Colombia
Así será el pico y placa para taxis y vehículos de carga en Bogotá durante febrero 2026

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El transporte de pasajeros y carga ya cuenta con las semanas y días en placas asignadas a la restricción de movilidad.
Pico y placa para taxis. Foto: CEET

Actualizado:
La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá ha definido las reglas de circulación que regirán el transporte público individual y de carga durante el segundo mes de 2026.. Con el objetivo de optimizar el flujo vehicular en las vías de la capital, la medida de pico y placa se mantendrá vigente bajo los horarios y rotaciones tradicionales para estos sectores.
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Para el caso de los taxis, la restricción opera de lunes a sábado en un horario comprendido entre las 5:30 am y las 9:00 pm Es fundamental que tanto conductores como usuarios tengan presentes que los domingos y días festivos no se aplica esta medida de control.
Cronograma de circulación para taxis en febrero
A continuación, se detalla la disponibilidad de circulación para los vehículos de transporte público individual de acuerdo con el último dígito de su placa:
Taxis pico y placa Foto:JAIME MORENO
Semana del 2 al 8 de febrero
- Lunes 2 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 3 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Miércoles 4 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Jueves 5 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
- Viernes 6 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Sábado 7 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Domingo 8 de febrero: No aplica la medida de pico y placa.
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Semana del 9 al 15 de febrero
- Lunes 9 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 10 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Miércoles 11 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
- Jueves 12 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Viernes 13 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Sábado 14 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, y 0.
- Domingo 15 de febrero: No aplica la medida de pico y placa.
Semana del 16 al 22 de febrero
- Lunes 16 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 17 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
- Miércoles 18 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Jueves de 19 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Viernes de 20 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Sábado de 21 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Domingo de 22 de febrero: No aplica la medida de pico y placa.
Taxis Foto:iStock
Semana del 23 al 28 de febrero
- Lunes 23 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
- Martes 24 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Miércoles 25 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Jueves 26 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
- Viernes 27 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
- Sábado de 28 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
Restricciones para vehículos de carga
En cuanto a los camiones y vehículos de carga que superen los 20 años de antigüedad, la normativa de establece limitaciones de movilidad específicas para los sábados. Durante este día, la restricción se aplica de 5:00 am a 9:00 pm de la siguiente manera:
Los vehículos de carga pesada tienen restricción en tránsito por la ciudad de Bogotá. Foto:MAURICIO LEÓN – EL TIEMPO
- Sábado 7 de febrero: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
- Sábado 14 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.
- Sábado de 21 de febrero: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
- Sábado 28 de febrero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.
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Además, los propietarios de estos vehículos de carga con más de dos décadas de servicio deben recordar que de lunes a viernes se enfrentan a una restricción general. Esta opera en dos franjas horarias: de 6:00 am a 8:00 am y de 5:00 pm a 8:00 pm, sin tener en cuenta el último dígito de la placa.
*Artículo desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.
REDACCIÓN BOGOTÁ
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