Economia
“Oportunidades para quienes figuran en Datacrédito: ¡Descubre cómo acceder!”
Para miles de individuos, la meta de contar con una vivienda propia parece restringirse por la necesidad de abonar un alquiler mensual. Esta exigencia fundamental suele dejar sin margen de maniobra económica para acumular ahorros o aceptar la cuota de un crédito hipotecario.
Ante esta situación, se presenta una opción que transforma ese desembolso mensual, asemejándose a un alquiler, en el camino para conseguir la propiedad al término de un contrato. El Fondo Nacional del Ahorro (FNA) proporciona este producto de financiamiento, conocido como leasing habitacional.
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Este modelo está concebido para asistir a quienes anhelan obtener un hogar sin formalizar una compra inmediata. Una de sus características más sobresalientes es que está abierto a cualquier persona, incluyendo a aquellos que aparecen reportados en Datacrédito u otras agencias de riesgo, siempre que presenten el paz y salvo que acredite el pago total de sus compromisos.
¿Cómo opera el ‘alquiler’ con el FNA?
El leasing habitacional es, esencialmente, un acuerdo de arrendamiento financiero. El afiliado abona mensualmente un canon (una cuota) al FNA y, al concluir el periodo acordado, tiene la opción de compra para quedar con la propiedad.
Durante la validez del contrato, la propiedad permanece legalmente a nombre del FNA. El usuario se considera únicamente como arrendatario y accede formalmente a la propiedad una vez que salda la totalidad del canon y el precio de la opción de compra establecido desde el principio.
Vivienda Foto:iStock
Este sistema puede aplicarse para obtener vivienda nueva o de segunda mano, siempre que esté situada en área urbana. Si la vivienda no ha sido remodelada, puede tener una antigüedad máxima de 40 años; en caso de haber sido renovada, el límite se extiende a 50 años.
Las condiciones de financiamiento
El FNA cubre hasta el 90 por ciento del costo del inmueble, lo que implica que el solicitante debe aportar el 10 por ciento% restante. El sistema de amortización establece los pagos en pesos y los periodos varían entre 5 y 20 años.
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Un aspecto fundamental es la “posibilidad de adquisición”. Este representa un porcentaje del monto financiado que se establece al comienzo del contrato y que debe abonarse al término del periodo de arrendamiento para que la vivienda forme parte del patrimonio del afiliado. Este porcentaje puede ser del 0, 1, 10, 20 o 30 por ciento.
Las tasas de interés fluctúan según el tipo de afiliación y los ingresos. Para leasing habitacional con cesantías (en pesos), las tasas van de 9 por ciento (para ingresos de 0 a 2 salarios mínimos) hasta 11,5 por ciento (para más de 4 salarios mínimos). Con Ahorro Voluntario Contractual (AVC), en pesos, las tasas varían entre 10,5 y 12,5 por ciento.
¿Qué pasos seguir para acceder al programa?
El primer paso para solicitar el leasing habitacional es estar afiliado al FNA. Esto se puede conseguir de dos formas:
- Por Cesantías: Si su empleador realiza la consignación de sus cesantías en el fondo.
- Por Ahorro Voluntario Contractual (AVC): A través de un plan de ahorro programado.
- Documentación necesaria
- La solicitud requiere la entrega de documentos específicos, los cuales varían según el perfil laboral del solicitante.
- Para todos los casos:
- Fotocopia del documento de identificación.
- Formato Frech completado.
- Pensionados:
- Desprendibles de ingresos de los últimos tres meses.
- Declaración de renta o carta de no declarante.
- Empleados:
- Certificación laboral actual (expedida en máximo 60 días).
- Comprobantes de ingresos de los últimos tres meses.
- Declaración de renta o certificado de ingresos y retenciones del año anterior.
- Antigüedad mínima de ocho meses de ingresos (para contratos distintos al término indefinido) o de seis meses (para término indefinido).
- Prestadores de servicios (sector público o privado):
- * Contrato vigente o acta de inicio firmada.
- * Comprobantes de ingresos o extractos bancarios de los últimos tres meses.
- * Certificación de al menos ocho meses de ingresos en el último año.
- Independientes (ingresos entre 0 y 2 SMLV):
- * Declaración de renta del último año o carta de no declarante.
- * RUT o NIT, según corresponda.
- Independientes (ingresos superiores a 2 SMLV):
- * Declaración de renta o carta de no declarante.
- * RUT o NIT, según corresponda.
- * Extractos bancarios recientes.
- * Documentación que verifique la actividad económica.
* Esta nota fue elaborada con el apoyo de IA y con la revisión de un periodista.
