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nueva norma para pruebas de alcohol y drogas a empleados ‘tienen hasta el 28 de octubre de 2025’

Tomas Ritcher · julio 29, 2025 · 4 min de lectura


El 29 de abril, el Ministerio del Trabajo de Colombia expidió la Resolución 1843 de 2025, la cual establece nuevas directrices para la detección del consumo de alcohol y sustancias psicoactivas en el entorno laboral, con el fin de promover un ambiente más seguro entre los trabajadores.

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Muchos trabajadores tienen la duda de cómo funciona esta nueva ley, ya que para algunos es nueva y no tienen idea de qué es lo que deben tener en cuenta.

Esta es la nueva norma

“Se podrán aplicar pruebas de detección a aquellas personas cuya actividad laboral implica un riesgo para los demás o que son de responsabilidad respecto de terceros, y deberán estar implementadas y justificadas técnicamente en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa u organización”, dice la resolución.

Por otro lado, la abogada laboral, Paula Salamanca, explicó que el empleador debe cumplir con todo lo establecido que aparece en la Resolución 1843 de 2025.

“Empleador, recuerde que, según la Resolución 1843 del 2025, para la realización de pruebas de alcoholimetría y de sustancias psicoactivas, usted debe contar con un médico con licencia de salud ocupacional vigente, para que este realice la toma, la custodia y la reserva de los resultados de dichas pruebas”, agregó.

Es importante que las personas tengan en cuenta esta nueva normativa, para así evitar inconvenientes, de acuerdo con lo que dice la especialista.

“Debe tener en cuenta que la resolución determina seis meses desde la publicación de la resolución para que usted aplique la normativa y las obligaciones establecidas. Lo que quiere decir que cuenta hasta el 28 de octubre del año 2025 para la aplicación de todo lo establecido en esta nueva regla”, manifestó Salamanca.

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Ofertas de trabajo para médicos

Algo que también deben tener presente es que esta norma tiene un mayor impacto en los siguientes sectores:

  • Transporte terrestre, aéreo y marítimo.
  • Minería, hidrocarburos y obras de infraestructura.
  • Salud.
  • Seguridad privada y manejo de armas.
  • Producción industrial con maquinaria pesada.
  • Manejo de químicos, sustancias radiactivas o explosivos.

“Se entiende que desempeñan ese tipo de actividades, entre otros, los conductores de cualquier tipo de vehículo; pilotos de naves y aeronaves; alumnos de pilotaje, instructores de vuelo; maquinistas y operarios; médicos, odontólogos y demás profesionales de la salud; quienes manipulan o tienen bajo su cuidado materiales o sustancias combustibles o inflamables; explosivos, sustancias tóxicas, venenosas, corrosivas o radiactivas; quienes portan o transportan armas; operadores y controladores aéreos y en general personal técnico de mantenimiento y apoyo de aeronaves en tierra y en vuelo, así como los trabajadores que desarrollen actividades de clase de riesgo IV y V, casos en los cuales no se requiere la autorización del trabajador para realización de la prueba”, explica la norma.

Esto es con el fin de promover un mejor ambiente laboral. Foto:iStock

Esta nueva norma no solo abre la puerta a que las empresas sean preventivas, sino que previene accidentes o sanciones a aquellos empleados que no cumplan las normas. Además de que construye confianza, bienestar y eficiencia en el entorno laboral.

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Asimismo, el artículo 25 dice: “Sustancias psicoactivas. Los empleadores o contratantes podrán aplicar pruebas de detección del consumo de sustancias psicoactivas a los trabajadores cuya actividad implica un riesgo o que son responsables respecto de terceros (…) Los empleadores públicos y privados incluirán dentro de las actividades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo campañas específicas, tendientes a fomentar la prevención y el control de la farmacodependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores, con una política y programa al respecto”.

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WENDYS PITRE ARIZA

REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL

EL TIEMPO

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