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Economia

Inquilinos morosos en Colombia: ¿pueden quedarse sin servicios públicos?

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En el país, miles de personas arriendan un predio con el objetivo de obtener una entrada extra cada mes, sin embargo, al momento de realizar el negocio, las personas deben tener en cuenta una seria de aspectos que pueden dificultar la convivencia entre las dos partes.

Los pagos deben realizarse en los tiempos establecidos. | Foto: Energy Master

El pago de los servicios públicos debe ser aclarado desde el primer momento con el objetivo de evitar sanciones para el dueño del predio o corte de los mismos, para las personas que utilizar el mismo en forma de arriendo.

En Colombia, el acceso a los servicios públicos domiciliarios como la electricidad, el gas, el agua y el alcantarillado está regulado por la Ley 142 de 1994, también conocida como la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios.

Esta normativa busca garantizar que estos servicios esenciales lleguen a los ciudadanos de manera continua y eficiente.

¿Qué pasa en el momento que en predio en arriendo no cumpla con estos pagos?

En primer caso, las personas que aparece como titular de la cuenta recibirá una comunicación física o virtual en la cual se indique el no pago del servicio, de forma adicional las empresas podrán realizar llamadas o mensajes de advertencia para índica los procedimientos a seguir.

La Ley 142 de 1994 establece que “las empresas prestadoras de servicios públicos pueden suspender o cortar el servicio cuando el usuario incurre en mora en el pago de dos o más facturas consecutivas, o cuando hay manipulación indebida de los equipos o redes”.

Hay que señalar que en Colombia, no está permitido que un propietario suspenda por cuenta propia los servicios públicos a su inquilino como mecanismo de presión para que pague el arriendo o los servicios.

Esta práctica puede considerarse “abuso del derecho, perturbación a la posesión o incluso una forma de violencia económica”, según destaca el Ministerio de Vivienda.

El propietario debe seguir las vías legales establecidas para exigir el pago, como una acción de restitución de inmueble arrendado.

La Superintendencia de Servicios Públicos obligó a las comercializadoras de gas natural a realizar un ajuste en sus tarifas.

La Superintendencia de Servicios Públicos es la encargada de vigilar los derechos y deberes de los usuarios. | Foto: Montaje de El País

¿Qué hacer tras el corte de un servicio?

Una vez la empresa que le presta el servicio realice el corte del mismo, la persona deberá realizar el pago e iniciar el trámite correspondiente por medio de los canales oficiales.

En este caso, la persona que no cumplió con el pago podría tener que realizar un pago por la reconexión del servicio y no volver a incurrir en este tipo de prácticas para evitar complicaciones mayores para el predio.

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