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Economia

80 % se podrán usar de inmediato para financiar mesadas de Colpensiones

Tomas Ritcher · julio 13, 2025 · 7 min de lectura



La posibilidad de que buena parte de los aportes que las personas hacen para su pensión hoy se destinen a financiar el pago de mesadas del régimen de prima media (Colpensiones), con los cambios que introduce la Ley 2381 de 2024 —aún en revisión por parte de la Corte Constitucional— continúa siendo una de las grandes preocupaciones de distintos sectores del mercado, toda vez que con este mecanismo se pone en riesgo la sostenibilidad del sistema, en la medida que se generará un pasivo que llegaría a costar hasta 160 por ciento del producto interno bruto (PIB).

Si dicha ley, que introduce cambios sustanciales al sistema pensional colombiano pasa el examen de la alta corte, una vez entre en vigencia, punto que tendrá que definir la misma corte —en principio estaba previsto que fuera el 1.° de julio del 2025— los recursos que comenzarán a irrigarse hacia el Régimen de Prima Media (RPM) o Colpensiones serán significativos.

Como se recuerda, la reforma establece que todas las personas que coticen para su pensión hasta por 2,3 salarios mínimos mensuales —unos 3’274.000 pesos este año— tendrán que hacerlo en el RPM y los aportes que superen ese umbral los administrarán las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai) habilitadas a la fecha: Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia y Positiva Seguros.

Así las cosas, se estima que cada mes llegarían a Colpensiones alrededor de 3 billones de pesos, de los cuales cerca del 80 por ciento —unos 2,4 billones de pesos— se destinarán a financiar mesadas del régimen de prima media (RPM), y solo 20 por ciento irá al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (Fapc) que administrará el Banco de la República.

“En un sistema totalmente sostenible toda la cotización se ahorraría, pero como no es el caso nuestro donde hay una parte que se gasta en el pago de las pensiones de hoy, con eso se está adquiriendo un pasivo que llegará a valer 160 por ciento del PIB”, sostiene Andrés Mauricio Velasco, presidente de Asofondos, gremio de los fondos privados.

Explica que eso se deriva, precisamente, porque no todo el aporte de las personas se ahorra, pero además, porque lo que se paga al final es mucho más de lo que se aportó.

Ahora, como el Gobierno no ahorró las mesadas de las personas que se están pensionando hoy —hasta abril del 2025 Colpensiones tenía cerca de 1,8 millones de pensionados— sacar los recursos para cubrir esas mesadas cada mes resulta casi imposible.

Dice el experto que esto es malo pero necesario, aunque podría ser mejor, pues de los cerca de 2,3 puntos del PIB que deberían ahorrarse solo se está empezando con 0,5 puntos y se está gastando 1,8 puntos, pero fueron los parámetros que quedaron en la ley (Artículo 24).

Dicho artículo establece que los ingresos por cotización a pensión que reciba el Componente de Prima Media del Pilar Contributivo, inician en 1,8 por ciento del PIB en los primeros tres años (2025-2028), bajarán a 1,6 por ciento para las vigencias 2029 – 2035, luego a 1,4 por ciento ente el 2036 y el 2040. Serán de 1,2 por ciento para las vigencias del 2041-2050 y se estabilizarán en 1 por ciento del PIB a partir del 2051.

Vigencia de la ley

Como parte de esos recursos que comenzarán a llegar al RPM si la Ley 2381 es avalada por la Corte Constitucional serán administrados en el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (Fapc) a cargo del Banco de la República, su gerente, Leonardo Villar, viene insistiendo en la necesidad de tener claridad en los tiempos de entrada en vigencia de dicha norma, dado que no solo se necesita avanzar en la firma de algunos contratos para el manejo de los recursos sino también realizar pruebas técnicas fundamentales.

Leonardo Villar, gerente General del Banco de la República de Colombia. Foto:Foto: César Melgarejo/ El Tiempo

En la pasada Convención Bancaria, el directivo dijo que el reto que tenía la entidad en ese aspecto es enorme, pues deben “avanzar en la firma de un contrato interadministrativo entre el gobierno y el Banco de la República para iniciar el proceso de selección y contratación de los administradores delegados de los portafolios de recursos”, que comenzarán a recibir una vez la ley entre en vigencia.

En ese sentido, el gerente del Emisor, le solicitó a la Corte Constitucional, a través de una carta enviada el miércoles de la semana anterior, considerar la posibilidad de diferir la entrada en vigencia de la reforma pensional hasta, al menos, tres meses después de la publicación de la sentencia que declare su exequibilidad.  

Lo anterior, debido a que ese sería el tiempo necesario para reactivar e implementar los procedimientos operativos y de contratación que debe adelantar la entidad como administrador del Fapc, procesos que solo se podrán adelantar si la Ley 2381 para el examen de la alta corte, los cuales son claves para ajustar los mecanismos para el recibo y traslado de los recursos de las pensiones de millones de colombianos.

Andrés Mauricio Velasco, presidente de Asofondos. Foto:Asofondos

Una solicitud en similar sentido ya la había hecho Asofondos esa misma semana a la corte. En su misiva, el gremio sustentó que para todos los actores del sistema es fundamental contar con una fecha clara a partir de la cual la ley entra en vigor y que ese plazo debe ser razonable para culminar tareas reglamentarias, operativas y tecnológicas que quedaron suspendidas por la decisión del alto tribunal.

⁠Con base en lo anterior, propuso que la corte establezca en su sentencia que las normas suspendidas empiecen a producir efectos de nuevo el primer día calendario, dos meses después del pronunciamiento de la Corte.

Proteger los recursos

Desde distintos sectores se ha venido insistiendo en la necesidad de blindar los recursos del ahorro pensional que han acumulado millones de colombianos por décadas y que hoy suman cerca de 550 billones de pesos, si se tiene en cuenta, además, el saldo del Fondo de Garantía de Pensión Mínima (Fgpm) administrado por los fondos privados (AFP) y que, como su nombre lo indica, son recursos destinados a completar la pensión mínima de aquellos que no les alcanza su ahorro para ello.

“Es clave cuidar el Fapc y el Fgpm”, insiste Velasco de Asofondos, para quien cualquier uso de los recursos del Pilar Contributivo para financiar gastos, por ejemplo, del semicontributivo, le generará un déficit, y si los dineros de ese fondo de garantía se van a financiar pensiones del RPM, hará que se desacumulen recursos destinados a pagar ciento por ciento pensiones mínimas del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais).

Todos los afiliados a las AFP alimentan ese fondo de garantía. Del 16 por ciento que cotizan para su pensión, 11,5 por ciento va para su cuenta individual, 1,5 por ciento al Fgm, que es un fondo común de ese régimen, y el 3 por ciento restante va ara el seguro previsional (2,5 por ciento) y la comisión de administración de las AFP (0,5 por ciento).

El problema es que el Decreto 514 del 2024, que reglamenta la reforma pensional, señala que se podrá disponer de los recursos del Fgpm para pagar financiar las pensiones del RPM, lo cual es inconveniente porque esos recursos están concebidos para garantizar las pensiones mínimas de quienes no alcanzan a completar con su ahorro ese monto, por lo que el llamado insistente de entidades como Asofondos y del centro de estudios económicos Anif, es para que esos dineros se protejan y no se destinen a otros fines distintos a los previstos desde un comienzo.

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