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Colombia

Justicia declara contumacia contra Luis Fernando Acosta Osio en caso Unimetro

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El Juzgado 55 Penal de Bogotá confirmó la contumacia contra Luis Fernando Acosta Osio, presidente del Consejo Directivo de la Universidad Metropolitana de Barranquilla, tras casi dos años de aplazamientos reiterados en su proceso por tráfico de influencias y cohecho. La decisión permite que la imputación se realice sin su presencia física, una medida excepcional cuando la justicia considera que no hay causa legítima para seguir dilatando el proceso.

La **contumacia contra Luis Fernando Acosta Osio** fue confirmada en firme por el juzgado tras analizar un patrón sistemático de obstrucción procesal. La contumacia es la figura legal que declara en rebeldía a un acusado cuando incumple reiteradamente sus obligaciones ante la justicia sin justificación válida.

¿Qué es la contumacia contra Luis Fernando Acosta Osio?

Entre mayo de 2024 y enero de 2026, la Fiscalía intentó instalar la audiencia de imputación en múltiples ocasiones sin éxito. Durante ese período de casi 21 meses, el proceso registró ausencias simultáneas del indiciado y su abogado, solicitudes de aplazamiento por compromisos personales, cambios de agenda y fallos de conexión en diligencias virtuales. El juzgado documentó que Acosta Osio conocía oportunamente todas las citaciones, pues incluso se conectó a algunas diligencias que posteriormente no pudieron realizarse.

El despacho rechazó una incapacidad médica presentada el 20 de enero de 2026 por falta de soporte clínico. Aunque el documento describía una hospitalización por enfermedades crónicas, no explicaba por qué el estado de salud impedía la participación remota en la audiencia bajo supervisión médica. La juez concluyó que las patologías crónicas no pueden usarse para suspender indefinidamente un proceso penal.

Maniobras dilatorias y renuencia frente a la justicia

El juzgado señaló que la defensa contaba con abogada suplente disponible, lo que hacía injustificables varios aplazamientos por agenda. Esta circunstancia fue determinante para catalogar la conducta como renuencia frente a la administración de justicia. Según la Fiscalía General de la República, la contumacia se activa cuando existe un patrón claro de incumplimiento sin causa legítima.

La defensa también cuestionó la competencia del fiscal delegado, pero el juzgado confirmó que existe una asignación especial vigente desde octubre de 2025 que ordena su continuidad en el caso. El proceso involucra hechos por los que ya fue condenado el exsenador Eduardo Pulgar, y ahora deberá avanzar hacia la etapa formal de imputación sin la presencia del indiciado.

Con esta decisión, la imputación podrá realizarse de forma excepcional, permitiendo que el proceso avance en sus etapas siguientes. Conoce más sobre noticias de Colombia.