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Este viernes 14 de noviembre de 2025 la regulación de pico y placa en Bogotá está en vigor con el propósito de mejorar la circulación en la capital del país.
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Pico y placa en Bogotá para el viernes 14 de noviembre de 2025
Para el día viernes 14 de octubre de 2025, la limitación de pico y placa se aplicará a los automóviles particulares cuyos últimos números de la placa finalicen en 1, 2, 3, 4 y 5. Estos automóviles no tendrán permiso para circular desde las 6 am hasta las 9 pm, en conformidad con la normativa vigente. Esto significa que los dígitos 6, 7, 8, 9 y 0 sí podrán transitar por la ciudad.
Es fundamental resaltar que la norma no es aplicable a las motocicletas. Los conductores de este tipo de vehículos podrán desplazarse sin restricciones por la ciudad durante toda la jornada, sin ninguna limitación por pico y placa.
Pico y placa. Foto:Milton Díaz. EL TIEMPO
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Restricciones para taxis
En lo que respecta a los taxis, también se implementará la normativa de pico y placa. El viernes 14 de noviembre de 2025, los taxis cuyas matrículas concluyan en 5 y 6 no podrán circular entre las 5:30 am y las 9 pm.
Esta disposición tiene como objetivo mejorar el servicio de transporte público y asegurar una adecuada distribución de taxis en diferentes áreas de la ciudad, evitando crear congestión en el tráfico.
Así se aplicará la medida para el mes de noviembre. Foto:Héctor Fabio Zamora. EL TIEMPO
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Excepciones a la normativa
Es importante destacar que existen determinadas excepciones a la regulación de pico y placa en Bogotá. Vehículos de emergencia y aquellos que proporcionan servicios fundamentales, como ambulancias y camiones de bomberos, no están sujetos a esta limitación.
Las motocicletas continúan sin restricciones de la medida, pudiendo circular libremente todos los días de la semana. Del mismo modo, el pico y placa no impone sanciones durante la semana para ningún tipo de vehículo.
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Así se aplica la norma de pico y placa en Bogotá, en términos generales, para automóviles
- Días impares: los vehículos particulares con placa finalizada en 1, 2, 3, 4 y 5 pueden circular.
- Días pares: están autorizados a circular los vehículos particulares con placa terminada en 6, 7, 8, 9 y 0.
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*Este contenido fue elaborado con la ayuda de una inteligencia artificial, basado en la información publicada por la Alcaldía de Bogotá, y contó con la revisión de un periodista y un editor.
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