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En una Casa Modesta del barrio Prado Veraniegoen el Norte de Bogotá, se escondía un Negocio Millonario: UNA Red de Modelos Webcam que Hoy Tiene a Su Dueña al Borde de Percerlo Todo. La Vivienda, Valorada en Mil Millones de Pesos, se le aplicará Extinción del Derecho de Dominio.
La Medida, Anunciada por la Fiscalía General de la NaciaBusca Enviar un Mensaje Contundente. El Ente Acusador Impuso Medidas Cautelares que suspenda el Poder de Disposiciónico Sobre una vivienda ubicada en la localidad de suba, al Norte de Bogotá. ¿La Razón? El Inmoble Habría Sido Escenario de Gravísimos Vejámenes contra Menores de Edad. Con Esta Decisión, El Bien Avaluado en 1.000 Millones de Pesos, No Podrá Ponerse a la Venta, Gravar O Transferir Mientras avanza el Proceso.
La Comisión del Delito de Abuso Agravado Sexual Fue por parte de Andrés Camilo Gómez Orozco, Quien Obligó a la víctima A Practicarle sexo oral oral la escena era transmitida en vivo. Por su parte, la administración de La Facilitación de Estas Actividades ilícitas Estaban una carga de Germán Alexander Bejarano Peña, El Arrendatario del Predio.
Las Pruebas Recopiladas Indican Que El Inmoble, Que Tenía la Apariencia de Una Vivienda familiar, Fue Adecuada Con Cmaras, Luces, Conexiones de Internet y Escenarios para Grabar en video a Niñas Y Adolescentes desnudas. Posteriormento, Los registros de los registros audiovisuales eran exposiciones y comparartidos por diferentes plataformas virtuales de contenido explícito. Las Víctimas Eran Presuntamento obligaciones a ‘Jugar’ con elementos sexuales en populares Páginas de pornografía.
El Grave Casa de Una Vícima de Solo 13 Años
El Tiempo Supo Que, en el Curso de la Investigación, se conoció el Casa de Una Niña de 13 Años que Fue ALGUNOS EN VIVO A DIFERENTES VEJÁMENES Sexuales.
Por Estos Hechos, El Arrendatario de la Casa Fue Condenado Por El Delito de Estímulo a la prostitución de Menores de Edad.
Según Conoció Este Diario de Manera Exclusiva, Los Días 13 y 14 de Marzo de 2013, Una Niña de 13 Años Fue Retenida En e Inmueble En Contra de su voluntario y Fotografiada desnuda en Posiciones suggestivas.
Las Imágenes se Vendieron por Internet en una página de pornografía. Igualmento, la Niña Habría Sido Obligada A Realizar Prácticas Sexuales, ES Dide, Fue Abusada y Explotada Sexualmental. TODO ESO OCURRIA AL TIEMPO QUE LA ESCENA SE TRANSMITIA EN VIVO.
La administración de la Lugar Estaba de la carga de un hombre que instaló los computadoras, las redes eléctricas y de internet, prestando soporte y vigilancia a la transmisión de las actividades sexuales, en las que participación, entre otras mJeres, la menor de edess, quee sesesees, en un operati Policía de Infancia y Adolescencia, Luego de Que su progenitora denunciara su desapariciónica.
¿Por Qué Se Le Hace Extinción de Dominio Al Bien?
Casa en Prado Veraniego. Foto:Archivo particular
El Tiempo Conoció que Toda Esta Historia de Terror Llevó A Que se declararara Extinguido El Dominio Sobre Este Bien de Prado Veraniego. Este se debe a que fue utilizado como medio o instrumento para la eJecución de actividadas ilícitas.
La justificación de la medida es que bajo la fachada de un estudio de modelos webcam, se perpetrario múltiples delitos que incluyen el estímulo a la prostitución de menores, el secuestro de una menor menor у su explotación mediano sexual la productción ventra de ventra de de ventra de ventaje de material de la materia de la materia. Línea.
Adicionalmente, se presume la comisión del delito de abuso agravado sexual por parte del hombre que obligó a la víctima una práctica sexo sexo oral oral la escena era transmitida en vivo.
La Administración de La Facilitación de Estas Actividades ilícitas Estaban A CARGO DE UNO HARBRE QUE PROVEYO LA INFRAESTRUCTURA NECESARIA COMO CompuTADORES, REDES ELECTRICAS E INTERNE LA LA VIGILANCIA PARA LA EJECUCUÓN DE LOS ACTOS ACTOS DELICTIVOS.
Según la fiscalía, El Juicio de Reprochhe, Que es la Valoración Que se Realiza para determinar si un individuo es culpable de Haber cometido un delito, recae Sobre la conducta de la propietaria del inmue delble de veraniego en bogotá.
Y la conclusión Fue que, un pesar de que el bien tenía una destinación original como la residencia familiar, Fue Arrendado un hombre condenado por el delito de estímulo a la prostitución de Menores.
El Nexo Causal, ExplicA El Ente Investigador, SE SECRECE AL DESTRAR QUE LA DENARNA DE PREDIO, EN Su Calidad de Propietaria, Permitió Que su Inmueble Fuera Utilizado Como el Centro de Operaciones para la Comisiónada de Actividadadas ilicitas.
No obstante, en la Declaración Jurada confirmó que no escuchó nunca gritar a la menor, que no se enteró si -si -si la diligencia de allanamiento a su inmueble cuando la policía rescató a la niña y que además pensaba que laas chicas trabajaban eran secretaria.
Lo cierto es que el ArrendAmento A una persona que, como se evidencienciódica con su condena, se dedicaba a la actividad ilícita delito de estímulo a la prostitucio de menores y la falta Materializacia de los delitos.
También se argumento de Que la Dueña del Predio Incumplió El Deber de Cuidado Sobre Su Bien, Tal como exige el Artículo 58 de la Constitución Política, Que Impone la Acquitación de La Propiedad Cumpla una Función Social Y Ecolóngica.
Al Arrendar El Inmoble Sin Tomar las precauciones Necesarias para Asegurar que no se utilizara las actividades para las actividades ilícitas, y al permitir que se convirtiera en un lugar de explotación y vulneración de los derechos de una menor, la propietaria contrvavino era función financio.
Este Juicio de Repoché se Fundamenta en la Omisión de la Propietaria de Ejercer un Vigilancia y Control Adecuados Sobre Su PropiDad, Facilitando, De Manera Indirecta, PERO Determinante, La Comiso de los delitos de Estímulos Inmoble.
La Falta de Diligencia en la administración de la vincula con la actividad ilícita desarrollada por su arrendatario, justificando la investigación de la investigación de la investigación de la investigación de los posibles. multas delictivos.
Carol Malaver
Subedora Bogotá
Escrícbanos A carmal@eltiempo.com
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