Economia
Impacto Estructural del Empleo Informal en Colombia

Por: Carlos Mario Lazcano Álvarez
El mercado laboral colombiano presenta una marcada y persistente tendencia hacia la informalidad, fenómeno que afecta tanto a los trabajadores como a las unidades productivas. Esta característica estructural del empleo refleja profundas desigualdades y limitaciones en el acceso a condiciones laborales dignas y protegidas por el marco legal.
Según las cifras reportadas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) para el año 2025, la tasa de empleo no formalizado alcanzó el 56,8%, lo que implica que más de la mitad de los trabajadores ocupados en el país desempeñan sus actividades al margen de un contrato laboral formal. En consecuencia, estos trabajadores carecen de las garantías mínimas establecidas por la legislación laboral, como el acceso a la seguridad social, prestaciones económicas, estabilidad en el empleo y condiciones adecuadas de trabajo.
Este elevado nivel de informalidad no solo evidencia la precariedad de una parte significativa de la fuerza laboral, sino que también plantea serios desafíos en términos de equidad, sostenibilidad del sistema de protección social y eficiencia económica. La persistencia de este fenómeno demanda acciones integrales y sostenidas por parte del Estado, orientadas a fomentar la formalización del empleo, fortalecer el aparato productivo y garantizar que el trabajo digno sea una realidad para todos los colombianos.
En el diseño de políticas públicas orientadas a promover la formalización del mercado de trabajo, resulta imperativo distinguir con claridad entre dos dimensiones interrelacionadas pero no equivalentes: la formalidad empresarial y la formalidad laboral. Esta diferenciación no solo es pertinente desde el punto de vista económico, sino también desde una perspectiva jurídico-institucional, dado que las obligaciones legales que rigen la existencia y operación de las unidades económicas no son coincidentes, ni en naturaleza ni en alcance, con aquellas que regulan las relaciones laborales.
En efecto, se constata que las intervenciones estatales enfocadas exclusivamente en la formalización de las unidades productivas —esto es, en su registro legal, tributario y administrativo— no necesariamente se traducen en un aumento proporcional de la formalización de las relaciones de trabajo al interior de dichas entidades. En otras palabras, una empresa puede cumplir con los requisitos legales exigidos para operar como sujeto económico formal, y aun así incumplir con las obligaciones laborales frente a sus trabajadores, empleándolos por fuera de los marcos normativos establecidos. La doctrina especializada ha identificado esta situación como la existencia de empresas formales en el margen extensivo, pero informales en el margen intensivo, revelando así una disociación entre la apariencia de legalidad institucional y la realidad de precarización laboral.
En ese sentido, el ejercicio de actividades económicas por fuera del marco normativo —esto es, al margen del sistema formal— tiene profundas repercusiones tanto en el orden fiscal como en el ámbito de la seguridad social. En efecto, cuando empleadores y trabajadores informales eluden sus deberes legales, omiten también el cumplimiento de obligaciones esenciales tales como los aportes al sistema tributario y a los regímenes contributivos de seguridad social integral, que comprenden la salud, las pensiones y los riesgos laborales.
Esta omisión estructural incide negativamente en la sostenibilidad financiera del Estado, al restringir los ingresos públicos necesarios para garantizar el cumplimiento de sus fines constitucionales. La evasión generalizada en el sector informal erosiona la base tributaria, debilita los mecanismos de redistribución del ingreso y limita la capacidad estatal para formular, implementar y sostener políticas públicas eficaces. Asimismo, obstaculiza la inversión en infraestructura, la expansión de los servicios sociales, y la protección efectiva de los derechos fundamentales, en particular de aquellos sectores en condición de mayor vulnerabilidad.
Desde esta perspectiva, la informalidad no constituye únicamente un fenómeno económico, sino una problemática con profundas implicaciones jurídicas, sociales e institucionales, cuya atención requiere medidas integrales, articuladas y sostenidas por parte del Estado.
Ahora, con la reforma laboral “Trabajo por el Cambio” implementada con el objetivo de enfrentar dicha precarización, inestabilidad laboral, tercerización e intermediación, así como, la desvalorización de la indemnización ante despido injustos, regulando las relación de trabajo particulares, hecha mano de consideraciones jurisprudenciales para aplicar medidas para promover la formalización laboral, en específico, denominando el contrato de aprendizaje como una relación laboral especial a término fijo, establece una remuneración mensual no inferior al mínimo para los internos de medicina, y reconocer figuras hasta ahora marginadas —como el trabajo doméstico, el contrato de aprendizaje y el empleo en plataformas digitales— se amplía el espectro de protección laboral y se fortalece el principio de igualdad material en el ámbito del trabajo, o por lo menos es lo que se busca.
Lo anterior, no solo tiene implicaciones favorables en el plano de los derechos fundamentales de los trabajadores, sino que también genera efectos económicos positivos de amplio alcance. Al ampliar la base contributiva del sistema de seguridad social y aumentar el cumplimiento tributario, en el ideal de la reforma, esta contribuye a mejorar la sostenibilidad fiscal del Estado y su capacidad para financiar políticas públicas de carácter redistributivo, asimismo, se debe analizar si es que en la práctica realmente brinda mayor estabilidad jurídica y previsibilidad a las relaciones laborales, que incentiven la productividad, se dinamice la demanda interna y se genere un entorno más favorable para la inversión formal. De esta manera, la reforma laboral no puede ser concebida únicamente como una herramienta que busca la protección social, sino también como un instrumento estratégico para el desarrollo económico inclusivo y sostenible.
En términos económicos, dicha reforma tiene el potencial de generar impactos positivos al expandir la formalización y, con ello, aumentar la base contributiva del sistema de seguridad social, fortaleciendo las finanzas públicas y permitiendo una mayor capacidad redistributiva del Estado. Sin embargo, el verdadero alcance de sus beneficios dependerá de su implementación efectiva y de su capacidad para generar entornos de estabilidad jurídica, previsibilidad y confianza para los actores económicos.







