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Con la venia señorías, mis dudas sobre la sentencia de Jenni Hermoso y Rubiales

Ya sabemos que darle un beso en los labios a una persona (hombre o mujer), en el caso de que te denuncie, si no se puede demostrar que el beso fue consentido y siempre que sea con ausencia de violencia o intimidación, aunque no se haya podido demostrar ni lo que dice Rubiales ni lo que dice Jenni, supone que quedes condenado por agresión sexual y te impongan una pena de 10.800 euros de multa (18 meses a 20 euros diarios).
Y ello pese a que la besada le haya qui
También sabemos que, en general, te libras de ir a la cárcel y aunque la víctima pida 50.000 euros por daños morales, se consideran excesivos porque no ha habido acceso carnal y con 3.000 es suficiente.
Esta es la base de la sentencia del magistrado José Manuel Fernández Prieto del Juzgado Central de lo Penal de Madrid, al que Luis Rubiales ya acudió antes de ser juzgado en Libertad Provisional.
Me he leído con detenimiento y tomando notas, la sentencia porque para mí hay un antes y un después, mucho más allá de un tema o un análisis deportivo. Y para mi hay algo claro: es la palabra de uno contra la del otro y no se puede demostrar ni una cosa ni la contraria.
Es palmario y lógico que Rubiales fuese destituido por la FIFA de su cargo, porque las imágenes que todos tenemos en la mente son indecorosas para un cargo como el de Presidente de la RFEF. El beso, tocarse y sacudirse los genitales en el palco al lado de la Reina y la Infanta y echarse jugadoras a la espalda como si fuesen sacos de patatas, es una conducta totalmente impresentable, chusquera y obscena. Rubiales se conducía de unos modos, en los que en sus momentos fuertes, nadie los frenó ni corrigió. Incluso más bien le apoyaron por acción u omisión. Rubiales tenía el móvil de Pedro Sánchez y se whatsapeaba con él. Ahora todos lo detestan, cuando antes le reían sus gracias.
Así que me pareció muy oportuna la decisión de la FIFA, que dicho sea de paso, fue el único organismo que de forma inmediata lo apartó de su cargo mucho antes que ningún otro tribunal español del tipo que sea. Rubiales tiene comportamientos y ya veremos si decisiones, mucho más graves que han sido soslayadas repetidamente que son mucho más merecedoras de haber intervenido antes. Pero como le pasó a Al Capone (sin querer compararlo en modo alguno) los borrachos de poder, acaban cayendo por minucias fruto del exceso de confianza. Creo que queda acreditado que no tengo vocación de abogado defensor de Rubiales. La condena social que tiene es mucho más grande que la judicial.
Dicho lo anterior y leída la sentencia yo no he podido comprobar de qué manera ha quedado acreditado o demostrado, para el juez, que Rubiales no le pidió permiso a Jenni para darle el beso o que ella no le dio el consentimiento.
El juez dice en su sentencia afirma que : “ Ha quedado debidamente probado que …………..sujetó la cabeza de la jugadora con ambas manos, y de manera sorpresiva y sin consentimiento ni aceptación de la jugadora, le propinó un beso en los labios.”
Yo no he visto ni leído en las 36 páginas de la sentencia que eso quede probado.
Sin embargo el juez sí que dice esto otro : “Ha de dejarse patente que a Jenny Hermoso este Juzgador le atribuye plena credibilidad, al no constar razón o motivo por el que tuviera que faltar a la verdad”. Para mí, humildemente, esta frase está diciendo que el magistrado basa su sentencia en que cree la versión de Jenni Hermoso, como otro juez podría creer la de Rubiales.
¿Por qué da por bueno que Jenni Hermoso no tiene razón o motivo para faltar a la verdad y Rubiales sí? ¿Es suficiente para el juez creerse que Rubiales miente porque su razón sería el miedo a ser condenado?
¿Por qué no se pregunta qué razón tiene o puede tener Jenni Hermoso para haber cambiado su versión drásticamente? ¿Por qué la presunción de veracidad sin prueba infalible alguna se le otorga a la jugadora?
Porque ¿cuándo dijo la verdad? ¿En las declaraciones a la COPE la misma noche del beso o durante el juicio?
El juez sobre esto dice muy de pasada lo siguiente : “… Hermoso( la testigo), desde un principio en las propias instalaciones deportivas, nada más bajar de la tarima en que tuvo lugar la entrega de medallas y de forma persistente en todo momento, pone de manifiesto a las otras componentes del equipo de futbol allí presentes su disgusto con el beso recibido.”
A mí no me lo parece en absoluto. Les invito a que vean las imágenes en el autobús , que se visionaron también en el juicio: https://www.youtube.com/watch?v=FETATfdFZLk
Pongan en Google también “Rubiales y Jenni Hermoso en el vestuario viaje a Ibiza”. Y vean las imágenes donde abrazados acaban diciendo que la RFEF las invita a Ibiza y que allí se celebrará la boda de Rubiales y Jenni, con la complicidad total de la jugadora.
