Economia
La Corte establece que los bancos no pueden rechazar cuentas por antecedentes penales: un giro en la justicia financiera.

Un individuo con un historial delictivo logró que la Corte Constitucional resguardara su derecho a una cuenta de ahorros. Foto: Pexels
La resolución impone límites al uso de criterios automáticos para rechazar productos financieros, demandando evaluaciones personalizadas
En un fallo que redefine las fronteras entre la prevención del riesgo financiero y los derechos fundamentales, la Corte Constitucional de Colombia decidió a favor de un individuo con un historial delictivo que había sido denegado por varios bancos al intentar abrir una cuenta de ahorros.
La decisión T-113 de 2025, encabezada por la magistrada Natalia Ángel Cabo, establece un precedente en la forma en que las entidades bancarias deben examinar a sus clientes.
El asunto se centra en Augusto Flórez Lozano, exsecretario de Hacienda de Villahermosa (Tolima), quien cumplió una condena y, tras recuperar sus derechos civiles en 2019, comenzó a laborar como asesor independiente.
Sin embargo, se topó con un obstáculo inesperado: los bancos Nequi, Bancolombia y Davivienda rechazaron su petición para abrir una cuenta, amparándose en sus políticas del SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo).
A pesar de haber cumplido su condena, Flórez no pudo acceder a un servicio financiero básico, lo cual lo llevó a presentar una acción de tutela en 2024, alegando vulneración a derechos fundamentales como el buen nombre, la igualdad y el trabajo.
La Corte estuvo de acuerdo con esta perspectiva y advirtió sobre la utilización indiscriminada de filtros automáticos por parte de las entidades financieras. Según la resolución, los bancos no pueden imponer restricciones generalizadas basadas únicamente en antecedentes penales. En su lugar, deben realizar una evaluación razonada y personalizada del riesgo que representa cada solicitante.
Un ajuste en el sistema financiero
Además de ordenar que Nequi, Davivienda y Bancolombia permitan al ciudadano abrir una cuenta si así lo desea, la Corte otorgó un plazo de tres meses a estas entidades para modificar sus procesos internos de evaluación. También exigió que cualquier negativa futura esté adecuadamente fundamentada con criterios objetivos.
Como parte de este rediseño institucional, la Superintendencia Financiera deberá emitir una circular que asegure un equilibrio entre la lucha contra el lavado de activos y la inclusión financiera. El objetivo: evitar que las personas que ya han cumplido con la justicia continúen soportando penas sociales y económicas indefinidamente.
El fallo no solo representa un alivio para quienes enfrentan estigmas debido a su pasado judicial, sino también un llamado de atención al sistema financiero para reconsiderar la manera en que gestiona el riesgo sin vulnerar derechos esenciales.






