El Ministerio de las Culturas oficializó este 3 de agosto la expedición del Decreto 876 de 2026, una medida clave para la financiación cine colombiano, que actualiza el marco operativo de la Ley del Cine. Este decreto es la normativa que modifica los procedimientos para acceder a los mecanismos de financiación privada en el sector audiovisual nacional, buscando modernizar la gestión y optimizar los tiempos de respuesta.
La disposición gubernamental mantiene intactos los beneficios fiscales estipulados en la Ley 814 de 2003. Entre estos beneficios, se destaca la deducción tributaria del 165 % en el impuesto sobre la renta para los contribuyentes que realicen inversiones o donaciones en proyectos cinematográficos. Sin embargo, el ajuste reglamentario elimina barreras burocráticas y adapta el sistema a las necesidades del mercado en constante expansión.
¿Cómo agiliza el Decreto 876 la financiación cine colombiano?
El Decreto 876 de 2026 introduce varias modificaciones sustanciales para facilitar la financiación cine colombiano. Una de las transformaciones más relevantes es la agilización del proceso de acreditación de los Proyectos Cinematográficos Nacionales. Este paso es obligatorio para que empresas y productores puedan acceder a los incentivos de ley. El trámite se integrará ahora a plataformas digitales, lo que permitirá una revisión documental más rápida y acelerará la entrega de las resoluciones de reconocimiento.
Otro cambio significativo se presenta en la administración de los Certificados de Inversión y Donación Cinematográfica (CIDC). Anteriormente, hasta la entrada en vigor de esta norma, dichos documentos se emitían en formato físico bajo un esquema de gestión tradicional. Con la nueva reglamentación, los títulos son completamente desmaterializados y su custodia se canaliza a través de un depósito centralizado de valores. Esta digitalización ofrece una mayor flexibilidad.
Beneficios y transformaciones clave para el sector audiovisual
La conversión de los CIDC a activos digitales posibilita su negociación en el mercado secundario. Este modelo proporciona a los inversionistas una herramienta más ágil para administrar o transferir sus derechos de deducción tributaria, reduciendo los tiempos de transacción. Según El Tiempo, estas modificaciones apuntan a fortalecer la industria cinematográfica del país.
El Ministerio de las Culturas también estableció condiciones estrictas en materia de seguimiento, control y plazos de ejecución para los realizadores audiovisuales. El propósito de la cartera apunta a blindar el uso de los beneficios tributarios, garantizar el cumplimiento de los cronogramas de rodaje y atraer nuevos capitales privados.
A continuación, los cambios más relevantes introducidos por el decreto:
Digitalización de CIDC: Los Certificados de Inversión y Donación Cinematográfica pasan de ser documentos físicos a títulos completamente desmaterializados.
Negociación secundaria: Los CIDC, al ser activos digitales, adquieren la facultad de ser negociados en el mercado secundario, ofreciendo mayor liquidez.
Acreditación en línea: El proceso para la acreditación de Proyectos Cinematográficos Nacionales se integra a plataformas digitales para agilizar su revisión y aprobación.
Beneficios fiscales: Se mantiene la deducción tributaria del 165 % sobre el impuesto a la renta, un incentivo clave de la Ley 814 de 2003.
Estas acciones buscan impulsar la producción de largometrajes, documentales y cortometrajes en el territorio nacional, fomentando la industria y asegurando un uso transparente de los beneficios tributarios. Para más información sobre el sector cultural y las políticas gubernamentales, consulte más noticias de Colombia.