Prosigue el juez en su sentencia : “Frase de disgusto con el beso que igualmente se escucha nítidamente en el audio de la entrevista radiofónica, que se reproduce en el plenario (juicio” “. Les invito a escuchar las declaraciones en la COPE y saquen ustedes sus conclusiones.
Escuchen con tranquilidad sólo un minuto y veinte segundos. Del minuto 37.30 al 38.50 : https://www.youtube.com/live/LQNMjzMTXhw?si=fmdoHrZmskIUNSrP
Transcripción de las declaraciones : Jenni Hermoso “ :“ no me lo esperaba, pero a mi no me importa, no me ha gustado, pero a día de hoy todo va a estar mal visto por los ojos de quien lo mire. Ha sido el momento, la fusión… yo puedo decir que no hay nada más allá y que se va a quedar en una anécdota y ya está y la gente quien le quiera dar bombo se lo va a dar, pero a mí lo que me importa es que somos Campeonas del Mundo con la estrella bajo el pecho..” .
Lo siento pero a mí no me van a hacer meter las dos patas por un calzón, aunque me caigan chuzos de punta en las redes insociables. Yo veo y escucho y no tengo dudas. ¿Y usted?
Para darle fuerza a su argumento el juez, incide en su sentencia en la contradicción de la declaración de Rubiales que en su día dijo un piquito y en el juicio un besito, incidiendo en la diferencia entre darlo en los labios o en la cara. Y además añade para cargar su argumento que a todas las jugadoras le dio un beso en la mejilla y sólo a Jenni en los labios.
Sin embargo eso no demuestra lo básico que siempre ha defendido quien impulsó esta Ley (Irene Montero ahora Eurodiputada) con el apoyo del PSOE dentro del marco de Gobierno de coalición. Esta ley con ese texto tan ambiguo y tan inseguro para el acusado o acusada, ahora le toca aplicarlo a los jueces.
Art 178 Código Penal: Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona.
Irene Montero, Ione Belarra y Yolanda Díaz situaban en el centro el consentimiento. Se cansaron de repetirlo. Pero ¿cómo se demuestra el consentimiento cuando la otra parte dice que no lo ha habido?
¿Cómo demuestra un hombre que una mujer le ha besado sin consentimiento o al revés? Es muy difícil ponerse en esta imagen exagerada que les voy a decir, pero pónganse en ella. Si Rubiales hubiese denunciado a Jenni Hermoso por besarle en los labios sin su consentimiento y hubiesen sucedido los mismos hechos pero al revés ¿cómo creen que habría acabado esto?
En España nos las damos de muy avanzados pero en el fútbol, por subirte la camiseta para que se vea un mensaje de recuerdo a un fallecido entrañable (Llaneza) le sacan tarjeta amarilla a Baena del Villarreal, pero si sólo se la hubiese subido por debajo del cuello no. La norma está mal hecha. Y no quiero seguir con el resto de normas que están mal redactadas o creadas y que están generando una confusión monumental en los árbitros, jugadores y aficionados, generando sensación de inseguridad.
Y en España nos las damos de avanzados, por proteger los actos de agresiones sexuales, lo cual es algo muy loable, pero muy serio, porque no se puede frivolizar. Hay vidas de personas en juego. Entendiendo por vidas, la convivencia social, el daño a la familia…
Y hoy en España se le da presunción de veracidad al acusador o acusadora y eso es muy peligroso. Conozco muchos casos de personas, seres humanos (más allá de si son hombres o mujeres; aunque suelen ser hombres) que pasan una noche en el calabozo por la sola denuncia de otra persona que le ha acusado (sin pruebas) de amenazas. O de agresión sexual.
El consentimiento está muy bien, pero la presunción de inocencia está en el Artículo 24.2 de la Constitución española y en el 11.1 de la Declaración de Derechos Humanos.
Darle una pistola jurídica a los humanos (con todos los defectos que tenemos en nuestra especie) para que con una acusación, alguien pase como mínimo una noche en el calabozo, es justo lo contrario de lo que se pretende.
Fíjense que el juez admitió dos pruebas de los dos peritos que declararon: uno que de la lectura de labios de Rubiales se infiere que le dice ¿ te puedo dar un besito?. Y el otro perito certifica que el video sobre el que se hace el análisis de labios, no está manipulado. Sin embargo el juez admite como válidas esas dos pruebas pero dice que no sirve de nada porque no se sabe lo que respondió Jenni porque en el video de está espaldas. Es decir no se sabe si “consintió” o no.
¿Cómo demuestra un hombre ante un juez que tiene el consentimiento de una mujer que le ha denunciado por agresión sexual por un beso robado?
Porque esto es lo que le ha pasado a Rubiales y ha sido condenado por agresión sexual, pese a los testimonios posteriores del mismo día de la agredida. Es relevante que ha evitado la cárcel porque no ha mediado violencia ni intimidación. Pero la realidad es que Rubiales según el juez ha cometido un delito de Agresión Sexual. Es un agresor sexual y ya tiene antecedentes penales para cualquier cosa en la vida. Y le puede pasar a usted. A usted: hombre o a usted mujer.
