El 12 de agosto inicia el calendario tributario para la declaración de renta a personas naturales en Colombia. Según datos revelados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o Dian, en el país más de 6 millones de personas deben presentar este impuesto.
En los últimos años, la Dian ha establecido un sistema para que los colombianos puedan presentar la declaración de renta sin necesidad de tener un contador público o revisor fiscal, pero existen algunos casos donde es obligatorio que esté avalada por un profesional.
El calendario de presentación inicia el 12 de agosto. Foto:Jaime Moreno/El Tiempo
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El Estatuto Tributario establece que todas las sociedades (SAS, LTDA, SA, etc.) y otras entidades, están obligadas a declarar renta y deben presentar su declaración firmada por un contador público inscrito ante la Junta Central de Contadores.
La Dian establece que la obligación de tener la firma de un contador público en las declaraciones de renta, se realiza con el fin de garantizar la transparencia y el correcto cumplimiento de las normas tributarias, evitando posibles sanciones.
Es importante tener en cuenta que este requisito varía de acuerdo con el patrimonio o ingreso de los contribuyentes. Si una persona natural tuvo ingresos brutos anuales que superen los 100.000 UVT, debe presentar su declaración con firma de contador.
Los artículos 596, 599 y 602 del Estatuto Tributario indica que todas las personas naturales que hayan superado el límite de los 100.000 UVT deberán presentar la declaración de renta y complementario, declaración de ingresos o patrimonio y la declaración del impuesto a las ventas o IVA bajo la firma de un contador o revisor fiscal inscrito en la Junta Central de Contadores.
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También, las personas que apliquen a regímenes como el simplificado (no obligados a declarar renta pero que lo hacen voluntariamente) o régimen ordinario con activos o ingresos complejos pueden necesitar firma de contador si superan ciertos umbrales.
Asimismo, también se requiere de la firma de un contador cuando al presentar la declaración, hay saldos a favor se requiere por razones de control fiscal y verificación tributaria.
Fechas de la declaración de renta en 2025. Foto:DIAN
“La persona natural estará obligada a llevar contabilidad y el patrimonio bruto o los ingresos brutos al 31 de diciembre de 2024 hayan superado las 100.000 UVT ($4.706.500.000 por el 2024)”, explica el portal ‘Siempre al día’.
Es importante tener en cuenta, que en Colombia todas las personas naturales que en el año gravable 2024 hayan superado el tope de compras e ingresos brutos superiores a 3.800 UVT deberán presentar la declaración de renta.
- Patrimonio bruto igual o superior a $211.792.500.
- Ingresos brutos iguales o superiores a $65.891.000.
- Consumos con tarjetas de crédito iguales o superiores a $65.891.000.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a $65.891.000.
- Compras y consumos iguales o superiores a $65.891.000
ALEJANDRA HERNÁNDEZ TORRES
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO
