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Colombia

Consejo de Estado ratificó la decisión inicial

Tomas Ritcher · febrero 11, 2026 · 4 min de lectura
Consejo de Estado ratificó la decisión inicial


$781.828.888.350. Esa era la cifra que Empresas Públicas de Medellín (EPM) debía pagarle a la Sociedad de Hidroituango por incumplimientos contractuales en el proceso de construcción de la hidroeléctrica. Lo anterior fue decisión inicial de un tribunal de arbitramento y ahora el Consejo de Estado se adhirió a la orden y la dejó en firme.

El lío para EPM partió del contrato de Construcción, Operación, Posesión, Mantenimiento y Transferencia de la obra en Ituango, o por sus siglas en inglés Boomt. Este convenio entre la Sociedad Hidroituango SAS y EPM fue suscrito en marzo de 2011 y la empresa proveedora de servicios terminó incumpliéndolo a raíz de la crisis que se vivió en la obra en 2018.

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Las instalaciones de EPM en Medellín. Foto:EPM

Hidroituango presentó una demanda al incumplimiento alegado que contaba con más de 70 pretensiones.

Puntualmente, se señaló que EPM incumplió la construcción de la obra para la entrada en operación comercial de la misma dentro de los plazos establecidos. contractualmente.

El laudo que zanjó el pleito―inicialmente― está compuesto por más de 300 páginas en las que se leen las consideraciones de los árbitros frente a las pretensiones demandadas por Hidroituango y las que más adelante incluiría Epm en su contrademanda.

Finalmente, en el laudo resuelto en 2023 por los árbitros Ruth Stella Correa Palacio, Jaime Humberto Tobar Ordóñez y Fernando Pabón Santander, se condenó a EPM a pagar la suma millonaria mencionada previamente. Sin embargo, como se adelantó, EPM se posicionó en desacuerdo con el tribunal de arbitramento y le allegó una apelación, en 2024, al Consejo de Estado con la que pretendía que se desestimara la resolución emitida en su contra.

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Aparte del laudo arbitral donde se condena a EPM a pagar los 780.000 millones de pesos. Foto:EL TIEMPO.

En la apelación, EPM argumentó que el tribunal había fallado de manera desproporcional y sin considerar claves jurídicas para la decisión. Inicialmente, el Consejo de Estado aceptó la apelación de Empresas Públicas y emitió una medida cautelar que puso en veremos el pago.

Sin embargo, la Sección Tercera del Consejo de Estado que los alegatos presentados por EPM para buscar la desestimación del laudo arbitral no tenían fundamento en derechopor lo que esta sala de la alta corte ratificó el fallo inicial que, en su quincuagésimo séptima resolución condenó a la empresa proveedora de servicios de Antioquia a pagar más de 718.000 millones a la Sociedad Hidroituango SAS

“Condenar a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP – EPM a pagar a HIDROELÉCTRICA ITUANGO SAESP – HIDROITUANGO la suma de $781.828.888.350 por concepto de las “Cláusulas Penales de Apremio por Incumplimiento de Hitos”, entre la fecha en que se hicieron exigibles y la fecha del laudo. En consecuencia, prospera de manera parcial la sexagésima primera pretensión de la demanda reformada”, se lee en el laudo de 2023 que ahora fue ratificado por el Consejo de Estado.

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EPM deberá pagarle a la Sociedad Hidroituango SAS Foto:EPM

La decisión fue adoptada por los magistrados. Alberto Montaña Plata (presidente del Consejo de Estado), Nicolás Yepes y William Barrera (conjueces de la decisión).

Ahora EPM deberá pagar la cifra determinada por en el laudo por el Tribunal Arbitral. EL TIEMPO se comunicó con la empresa antioqueña para consultar su posición al respecto de la decisión del Consejo de Estado, pero desde EPM señalaron que Actualmente no hay un pronunciamiento oficial.

NICOLÁS TAMAYO ESCALANTE

Periodista de Nación, en Medellín.

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