Economia
hacen advertencia a trabajadores independientes que creen que no deben pagar el impuesto

La declaración de renta es un documento en el que una persona reporta a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) sus ingresos, egresos, bienes y patrimonio.
A través de este proceso, el Estado puede calcular las contribuciones fiscales y establecer los incrementos impositivos correspondientes cada año. El 12 de agosto iniciará la declaración de renta e irá hasta el 24 de octubre de 2025.
Es importante tener en cuenta que, tanto empleados como trabajadores independientes, pueden estar obligados a declarar renta, ya que esta obligación no depende del tipo de ocupación o vínculo laboral, sino del monto de ingresos, patrimonio y otros factores económicos manejados.
Hay que tener un patrimonio bruto igual o superior a $ 211.792.500 al cierre del año 2024. Foto:Diego Caucayo/Archivo EL TIEMPO
Estos son los topes definidos por la Dian para pagar renta
Recuerde que el monto que debe declarar está determinado por los límites de ingresos que alcanzó durante el año anterior al momento de presentar la declaración.
De acuerdo con el portal especializado Tributi, todas las personas naturales estarán obligadas a presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024 si cumplen con al menos una de las siguientes condiciones:
- Tener un patrimonio bruto igual o superior a $ 211.792.500 al cierre del año 2024.
- Haber recibido ingresos totales iguales o superiores a $ 65.891.000 durante el año.
- Realizar consumos con tarjeta de crédito por un monto igual o superior a $ 65.891.000.
- Efectuar compras y consumos totales por un valor igual o superior a $ 65.891.000.
- Tener consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas por un valor igual o superior a $ 65.891.000.
Foto:Jaime Moreno/El Tiempo
¿Cómo declarar renta siendo independiente o freelance?
En diálogo con Durley Helena Huertas, docente del programa de Contaduría Pública de Areandina para Infobae, afirmó que la declaración de renta no se limita únicamente al registro de ingresos, sino que también requiere un análisis integral de la situación financiera del contribuyente, incluyendo sus bienes, deudas y posibles deducciones.
El instrumento principal para realizar este trámite es el Formulario 210, el cual debe ser diligenciado por todas las personas naturales residentes que estén obligadas a declarar.
Para elaborar correctamente la declaración de renta, es esencial reunir la siguiente documentación:
- RUT actualizado, donde se especifique la actividad económica como independiente o prestador de servicios.
- Firma electrónica válida, emitida por la Dian.
- Extractos bancarios correspondientes al año gravable.
- Facturas electrónicas, que en muchos casos son de carácter obligatorio.
- Certificados de ingresos, expedidos por un contador público.
- Certificados de retención en la fuente, así como documentos relacionados con inversiones, créditos, escrituras de bienes y otros soportes que respalden los ingresos, costos, deducciones y patrimonio.
- Comprobantes de pagos a seguridad social, especialmente si se planea realizar deducciones por estos aportes.
Huertas enfatizó que es recomendable contar con el acompañamiento de un contador público que domine la normativa vigente, ya que su orientación permite elaborar una declaración precisa y evitar omisiones o errores que podrían derivar en sanciones por parte de la Dian.
El instrumento principal para realizar este trámite es el Formulario 210 Foto:EL TIEMPO
Estas son las sanciones por declarar renta fuera de los plazos
Según el portal Tributi, las personas que presenten la renta fuera de los plazos establecidos deberán afrontar sanciones interpuestas por la ley:
- Deberá asumir una sanción por extemporaneidad, la cual corresponde al 5 % del impuesto a cargo y se incrementa por cada mes o fracción de mes de retraso entre la fecha límite y el día en que finalmente declares.
- Para el año 2025, la sanción mínima por obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la Dian es de $ 498.000, lo que significa que, incluso si presenta la declaración un solo día tarde, y aunque el valor a pagar sea cero, deberá cubrir este monto.
- Recibirá una notificación advirtiendo que cuenta con un plazo máximo de un mes para realizar el pago del impuesto. Si no cumples con este plazo, se añadirá un recargo del 10 % sobre el valor a pagar, de acuerdo con el Artículo 642 del Estatuto Tributario.
- En caso de no presentar la declaración de renta en absoluto, se aplicará una sanción del 20 % calculada sobre el valor de las consignaciones bancarias, ingresos brutos o, en su defecto, sobre los ingresos de la última declaración presentada, conforme al Artículo 643 del Estatuto Tributario.
No presentar la declaración de renta en absoluto, le dará una sanción del 20 % Foto:iStock
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
ESTEFANÍA MAYORGA RINCÓN