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Economia

Colpensiones entrega auxilio clave a afiliados en Colombia: este es el monto

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Noticias RCN

septiembre 07 de 2025


07:59 a. m.

El auxilio funerario que otorga Colpensiones se ha consolidado como una prestación de suma importancia, aliviando la carga financiera que representa el deceso de un ser querido. Sin embargo, para acceder a este beneficio, es crucial que los solicitantes presenten un documento clave que demuestre de manera inequívoca que han sufragado los gastos del entierro.

De acuerdo con la reglamentación vigente, el auxilio funerario es una prestación económica dirigida a la persona que compruebe haber cubierto los costos del entierro de un afiliado o pensionado del sistema de prima media.

Esta ayuda económica busca mitigar el impacto financiero inmediato en los hogares que enfrentan una pérdida. A diferencia de otras prestaciones, el auxilio funerario no se limita a cónyuges o herederos; cualquier persona, natural o jurídica, que haya asumido el gasto, tiene el derecho de solicitarlo.

Requisitos claves para acceder a este auxilio en Colpensiones

El monto de este auxilio no es fijo, sino que se calcula en función de la última cotización o mesada pensional del fallecido. Específicamente, el valor a reconocer será equivalente al último salario base de cotización, en el caso de un afiliado, o a la última mesada pensional recibida, si se trataba de un pensionado. Sin embargo, la ley establece unos límites claros: el auxilio no puede ser inferior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) ni superior a diez (10) veces dicho salario.

Tomando como referencia el SMMLV actual, esto implica que el monto mínimo a desembolsar es de $7.117.500 y el máximo de $14.235.000. Para el caso particular de la pensión familiar, la prestación equivale al 50% del valor de dicha prestación.

Para iniciar el trámite, los interesados tienen un plazo de 12 meses a partir de la fecha del fallecimiento. Es fundamental cumplir con este periodo de prescripción para no perder el derecho a la prestación.

La solicitud se puede realizar de manera presencial en los Puntos de Atención Colpensiones (PAC) o a través del portal web de la entidad, utilizando el menú “Colpensiones digital” y la opción “Portal de trámites”.

El requisito más importante y, a menudo, el que genera mayor confusión, es la demostración del pago de los gastos. La factura de gastos funerarios con sello de cancelado es el documento clave y no puede faltar.

Esta factura debe detallar los servicios prestados (ataúd, velación, traslado, cremación o inhumación, entre otros) y, de manera crucial, indicar el nombre y apellido de la persona que realizó el pago. Colpensiones subraya que este documento es la prueba irrefutable de que el solicitante asumió los costos del entierro.

Además de la factura, la entidad previsional exige otros documentos para formalizar la solicitud, tales como: el documento de identificación original del solicitante, el registro civil de defunción del afiliado o pensionado (con una expedición no mayor a tres meses), una certificación del centro fúnebre que prestó el servicio y el formato de cuenta de pago, que contiene la información bancaria donde será consignado el auxilio. En caso de que exista un contrato pre-exequial, este también debe ser presentado.

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