Economia
Guía Definitiva: Cómo Calcular y Pagar a Tiempo para Evitar Sanciones económicas

El impuesto sobre vehículos es un tributo local que se debe abonar anualmente y, en su mayoría, se destina a financiar proyectos de infraestructura de cada departamento.
Como indicó Isidro Hernández, docente de la Facultad de Economía de la Universidad Externado de Colombia, el abono de este impuesto fluctúa de acuerdo al modelo, la marca y el cilindraje del vehículo, pero no así según el departamento en el que se realice el pago.
La base imponible de este impuesto está compuesta por el valor comercial de los automóviles, que cada año determina el Gobierno Nacional a través de una resolución que se publica en noviembre.
Por consiguiente, para conocer las tarifas precisas y vigentes para el año en curso, es aconsejable consultar las resoluciones más recientes que aparecen en el Diario Oficial del Gobierno Nacional.
Foto:iStock
Aspectos fundamentales del impuesto automotor en Colombia
En primer lugar, es importante indicar que los vehículos sujetos a este gravamen son todos los particulares y las motocicletas de más de 125 centímetros cúbicos (una medida de la capacidad del motor de una moto).
El monto del impuesto vehicular depende del valor comercial fijado por el Gobierno Nacional y actualizado anualmente, que de acuerdo con el Decreto 2228 de 2023 se estimó en los siguientes valores absolutos:
- Hasta $ 54.057.000 pagan un 1,5 por ciento
- Más de $ 54.057.000 y hasta $ 121.625.000 pagan un 2,5 por ciento
- Más de $ 121.625.000 pagan un 3,5 por ciento
Para las motocicletas, es el 1 por ciento, y en el caso de los vehículos eléctricos, las tarifas aplicables no podrán exceder, en ningún caso, el 1 por ciento del valor comercial del automóvil.
Para los vehículos que funcionan con gas natural, las tarifas de impuestos sobre los automóviles aplicables tampoco podrán sobrepasar, en ningún caso, el 1 por ciento del valor comercial del vehículo.
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¿El impuesto vehicular cambia según departamento?
El impuesto está regulado por normas y decretos nacionales en términos de base imponible y tarifa. Sin embargo, el monto que paga el contribuyente puede variar según los beneficios que ofrezca el departamento.
Están sujetos al impuesto los vehículos automotores nuevos, usados y aquellos que ingresen temporalmente al territorio nacional, salvo las siguientes excepciones:
- Las bicicletas, motonetas y motocicletas con un motor de hasta 125 centímetros cúbicos.
- Los tractores para labores agrícolas, trilladoras y otras maquinarias agrícolas.
- Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar utilizada en construcción de vías públicas.
- Vehículos y maquinarias de uso industrial cuya naturaleza no esté destinada a circular por vías públicas o privadas abiertas al público.
- Los vehículos de transporte público de pasajeros y de carga.
Imagen:Alcaldía de Bogotá
Multas por no cancelar el impuesto de vehículos
Especialistas indican que la ausencia total de declaración conllevará una multa que estará relacionada con el impuesto respecto al cual no se presentó la declaración.
Las multas por no presentar o abonar el impuesto vehicular pueden diferir un poco según la normativa de cada región. Por ello, es aconsejable revisar las regulaciones locales para obtener datos precisos sobre las sanciones pertinentes.
En ciertas ocasiones, la omisión se refiere a la declaración del impuesto sobre vehículos automotores y su sanción por no presentar será igual al 200 por ciento del monto del impuesto que debe pagar el contribuyente en el periodo no declarado.
El impuesto sobre vehículos automotores deberá ser abonado dentro de los plazos fijados anualmente por la Asamblea Departamental a través de ordenanza.
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En el caso de Bogotá, quienes deseen abonar su impuesto con el 10 por ciento de reducción por pronto pago podrán hacerlo hasta el 16 de mayo de 2025. Posteriormente, deberán abonar el monto total del impuesto hasta el 25 de julio.
“Quien no abone el impuesto en el plazo señalado, deberá pagar además del impuesto, el monto de la correspondiente sanción y de los intereses por demora”, manifiesta Edwin Torres, catedrático de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Antioquia.
¿Cómo efectuar el pago del impuesto de vehículos?
Hay tres canales para realizar el pago:
- Por medio de la Oficina Virtual de Hacienda de cada región.
- En una entidad bancaria, tanto en sus sucursales como en su plataforma en línea.
- En cajeros automáticos.







