Colombia
“Medellín en la Mira: ¿Cómo Resguardan a una Víctima de Violencia de Género Amenazada de Nuevo?”

La Procuraduría General de la Nación ha solicitado a los organismos de Medellín un informe detallado sobre las acciones tomadas para garantizar la seguridad de una joven de 21 años que logró sobrevivir a un intento de feminicidio.
Según el ente de control, el presunto atacante se encuentra en libertad y, según las denuncias de la víctima y su familia, continúa amenazándola de muerte, lo que ha generado un clima de miedo e indignación en la comunidad.
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Mediante un comunicado, el Ministerio Público recordó que la Ley 1257 de 2008, en su artículo 2º, define la violencia contra la mujer como cualquier acción u omisión que cause daño físico, psicológico, sexual, económico o patrimonial, así como amenazas, coacción o privación arbitraria de la libertad, ya sea en el ámbito público o privado.
De acuerdo con la Procuraduría, es crucial que las entidades locales especifiquen las medidas de resguardo implementadas para proteger la vida de la joven y su familia.
Adicionalmente, el organismo ha señalado que se necesita información respecto al seguimiento de esas medidas, así como de la ejecución de posibles acciones especiales de protección.
Por lo tanto, se ha solicitado que se aclare si los hechos fueron reportados a la Fiscalía para que actúe según sus competencias.
“En este contexto, se pidió a la coordinación mencionada que informe sobre las medidas de protección en favor de la víctima y su familia, el seguimiento a estas; si se adoptaron medidas de protección especiales, y si los hechos de violencia intrafamiliar fueron comunicados a la Fiscalía General de la Nación para que proceda en consecuencia”, especificó la Procuraduría.
Asimismo, el organismo ha requerido al personero de Medellín que evalúe las acciones necesarias para intervenir en este caso. “La Entidad ofició al personero de Medellín para que evalúe la intervención que resulte necesaria en este asunto”,
Entre las funciones asignadas al personero se incluye corroborar las medidas adoptadas para garantizar el acceso a la justicia, prevenir la revictimización de la joven y asegurar su derecho a vivir sin violencia.
Además, se le ha solicitado que supervise el cumplimiento de las medidas de protección y que informe si estas han sido adecuadas para disminuir el riesgo que enfrenta la víctima.
El personero deberá presentar un informe detallado acerca de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con el objetivo de verificar si se han cumplido los estándares legales y de protección establecidos por la Ley 1257 de 2008. Este seguimiento es fundamental para garantizar que la joven y su familia puedan vivir sin el temor a nuevas agresiones.







