Colombia
Gobierno nacional alista decreto para ajustar el futuro del Hospital San Juan de Dios
El Gobierno nacional tiene listo un borrador de decreto que modifica varios artículos del Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Hospital San Juan de Diosinstrumento que define la hoja de ruta para la recuperación del complejo.
Se trata de un documento hecho por el Ministerio de las Culturas, las Artes y Los Saberes en el que se plantean ajustes puntuales para flexibilizar el diseño urbano, actualiza normas de movilidad y amplía los usos del subsuelocon el fin de facilitar la reapertura del hospital sin modificar su condición de bien de interés cultural del ámbito nacional.
LEA TAMBIÉN
El borrador se conoce después de la firma del convenio interadministrativo entre la Nación, la Gobernación de Cundinamarca y el Distrito para la recuperación y operación del complejo San Juan de Dios. En ese acuerdo se confirmó que el Estado comprometerá vigencias futuras durante 10 años por 1,6 billones de pesos.
El plan contempla la recuperación de los 24 edificios que conforman el complejo, de los cuales 13 ya están en obra. Los recursos buscan restaurar las edificaciones históricas, desarrollar intervenciones de urbanismo y espacio público y poner en funcionamiento un hospital de alta complejidad que operará como Centro de Innovación y Pensamiento para el Envejecimiento y la Vejez.
El proceso se da tras varias reuniones entre el Gobierno nacional y la Alcaldía de Bogotá sobre el uso e intervención del complejo, así como decisiones judiciales recientes, entre ellas una del Juzgado 12 Administrativo de Bogotá que ordenó facilitar el acceso del Gobierno nacional al lugar para adelantar estudios técnicos.
Pero, ¿si ya se había llegado a un acuerdo por qué salir con un proyecto de decreto? Hubo una necesidad de ajustar formalmente la Resolución 0995 del 29 de abril de 2016, que aprobó el PEMP, específicamente en sus artículos 14, 15, 16, 18 y 19, relacionados con propuestas urbanas y áreas libres, movilidad, estacionamientos y usos en el subsuelo.
Hospital San Juan de Dios. Foto:archivo particular
En el artículo 14, sobre propuesta urbana y áreas libres, se amplía el concepto de zonas verdes para incluir recursos paisajísticos sostenibles como terrazas ajardinadas, jardines secos, sistemas urbanos de drenaje sostenible (SUDS) y adoquines ecológicos. También se permitiría sembrar árboles de bajo y mediano porte en la franja del parque lineal, antes limitada a alta puerta, y se flexibilizan los materiales de las vías, que ya no serán exclusivamente en adoquín.
Además, la separación entre peatones, ciclorutas y vehículos no dependería únicamente de bolardos, sino de otros elementos de diseño vial. Se incorporan accesorios secundarios para el Ancianato, el Dermatológico, el IMI y el Instituto Nacional de Cancerología.con posibilidad de puntos de control, y se plantea la ampliación de predios sobre la calle 1C para facilitar el ingreso de ambulancias.
LEA TAMBIÉN

En el artículo 15, sobre movilidad, los bolardos retráctiles dejarían de ser la única opción obligatoria para separar circulaciones. Se permitirían alternativas como bordillos, separadores de carril y topellantas, y se prohíben barreras continuas que fragmenten el espacio.
El artículo 16, sobre movilidad peatonal, aclara que el plan regulador de Pablo de la Cruz no se limita a 1921 y permite nuevas pérgolas funcionales, diferenciadas de las históricas. También incorpora tres tipos de circulación en ámbito cerrado: entre nuevos edificios, a través de edificaciones y subterráneos, incluyendo la posibilidad de un túnel bajo la carrera 10.
En el artículo 18 se ajustan las reglas de movilidad vehicular. Se precisan las excepciones para el ingreso de vehículos particulares que transportan pacientes, se permite el acceso de taxis con personas con movilidad reducida, afectación dos predios para el ingreso de ambulancias y se prohíben carriles compartidos entre vehículos y medios no motorizados, buscando garantizar radios de giro adecuadas para emergencias.
Hospital San Juan de Dios Foto:secretaria de salud
Por su parteel artículo 19 amplía el alcance del subsuelo. Ya no se destinaría exclusivamente a parqueaderos, sino que podría albergar servicios generales, apoyo asistencial, infraestructura técnica, cuartos técnicos y conexiones verticales, en coherencia con la operación hospitalaria.
El documento, de 17 páginas, señala que el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural emitió concepto favorable por unanimidad a estas modificaciones y que se cumplen los presupuestos para su aprobación.
LEA TAMBIÉN

La solicitud de modificación fue presentada por el secretario Distrital de Salud, Gerson Bermont, en su calidad de responsable del sector y administrador del hospital.
“La iniciativa presentada plantea la modificación de la Resolución 0995 del 29 de abril de 2016, limitándose a los artículos 14, 15, 16, 18 y 19 del PEMP, sin alterar los objetivos ni las estrategias estructurales del instrumento, sino que busca ajustar las disposiciones normativas técnicas necesarias para garantizar la adecuada implementación del PEMP, en armonía con los procesos de conservación, gestión y sostenibilidad del conjunto hospitalario”, señaló Bermont en el borrador.
TATIANA MORENO QUINTERO
REDACCIÓN BOGOTÁ
