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Economia

Estas son las cuatro capacitaciones y cursos que las empresas deben impartir en 2025 según nueva resolución laboral

· octubre 28, 2025 · 3 min de lectura


La resolución 3461 de 2025, expedida el pasado 1 de septiembre por el Ministerio de Trabajo, estableció unas nuevas normas para las entidades públicas y privadas.

Su objetivo es reducir, atender y prevenir el acoso laboral dentro de las empresas. La nueva normativa derogó las Resoluciones 652 y 1356 de 2012

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Lo primero es que todas las compañías deben crear un Comité de Convivencia Laboral. Las personas que participen en este no pueden tener denuncias de acoso y permanecerán en el puesto por dos años.

En las entidades con menos de cinco trabajadores, el comité estará conformado por un representante de los empleados y uno del empleador. Las empresas que tengan más de 20, lo armarán con cuatro integrantes: dos representantes de los trabajadores y dos del empleador.

Para elegir a los miembros, se realizará una votación secreta y los votos serán contados públicamente para asegurar que el proceso sea válido y democrático.  

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“El empleador designará directamente a sus representantes, y las y los trabajadores elegirán los suyos a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todas las y los trabajadores, mediante escrutinio público, cuyo procedimiento deberá ser adoptado por cada empresa o entidad pública, e incluirse en la respectiva convocatoria de la elección”, expresa la resolución.

El comité deberá crear un reglamento propio donde explique cómo evaluará los casos de acoso dentro de la empresa. También definirá los mecanismos y protocolos específicos para asegurar el manejo reservado de la información sensible.

La resolución busca prevenir el acoso laboral. Foto:iStock

Otras normativas

Además de la formación del comité, las empresas deben capacitar a sus empleados en no discriminación por temas de credo, origen, raza u otra condición.

También se debe realizar una capacitación de desarrollo de habilidades sociales. Esto incluye concertación, negociación y competencias blandas, dirigida a directivos, mandos medios y al Comité de Convivencia Laboral.

La tercera es de primeros auxilios psicológicos en casos de crisis. La Brigada de Emergencias, el COMPAS, los líderes de seguridad y salud en el trabajo y el Comité de Convivencia Laboral deben encargarse de esta normativa.

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Por último, las entidades deberán velar por el desarrollo y fortalecimiento de competencias comportamentales y actitudinales en sus empleados. En este apartado se incluyen el respeto, la imparcialidad, la tolerancia, la serenidad, la confidencialidad y reserva en el manejo de la información, la ética y habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.

Por su parte, los empleadores deben adoptar políticas contra el acoso laboral, capacitar a sus equipos en resolución de conflictos, comunicación y derechos laborales, establecer canales de denuncia y atención psicológica y garantizar los recursos físicos, técnicos y de tiempo laboral para el funcionamiento del comité.

Las ARL tendrán la obligación de brindar asesoría técnica y promover la salud mental en los lugares de trabajo, prevenir el acoso laboral con un enfoque de género, ofrecer apoyo emocional no presencial a través de canales como teléfono, WhatsApp o redes sociales y reportar mensualmente sus acciones al Ministerio del Trabajo.

La resolución advierte que las empresas que incumplan la resolución, se verán expuestas a ser sancionadas conforme al Decreto 1295 de 1994, la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 1072 de 2015.

Silvia Contreras 

Redacción Alcance Digital

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