Inmigracion
Estados Unidos cambia requisitos en visas para mexicanos y canadienses: así podría afectarte

La clasificación de visa TN permite a ciudadanos de México y Canadá trabajar temporalmente en los Estados Unidos en ocupaciones profesionales específicas reguladas bajo los acuerdos NAFTA y, posteriormente, el USMCA (T-MEC en español). Desde la entrada en vigor del USMCA el 1 de julio de 2020, se mantuvieron todas las condiciones migratorias sustanciales que previamente regían bajo el tratado anterior, hasta su más reciente actualización en junio 2025.
En la actualización vigente, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) informa que el proceso implica verificaciones más estrictas sobre elegibilidad profesional y la naturaleza temporal de la estancia. Se hace énfasis en la prohibición de aplicar para actividades de autoempleo y se incrementan las exigencias documentales, principalmente para los ciudadanos de México, que antes podían acceder con mayor flexibilidad dependiendo de su caso.
La visa TN permite la admisión de ciudadanos canadienses y mexicanos que deseen desempeñar actividades laborales calificadas en Estados Unidos, bajo el compromiso de regresar al término del periodo autorizado. El sistema no permite la residencia permanente y exige pruebas que justifiquen la temporalidad de la estadía, así como la vinculación con un empleador estadounidense establecido y separado legalmente del solicitante.

La visa TN deriva de los acuerdos comerciales entre Estados Unidos, México y Canadá. El esquema autoriza la entrada temporal para ejercer profesiones específicas y requiere que el solicitante sea ciudadano de alguno de estos dos países, cuente con las credenciales profesionales apropiadas y acepte un empleo previamente definido en Estados Unidos.
Para los canadienses, el trámite puede hacerse de manera directa en un puerto de entrada autorizado con la documentación correspondiente. Este proceso no requiere la aprobación previa de USCIS ni la obtención de una visa, salvo casos en que el profesional resida fuera de Canadá o solicite cambio de estatus. En contraste, los ciudadanos mexicanos deben solicitar una visa TN ante una embajada o consulado antes de presentarse ante CBP.
El periodo máximo autorizado por cada otorgamiento de estatus TN es de tres años, sin límites específicos de renovaciones, siempre y cuando la naturaleza de la estancia siga siendo temporal, conforme a la regulación. Cambios de empleador, ajustes de estatus o extensiones requieren nuevas gestiones y aprobaciones documentales.

Desde la revisión de junio 2025, USCIS refuerza criterios que buscan evitar el uso de la visa TN como vía para establecerse permanentemente o para el autoempleo disfrazado de trabajo profesional. Explícitamente, se excluye a quienes pretendan crear o controlar empresas en las que serían los únicos o principales accionistas, y se niega la admisión a quienes busquen prestar servicios a entidades creadas para facilitar su propia contratación.
El solicitante debe tener un empleo preexistente con un empleador estadounidense claramente separado, y presentar evidencia detallada de las funciones que desempeñará, títulos y experiencia relevante, y cualquier licencia profesional necesaria de acuerdo al estado de destino. No se aceptan sustituciones de experiencia por títulos para profesiones que requieren licenciatura.
Las restricciones se aplican de forma constante tanto en la entrada inicial como en renovaciones, cambios de empleador o transferencias internas. Cualquier cambio requiere aprobación expresa por parte de USCIS, y el empleo no puede comenzar hasta recibir dicho aval, salvo que el solicitante abandone el país y realice el trámite completo de readmisión.

La lista de profesionales admisibles sigue la codificación original de NAFTA y actualmente USMCA, con énfasis en ocupaciones donde se exige título universitario, experiencia profesional y licencias específicas. Entre las categorías figuran:
- Científicos técnicos y tecnólogos, siempre y cuando trabajen en apoyo directo de un profesional supervisor en ramas como biología, química, ingeniería, física o disciplinas afines.
- Médicos, solo pueden solicitar TN para funciones de investigación o enseñanza sin atención directa a pacientes.
- Enfermeros titulados, deben mostrar licencia estatal o provincial válida, así como certificación de organismos acreditados.
- Consultores de gestión, pueden calificar con licenciatura o experiencia profesional equivalente.
- Analistas de sistemas computacionales, ingenieros, contadores, arquitectos, hoteleros, economistas, técnicos agrícolas, biólogos, químicos, geólogos, y más, según requisitos formales detallados en el propio listado y en los apéndices del USCIS.
- Gerentes hoteleros, ingenieros y registradores de animales o plantas, requieren título específico o experiencia certificada según los estándares estadounidenses.
La lista excluye profesiones cuya función principal corresponda a analistas de mercado, especialistas en mercadotecnia u oficios de construcción, aun cuando sus actividades puedan solaparse o tener títulos similares a categorías permitidas.

Las personas elegibles deben presentar evidencia exhaustiva, incluyendo cartas del empleador que detallen duración, términos y condiciones del puesto, contratos y descripciones específicas de labores. Los títulos obtenidos fuera de Estados Unidos, Canadá o México requieren evaluación por agencias especializadas en validación de credenciales extranjeras.
En profesiones reguladas, las licencias estatales o provinciales deben estar vigentes al momento de la solicitud y mantenerse durante toda la estancia laboral. Los controles documentales se aplican sin excepción y cualquier inconsistencia implica la denegación o revocación del estatus.
Las solicitudes de cambio de empleador, extensión de estancia o ajuste de estatus se tramitan mediante el formulario I-129 y requieren que el solicitante mantenga su vínculo profesional y legal vigente. Los dependientes (cónyuges e hijos menores de edad) reciben la clasificación TD, sin permisos de trabajo pero sí con posibilidad de cursar estudios. La vigencia de estas autorizaciones sigue la del titular de TN y está sujeta a renovación periódica.