Tecnologia
Epic Games celebra un triunfo decisivo: Apple obligado a acatar la orden judicial sobre la App Store.

En un logro para los videojuegos épicos, se constató que Apple infringía una orden judicial de 2021 que requería que los creadores dirigieran a los clientes hacia opciones de compra de terceros en la web utilizando enlaces dentro de la aplicación.
La jueza Yvonne González-Rogers, quien ha supervisado la contienda entre Apple y upic de los videojuegos en los últimos cinco años, expresó que Apple está en “infracción intencionada” de la orden judicial que prohibía dicha conducta y los precios anticompetitivos. “Los constantes esfuerzos de Apple por obstaculizar la competencia serán inaceptables”, se menciona en el fallo.
Para situar el contexto, los videojuegos péticos en 2024 acusaron a Apple de transgredir la orden judicial anti-Estado de 2021. Apple permitió a los creadores incluir un único enlace en sus aplicaciones que redirige a un sitio web donde los clientes pueden realizar una compra sin depender del sistema de compra dentro de la aplicación, pero Apple continuó cobrando una comisión, obligando a los desarrolladores a abonar entre el 12 y el 27 por ciento por las adquisiciones realizadas a través de estos enlaces en la aplicación.
Pépicos Juegos solicitó que Apple fuera sancionada en el tribunal por incumplir la orden debido a la tarifa y otras regulaciones rigurosas relacionadas con la opción de enlace único accesible para los desarrolladores. Por su parte, Apple argumentó que estaba cumpliendo plenamente con la orden judicial, aunque el juez se inclinó a favor de los juegos péticos. De hecho, el fallo no es completamente favorable para Apple, subrayando en términos contundentes cómo la empresa de Cupertino no satisfizo la solicitud.
En resumen: primero, tras el juicio, el tribunal concluyó que la comisión del 30 por ciento de Apple “le permitió obtener márgenes operativos superiores al nivel competitivo” y no se relacionaba con el valor de su propiedad intelectual y, por ende, era anticompetitiva. Respuesta de Apple: impone una comisión del 27 por ciento (nuevamente vinculada a nada) en las adquisiciones externas, donde anteriormente no se había cobrado nada, y extendió la comisión por un lapso de siete días tras la vinculación de la aplicación por parte del consumidor. Objetivo de Apple: Mantener su flujo de ingresos anticompetitivo.
Segundo, el tribunal prohibió a Apple negar a los desarrolladores la oportunidad de comunicarse y dirigir a los consumidores hacia otros mecanismos de compra. Respuesta de Apple: establecer nuevas barreras y requisitos para incrementar la fricción y elevar las tasas de deserción con advertencias de “miedo” a pantalla completa, URL estáticas y declaraciones generales. El objetivo de Apple: desincentivar el uso de opciones de compra alternativas por parte del cliente y preservar su flujo de ingresos anticompetitivo.
Finalmente, Apple buscó mantener un flujo de ingresos que se valorara en miles de millones en un desafío directo a la orden judicial de este Tribunal.
La juez Rogers afirmó que el tribunal “no tolerará más dilaciones” y que “Apple no obstaculizará la competencia”.
Apple no debe obstaculizar la capacidad de los programadores para comunicarse con los usuarios ni imponer una nueva tarifa por transacciones fuera de la aplicación. La decisión es inmediatamente aplicable. Estos son los criterios que Apple debe cumplir:
- Aplicar cualquier comisión o cargo en transacciones que los consumidores realicen fuera de una aplicación y, por ende, no hay motivo para auditar, supervisar, rastrear o exigir a los programadores que reporten transacciones u otras actividades que los consumidores realicen fuera de una aplicación;
- Limitar o condicionar el estilo, el idioma, el formato, la cantidad, el flujo o la ubicación de las compras realizadas por los desarrolladores fuera de una aplicación;
- Prohibir o restringir el uso de botones u otros llamados a la acción, o condicionar el contenido, el estilo, el idioma, el formato, el flujo o la ubicación de estos elementos para compras fuera de una aplicación;
- Excluir determinadas categorías de aplicaciones y desarrolladores para acceder a enlaces;
- Interferir en la opción de los consumidores de entrar o salir de una aplicación utilizando algo que no sea un mensaje neutral que informe a los usuarios que están visitando un sitio de terceros;
- Restringir el uso de un desarrollador de enlaces dinámicos que dirijan a los consumidores a una página de producto específica en un estado iniciado en vez de a una página estática definida, incluida la limitación para que las aplicaciones transmitan detalles del producto, información del usuario u otra información relacionada con el usuario con el fin de realizar una compra.
El Tribunal está refiriendo el caso al Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California para “indagar si los procedimientos de desacato criminal son pertinentes”. Apple también ha sido penalizada por el total de los honorarios legales de EPIC hasta el 15 de mayo de 2025.