A veces nos tomamos estas cosas con ligereza porque parece que los que salen en la tele son como personajes, muñecos que no van con nosotros; pero eso un día le puede pasar a usted.
¿Y qué hacemos? ¿Le pedimos a la otra parte, en el momento dulce del cortejo, un documento firmado por escrito, que diga que consiente libremente que le dé un beso, o que le acaricie los genitales, o hacer el amor? ¿Llevamos el documento redactado antes de la cena por si acaso? Y si nos ha firmado el documento y luego denuncia y declara que lo firmó bajo coacción por miedo.. Entonces ¿qué hacemos ?
Si se produce el acto sexual y luego en el fragor de la “batalla”, hay marcas en el cuello de labios por besos con succión( chupones), o arañazos producto de la pasión desenfrenada y la otra parte nos denuncia por agresión con violencia, ¿cómo nos protegemos de eso previamente? ¿Tenemos contratado un notario en la puerta de casa o del hotel, al que llamamos en caso de acto sexual para que esté presente y certifique lo que ve?
¿Cómo él o ella demuestran el consentimiento conforme dice la Ley “ mediante actos que expresen de manera clara la voluntad de la persona?
Señorías diputados, diputadas y jueces y juezas : eso ¿cómo se consigue de forma infalible jurídicamente ? ¿Me pueden explicar eso cómo se obtiene, para aportarlo ante una denuncia? Lo digo porque no valen ni las declaraciones y videos públicos del mismo día como sucedió con Jenni, los videos y la COPE.
No estoy frivolizando en absoluto. Lo escribo muy en serio, con preocupación y propósito de aprendizaje, porque en este momento con esta Ley y su aplicación yo creo que es mejor evitar la ocasión y si empezamos a hacer eso todos y todas (y todes) ¿cómo nos vamos a relacionar, cómo vamos a consumar nuestros afectos o nuestros deseos carnales con la tranquilidad de no sufrir un calvario? A este paso los hombres y las mujeres tendrán que ligar con robots.
Hay una cosa buena que tiene esta Ley por la que Rubiales ha sido condenado y es el efecto disuasorio que produce para todos y todas. Tonterias ni una. La cosa se ha puesto muy seria y los que se pasan de la raya e iban de machotes (o machotas) ahora se lo tienen que pensar tres veces.
Pero a la misma vez tiene efectos perversos (indeseados le llaman los que han armado el lio) porque mal usada, está Ley se pasa de frenada varios pueblos. Se le ha puesto un aviso a indecentes pero se le ha dado una pistola jurídica a ellos o ellas para arruinarle la vida a alguien.
Por eso ante el efecto disuasorio también habría que perfeccionar la ley para el caso contrario. Yo propongo también tipificar la Agresión Moral para que le caiga el peso de la Ley a quien haga denuncia falsa, sin pruebas, cuyo relato no se sostenga o se haga con intención de extorsionar ; agravado si el acusado o acusada se ha chupado por la Ley VIOGEN ( violencia de género) como mínimo una noche en el calabozo. En tal caso que le caigan las mismas penas que al agresor sexual. Porque tan protegible debe ser la sexualidad como la moralidad y la dignidad, que no puede estar siendo revolcada como una cometa en el aire, por denuncias huecas.
Por último, me llama la atención de la sentencia, que Jenni Hermoso pedía más pena por coacciones (1,5 años) que por agresión sexual (1 año) y además pedía otros 50.000 euros por daños morales. El juez ha decidido que con 3.000 tiene bastante, porque no es lo mismo un beso robado que agresiones sexuales con “ acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, que en la práctica diaria se indemnizan con cantidades que no alcanzan esos 50.000 euros “.
Me sorprende la tarifa económica de medición del daño moral. Me sorprende que una agresión sexual que ha sido el famoso piquito le cueste a Rubiales 13.800 euros en total y por algo mucho más grave “con acceso carnal por cualquiera de las tres vías vaginal, bucal o anal cueste menos de 50.000 “. Lo dice la sentencia.
Menudo mundo estamos dejando a las nuevas generaciones. Que dios les (nos) coja confesados.
Jenni Hermoso terminada toda esta película, dijo en sus redes sociales que “ ésto creará un precedente importante en un entorno social en el cual aún queda mucho por hacer”.
Y añadió “ Y ahora sí, se acabó “. Yo creo lo contrario. Esto no ha hecho más que empezar, si la Ley no se clarifica, se ajusta y se tipifica bien. Caso contrario ha acabado la seguridad jurídica, la presunción de inocencia y ha comenzado la extorsión y el miedo bajo un paraguas legal. Vaya desastre.
Esa Ley se modificará cuando haya una mayoría parlamentaria en el Congreso que no dependa de unos pocos diputados que la han parido, con el permiso de quien la apoya para poder seguir gobernando. Y da igual del partido que sean. Esto va de personas no de política. Va de la vida real.
Postdata: previo a la sentencia este otro fue mi artículo al respecto
https://www.marca.com/futbol/futbol-femenino/opinion/2025/02/16/perdon-feo-hecho-jenni-hermoso.html
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