Economia
Transformaciones en la Jornada Escolar de los Colegios Públicos en Colombia: ¿Qué Nos Traerá el Gobierno?

La jornada educativa de las escuelas públicas en Colombia experimentará una transformación. El Gobierno Nacional, mediante el Ministerio de Educación, emitió el decreto 277 de 2025, que modifica la carga educativa, además de las horas laborales de los docentes.
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La regulación determinó que el horario de la jornada educativa de los alumnos debe cumplir con intensidades horarias mínimas, que se computarán en horas efectivas de 60 minutos. Así, se establecieron las siguientes directrices:
– Nivel preescolar: 20 horas semanales efectivas.
– Educación primaria: 25 horas semanales.
– Educación secundaria y media académica: 30 horas semanales.
– Educación media técnica: 37 horas semanales.
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Como parte de estas disposiciones, el decreto también incluye un receso pedagógico. Para ello, las instituciones educativas deberán asignar cinco minutos por cada periodo de 1 hora. Esto con el objetivo de asegurar el bienestar de los alumnos.
“El respiro pedagógico estudiantil es considerado como una actividad curricular del tiempo cotidiano de la jornada escolar que destina la institución educativa para fomentar el bienestar y la formación integral de sus alumnos”, indica la normativa.
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Jornada de los educadores
El texto aclara que los educadores deberán, como mínimo, cumplir con seis de las ocho horas de la jornada laboral en la institución.
Para completar el tiempo restante, “se llevarán a cabo, dentro o fuera de la institución, actividades propias del cargo, según se acuerde con el rector o rectora, director o directora rural como responsable de la distribución de las asignaciones académicas y demás funciones”.
En los centros educativos donde existan dos jornadas escolares, las seis horas continuas de presencia del docente se llevarán a cabo en la mañana o en la tarde.
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