble propiedad de un deudor, para garantizar el pago de una deuda a su acreedor”.

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Es un proceso judicial que implica la retención de deudas y que debe ser ordenado por un juez de la República. Puede ser un embargo preventivo, que se realiza como medida cautelar, o un embargo ejecutivo, que se realiza cuando ya el juez alcanzó una decisión. 

Algunas de las entidades que pueden decretar esta medida son la DIAN, Secretarías de Hacienda, el Sena, el Icbf y el Consejo Superior de la Judicatura. 

Otras autoridades que pueden decretar un embargo son las administrativas, como la Superintendencia Financiera, la Superintendencia de Industria y Comercio o la Superintendencia de Sociedades.

Redacción Alcance Digital

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