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El Juzgado Primero Penal del Circuito Confiones de Conocimiento de Cartagena Condenó A 300 Meses (25 Años) de Prisión Al Abogado Boris José Orozco Mendoza.
La justicia lo halló responsable de Orquestar Un Sofisticado Plan Criminal Que Logró Apropiarse de la Suma de $ 24.993 MILLONES DE PESOS DE DESAPARECIDO Instituto de SEGUROS SOCIALES (ISS)Hoy Colpenses, A Través del Cobro ilegal y fraudulento de pensiones de extrabajadores del sena y telecartagena.
El Fallo de Primera Instancia impone una Pena Privativa de la Libertad y Establece una múltiple Accesoria por Valor de 21.709,66 SALARIOS MÍNIMOS Mensuales legales Vigentesademás de una Inhabilidad para el Ejercio de Funciones Públicas por 240 meses (20 Años).
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El Juez Fue Enfós Al Negar Cualquier Mecanismo Sustitutivo de la Pena, Ordenando la Inmediata reclusión en un Centro Carcelario, Dada la Gravedad y la Cuantía del Desfalco Perpetrado Contra El Sistema General de Seguridad Social.
La Sentencia Condena A Orozco Mendoza Como Autor de Peculado por apropiaco Agravado por la cuantía en concurso homogéneo, concursando heterogéneamenta con los delitos de prevaricato por accion y falsedad en documento privado en modalidad de delito continuado.
En Esencia, El Abogado Fue Condenado por Robar Dinero Público, Manipular La Justicia A Través de Un Juez Cómplice y Falsificar Documentos Clave para Llevar A Cabo El Fraude.
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La fiscalía general de la Nacia Demostró que Orozco Mendoza Operó como el determinador o Arquitecto Intelectual de un Esquema que Instrumentalizó la Rama Judicial. SU Plan Criminal, Desplegado Entre El 7 de Mayo y El 30 de Julio de 2010, Fue Sencillo y Devastador, Según el Investigador:
El Abogado Recibía Poderes Especiales de Extrabajadores del Sena y Telecartagena Que Ya Eran Beniciarios de una Pensión de Vejez Comartida Otorgada por el Iss. El Fraude se iniciaba cuando Orozco presenteaza demandas ordinarias laborales ante Los Juzgados de Cartagena.
El Mecanismo de Fraude Era Sistemós y Metórico, CentrándaSe en la Acumulació de Camos y la Falsificación:
Captación y Acumulación: Orozco, Según El Fallo, Iniciaba Demandas Con un Número Mínimo de Solicitantes. Una Vez que Tenía Conocimento de Que El el Proceso era asignado un desespaco a Especiar – El Juvado Sexto Laboral del Circuito de Cartagena— Presentaba Rápidamete Reformas A Las Demandas para para MÁS Accionantes, Hasta Alredor -Alredor de 30 Demandantes Proceso. En total, Cinco Procesos (059, 399, 451 de 2010; 058 y 045 de 2011) Fueron El Vehículo para Las RECLAMACIONES DE 92 Pensionados, Cuyas Pensiones Ya Había Sido Concedidas y Pagadas.
Falsedad Documental: Para Justificar Las Demandas, Orozco presente LA DOCUMENTACIÓN DE LA ACREDITABA EL SUPUESTO AGOTAMIENTO DE LA VIA GUBERNITIVA (EL PASO Administrativo Previo Que PrueBa Que la Entidad Negó la Solicitu prestaciones ya había sido otorgadas. SE Probó que esta Documento no figuraba Registro en el Sistema afe del iss (aplicativo Heredado por colpensiones) y Que los Formatos de Solicitud de Pensión de Jubilaciónico vitalicia Eran Idénticos y Falsos.
Omisión intencional: Un Punto Clave del Fraude Era que el Abogado Omitía Mención o No presente Certificación de que Los demandantes ya recibía una pensión de Jubilacia del Estado. Su objetivo era Obtener El Pago Duplicado E Ilegal de una Pensión de Jubilacia Vitalicia Invocando la Ley 33 de 1985, un pesar de que el iss ya había cumplido con sus obligaciones.
