Economia
¿Qué sucede si la empresa omite el día de la familia: ¿se paga en nómina o se puede acumular?

A partir de julio de 2026, el Día de la Familia, un derecho laboral para los empleados formales en Colombia, será eliminado de manera definitiva a causa de la disminución progresiva de la jornada laboral, que alcanzará las 42 horas por semana.
La Ley 1857 de 2017, promovida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, resalta la relevancia de la familia como cimiento esencial de la sociedad.
Por esta razón, se instauró un beneficio que otorga a los empleados dos días al año para convivir exclusivamente con sus seres queridos.
Considerando que la reducción de las horas laborales será gradual, en 2025, se fijará en 44 horas semanales, por lo que las empresas deberán seguir proporcionando el Día de la Familia.
“Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral que permita a sus trabajadores compartir con su familia”, señala el parágrafo del artículo 5A de la Ley 1857 de 2017.
A partir de 2026, ya no será obligatorio. Foto:iStock
Si no se utiliza el Día de la Familia, ¿la empresa puede compensarlo en la nómina o acumularlo?
No es posible acumular la jornada familiar semestral para el año siguiente ni compensarla en efectivo. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo aclaró que, en ciertas circunstancias, el empleador podría asegurar que se disfruten los días no otorgados, siempre que exista una razón válida para no haber organizado o concedido la jornada en su momento.
Esto se considera dentro del marco de una reclamación o investigación por parte del Ministerio del Trabajo para confirmar el respeto a la normativa laboral.
No puede acumularse la jornada familiar semestral ni compensarse en efectivo. Foto:iStock
Bajo esa circunstancia, el empleador podría demostrar que, aunque no otorgó la jornada familiar en el semestre, cumplió con la normativa justificando el motivo de la omisión.
Dado que el Día de la Familia es un deber, la empresa debe asegurar que el empleado ejerza este derecho, incluso si decide acumular ambas jornadas en un único semestre. El empleador debe comprobar que otorgó los dos días al año; de lo contrario, el trabajador puede presentar una queja.
No obstante, si los días fueron concedidos y el trabajador no los utilizó, no existirá motivo para reclamar.
El empleador debe comprobar que otorgó los dos días al año. Foto:iStock
Lo que sucederá con el Día de la Familia en 2025 tras la reducción de la jornada laboral | El Tiempo
https://www.youtube.com/watch?v=U2kBF2QEpVg[/embed>
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SOFÍA ARIAS MARTÍNEZ
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
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