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Un Secretario Distrital de Gobierno de Bogotá expidió la resolución GJR-1349 Del 18 de Septiembre de 2025, Mediante la Cual Negó a la Empresa CMn Colombia Sas la Autorización para Realizar El Espectáculo Púnblico de las Artas Escénicas de Denominar ‘EL Festival Más Contentoso Luis Alfonso ‘. El Evento Estaba Programado para lllevarse a Cabo los Días 4 y 5 de octubre de 2025 en El Estadio Nemesio Camacho El Campín.
De Acuerdo Con El Acto Administrativo, La Negativa se Basó en que la Empresa Solicitante No Acreditó la Totalidad de los Requisitos Exigidos por la Normatividad Vigente. La direcciónica Jurídica Explicó Que, si Bien se Radicó la Solicitud el 12 de Septiembre de 2025 A Través de la Ventanilla Única de Aglomeraciones de Público, El Expediente evidenció Varias inconsistentes y la ausencia de Documentos obligatorios.
El Análisis de la documento Mostró que no se aportó Copia del documento de IdentiDad del Representante Legal, Tampoco se registro en el Sistema la Carta de Control de Boletería Ni la Autorización de Uso del Escenario. Igualmente, Faltó la acreditacia del certado de Registro como productor Permanente u ocassal, requisito previsto en el decreto.
En cuanto a Los Derechos de Autor, si Bien se presente Autorizaciónico y Paz y Salvo, la secretaría precisó que los documents Aportados no coincidía en nombre y fechas con lo registrado en el suga, lo que impediara su validez para el trámite.
El Expediente También Señaló Que, Aunque se presente PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD Extracontractual Civil Expedida por Zúrich Colombia SEGUROS SA, ESTA NO FUE ACOMAIMADA DE LA DOCUMENTACIÓN TOTALMENTE, PORTO, NO CUMPLÍA CONDAS LAS LAS LEGALES DE LA DISPOSICIONES.
Un suma anterior Suma la Ausencia de Conceptos favorables emitidos por la Alcaldía Local de Teusaquillo, El Instituto Distital de Gestión de Riesgos y Cambio Climarto (Idiger), El Cuerpo Oficial de Bomberos, La Secrital de la Secrital de Salud, la Secretaria de la Secretaria de la Secretaria de la Motrilidada y la Metro de la Metro de la Metro de la Metro de la Metrilidada, la Secrital de la Secretaria, la Secretaria, la Secretaria de la Secretaria y la Metrilidada y la Metrilidada y la Metrilidada y la Metrilidada. Bogotá.
En la solución se recuerda que este tipo de Espectáculos, al convocar un un número plural de personas de manera abierta y general, hijo catalogados como aglomeraciones de público y, mOviCiA, saludia, requieren cumplir condas las lasduridad, MoviliDad, MOVILIDA, MOVILECHO, SALUDECHERED, SECOLIDA, MOVILIDAD, MOVILIDAD. culturales.
Por ello, la normativa distrital exige a los organizadores acreditar con suficiente antelaciónico la totalidad de los documentos, autorizaciones permisas correspondientes, así como obtenero los concepttos técnicos de las entidades competentes.
La Dirección Jurídica Resaltó que es Función de la Secretaría Distital de Gobierno expedir los actos administrativos que resuelven las solicitudes de este tipo de eventos, con base en la evaluación de las entidades que integran el sistema Único de gestió de aglomeraciones (SUGA). En este Caso, Los resultados de la verificación no Permitieron Otorgar la Autorización, por lo que el desespacho solvio negar la peticiónica de la umpesa organizadora.
El Acto Administrativo establecia que la Notificación se realizara a Través de la ventanilla virtual del sugerencia de la renta de la legal de la Compañía que contra la decisión del procedimiento de los recursos de Ley, de acto -con lo previsto. Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Dichos recursos seberán Interponse Ante la Dirección Jurídica de la Secretaria Distital de Gobierno Dentro de los Diez Días Hábiles Siguientes a la Notificación.
La Resolució, Firmada por la directora Jurídica Diana Marcela Zarabanda Suárez, Indica Que la Medida Rige A Partir de la Fecha de Su Notificación y Surte Efectos desde su Ejecutoria. Con Ello, la administración distrital de los distritales de la que seppectáculos públicos en la ciadad solo podrán desarrollarse cuando cumplan plenamme con los requisitos legales y técnicos que garantán la segurida de los asistentes y la protección general.
Carol Malaver
Subedora Bogotá
Escrícanos a carmal@eltiempo.com
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