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Imagen de Referencia Sobre Pensionados. Foto:Jaiver Nieto. El TIempo
La Ejeción de Este Multimillonario Desfalco, Según la Justicia Colombiana, No Hubiera Sido Posible Sin la CompliDad Activa de Un Funcionario Judicial. Así, Orozco Mendoza Actuó como determinador, obtenecio que el titular del Juzgado Sexto Laboral del Circuito de CartagenaFabio Cabarcas Pardo, facilitara y Acelerara El Trámite Ilegal de Las Demandas Laborals.
Cabarcas Pardo Ya Había Sido Condenado Por El Tribunal Superior de Cartagena en Octubre de 2020 Por Estos Mismos Hechos, Y La Sentencia Contra Orozco Mendoza Refuerza la EXITENCIA DE UNA ‘Acción MANCOMUNADA’ O ACUERDO Criminal Entre El Abogado y El Juez.
La Sentencia Detalla Las Irregularidadas Continuas Cometidas por El DESPOCHO Judicial:
Violación de jurisdicción: El Juez admite demandas que, por su naturaleza, correspondiente a la jurisdicción administrativa y no a la laboratorio.
Displaficia en la verificación: Ignoró la falsedad manifiesta de los documents presentados por Orozco, especial de respeto al agotamiento de la vía gubernativa.
Obstaculizacia a la defensa del iss: No tramitó los recursos presentados por la la entidada demandada (ISS), ni tomó en cuenta las Aciones de tutelas y nulidadas en las que se le anunciaría al juzgador Sobre el trámite inadecuado.
Violacia del Debido Proceso: No envió Los Procesos Laborales A Consultan Al Superior Jerárquico Tal como exigía la Legislacia, Asegurando que Sus Fallos se Mantuvieran Sin Revisión Inmediata.
El Juez Cabarcas Pardo, de una forma ‘muy expedita y dinámica’, Condenaba al Iss, Aprobaba Liquidaciones de Costas Millonarias y Ordenaba los Embargos, facilitando así la apropiaco del dinero Público por parte de Orozco. Las Irregularidadas Cometidas por El Despaco Eran Tan Notorias que, como advierte en la sentencia, El Juez se Limitaba A Decir que había que pagar porque así lo decía sus fallos, un pesar de las anuncias.
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El Vacío Institucional: El DesanRre
Del Iss y la investigación
Únicamete Deben Ser en Ciertos Casos y Contar Con la DocumentAnón REQUERIDA PARA CONSEGURIRA. Foto:istock
En su Momento, Según la fiscalía, la cuantía de estas demandas era tan alta que lllegó un representante el 60 por ciento del presupunto delt total del iss, lo que implicó un multimillonario desangre económico que comprometio la estaquilidad financiera financiera del sistema sistema.
El Juzgado Primero Penal del Circuito No Solo se Enfocó en Los Autores Directos del Robo (El Abogado y El Juez), Sino Que También Puso el Foco en Las Omisiones Administrativas que Permitieron que el Fraude se Consumara.
El Fallo incluye una orden explícita dirigida a la fiscalía general de la nacia para que, en caso de no haberlo hecho, avance con las indagacaciones con el fin de de Establecimiento O Descartar la participación de terceros, Especial, funciones del ISS (Hoy Colpensiones) de la época.
La Sentencia Exige Investigar: “Por Qué Tantas Omisiones por parte de los Directores del ISS de la época, Que Poco o Nada Hicieron para evitar ESE multimillonario desangre económico”.
La Condena A Orozco Mendoza Cierra un Ciclo de Corrupción Judicial, Pero Abre la Puerta a la Investigación de una Posible Corrupciónica por Omisión Dentro de la Entidad administrativa.
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Documental de la periodista Jineth Bedoya. Foto:
Cartagena
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