Colombia
Tenga en cuenta: Así regirá el pico y placa en Cartagena este martes
Con las recientes actualizaciones en el programa de restricción vehicular conocido como Pico y Placa, es fundamental entender qué vehículos no tienen permitido circular este martes 9 de diciembre en Cartagena.
La Alcaldía de Cartagena informa que la restricción vehicular está determinada por la terminación de la placa del vehículo, el tipo de automóvil, el día de la semana y la hora.
Es importante destacar que esta restricción se actualiza a diario, por lo que es esencial mantenerse al tanto de las novedades para evitar inconvenientes al conducir por las calles de la ciudad colombiana.
Las autoridades establecen el esquema de Pico y Placa en función del día de la semana, el tipo de vehículo y el último número de la placa. Asimismo, cabe recordar que este programa puede variar según cada ciudad.
El objetivo de limitar la circulación de vehículos es reducir el número de automóviles en las calles, así como mitigar el tránsito, los accidentes automovilísticos y los niveles de contaminación.
A continuación, se presentan los lineamientos de la restricción vehicular del Pico y Placa para mañana.
Motos: 5, 6.
Particulares: 5, 6.
Taxis: No aplica.
La restricción vehicular y el horario del Pico y Placa en Cartagena varían según el tipo de vehículo y se aplican de la siguiente manera:
Motos: de 5:00 horas a 23:00 horas.
Particulares: de 7:00 a 9:00 y de 18:00 a 20:00 horas.
Taxis: de 6:00 a 6:00 horas del día siguiente, es decir, durante 24 horas.
La Alcaldía de Cartagena ha divulgado cómo se llevará a cabo la rotación del Pico y Placa durante el segundo semestre de 2025.
La restricción vehicular se definirá en base al último dígito de la placa del vehículo y el día de la semana.
El Pico y Placa para vehículos particulares estará en vigencia desde el lunes 7 de julio hasta el 3 de octubre de 2025, de la siguiente manera:
Lunes: 1 y 2.
Martes: 3 y 4.
Miércoles: 5 y 6.
Jueves: 7 y 8.
Viernes: 9 y 0.
Desde el 6 de octubre de 2025 hasta el 2 de enero de 2026, la rotación será la siguiente:
Lunes: 3 y 4.
Martes: 5 y 6.
Miércoles: 7 y 8.
Jueves: 9 y 0.
Viernes: 1 y 2.
El Pico y Placa para vehículos particulares se aplicará de lunes a viernes, exceptuando los días festivos, en los siguientes horarios: de 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas.
En el caso de los taxis, la rotación para la segunda mitad del año será la siguiente:
Rotación del 30 de junio al 1 de agosto de 2025:
Lunes: 3-4.
Martes: 5-6.
Miércoles: 7-8.
Jueves: 9-0.
Viernes: 1-2.
Rotación del 4 de agosto al 5 de septiembre de 2025:
Lunes: 5-6.
Martes: 7-8.
Miércoles: 9-0.
Jueves: 1-2.
Viernes: 3-4.
Rotación del 8 de septiembre al 31 de octubre de 2025:
Lunes: 7-8.
Martes: 9-0.
Miércoles: 1-2.
Jueves: 3-4.
Viernes: 5-6.
Rotación del 6 de octubre al 31 de octubre de 2025:
Lunes: 9-0.
Martes: 1-2.
Miércoles: 3-4.
Jueves: 5-6.
Viernes: 7-8.
Rotación del 3 de noviembre al 5 de diciembre de 2025:
Lunes: 1-2.
Martes: 3-4.
Miércoles: 5-6.
Jueves: 7-8.
Viernes: 9-0.
Rotación del 8 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026:
Lunes: 3-4.
Martes: 5-6.
Miércoles: 7-8.
Jueves: 9-0.
Viernes: 1-2.
Para los taxis, el horario del Pico y Placa será de lunes a viernes, exceptuando días festivos, desde las 6:00 horas hasta las 6:00 horas del día siguiente.
No todos los vehículos están obligados a seguir esta restricción; algunos gozan de exenciones. Los vehículos que pueden estar exentos son:
Aquellos con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular.
Vehículos eléctricos o de cero emisiones.
Vehículos oficiales de todos los niveles.
Vehículos fúnebres.
Vehículos de emergencia.
Vehículos de atención médica.
Vehículos para la distribución de medicamentos.
Vehículos de rescate o transporte de órganos y tejidos.
Vehículos para control de tráfico y grúas.
Vehículos de residuos hospitalarios.
Vehículos de medios de comunicación.
Vehículos turísticos.
Vehículos escolares.
Vehículos de valores.
Vehículos destinados a la enseñanza automovilística.
Para que un vehículo con estas características pueda quedar exento del Pico y Placa, deberá presentar la solicitud correspondiente, junto con copia de la documentación del vehículo y del conductor, además del paz y salvo por todo concepto.
Según lo estipulado por el gobierno de Cartagena, la sanción por no cumplir las normativas del Pico y Placa es la siguiente:
Una multa equivalente a 15 días de salario mínimo vigente. Actualmente, el salario mínimo diario se estima en 47 mil 450 pesos, sumando un total de 711 mil 750 pesos.
Adicionalmente, se inmovilizará el vehículo del infractor.