Colombia
Aventura Sobre Ruedas: Historias desde el Transporte Público

Más de 600 kilos de clorhidrato de cocaína Fueron Aprehendidos por la Policía de Tránsito y la Policía Nacional este 15 de marzo del 2025 en un Medio de Transporte Público en La Guajira.
La Operación, Realizada en el Contexto de las Actividades de Control y Inspección en las Rutas Principales de Transporte del País, permitió la Aprehensión de uno de los mayores Contenidos, el cual podría tener un Valor de Millones de Dólares en el Mercado Internacional, según informó la Dirección de Tránsito y Transporte.
Como resultado del Operativo, las Autoridades también lograron la Detención de dos individuos en flagrancia por el crimen de tráfico, fabricación o tenencia de estupefacientes.
El Vehículo Involucrado pertenecía a una Empresa Privada. Foto:Policía Nacional
Detalles de la Aprehensión
De acuerdo con la Dirección de Tránsito y Transporte, los hombres sorprendidos estaban transportando exactamente 635 kilos de clorhidrato de cocaína en un vehículo de transporte público.
El Incidente tuvo lugar en la Vía Distracción – Cuestecitas, Km 36 +800, en el Municipio de Hatonuevo, Departamento de La Guajira, en un AUTOMÓVIL QUE CUBRÍA LA RUTA VALLEDUPAR – Maicao.
Las Autoridades destacan que esta Cantidad “podría tener un Valor cercano a los 19 Millones de Dólares. No obstante, ESTA CIFRA PUEDE VARIAR DEPENDIENDO DEL MERCADO ESPECIAL Y DEL GRADO DE PUREZA DE LA DROGA EN CUESTIÓN“, según el Comunicado de la Dirección de Tránsito y Transporte.
El Descubrimiento se produjo tras una minuciosa inspección. De hecho, la sustancia fue hallada dentro de un compartimento oculto con un sistema Hidráulico.
El Mecanismo fue utilizado para eludir a las Autoridades. Foto:Policía Nacional
Dos Individuos Fueron Detenidos
Los detenidos durante la Aprehensión del Cargamento fueron identificados como:
- Dailer Dailer Muñoz Peláez, de 32 años, quien se desempeñaba como Conductor del Vehículo.
- Javier Perdomo Moreno, de 39 años, quien trabajaba como Ayudante durante la Ruta.
Ambos hombres fueron puestos a disposición de la Fiscalía General de la Nación.
La Brigadier General Susana Blanco, directora de Tránsito y Transporte, expresó que “Este Golpe al Narcotráfico demuestra el Nivel de Compromiso y Eficiencia de Nuestra Policía Nacional en la Protección de los Ciudadanos y la Lucha contra el Crimen Organizado.”
La incautación de más de 600 kilos de cocaína, que no llegarán a nuestras calles, es un resultado contundente que reafirma nuestro propósito de desmantelar las Redes de tráfico de estupefacientes que afectan la seguridad de nuestro país.
General de Brigadier Susana BlancoDirectora de Tránsito y Transporte,
Y añadió: “La Aprehensión de más de 600 kilos de cocaína, que no llegarán a nuestras calles, es un resultado contundente que reafirma nuestro objetivo
de desmantelar las redes de tráfico de sustancias ilegales que comprometen la seguridad de nuestra nación “.
“Continuaremos Avanzando Con la Tarea de Asegurar la SEGURIDAD VIAL Y Erradicar la amenaza del narcotráfico en nuestras carteras”, concluyó.
¿Qué Indica El Código Penal Colombiano?
El Artículo 376 del Código Penal Colombiano Establece que “Quien Sin Consentimiento de la Autoridad Competente, Introduzca al País, Así Sea en Tránsito, o Extraiga de él, Transporte, Lleve Consigo, Almacene, Mantenga, Produzca, Compre, Ofrezca, Adquiera, Financie O Suprina a Cualquier Título Sustancia ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCIA ESTANCEA, ESTANTE, ESTÁCULO, ESTUPEFACIENTE Sicotrópico o Drogas sintéticas que estén Incluidas en Los Cuadros Uno, Dos, Tres y Cuatro del Convenio de Las Naciones Unidas Sobre Psicótropicos, Será Sancionado con Prisión de Ciento Veintiocho (128) A Mil Trescientos Treinta y Cuatro (1.334) a Cincuenta Mil (50,000) SALARIOS Mínimos legales vigentes “.
“Si la Cantidad de Sustancia no Supera Mil (1.000) Gramos de Marihuana, Doscientos (200) Gramos de Hachís, Cien (100) Gramos de Cocaína o de Sustancias Estupefacientes a Base de Cocaína, o Veinte (20) Gramos de Derivados de la Amapola, Doscientos (200) Gramos de Cocaína o Veinte (20) Gramos de derivados de la amapola, Doscientos (200). Sintética, Sesenta (60) Gramos de Nitrato de Amilo, Sesenta (60) Gramos de Ketamina y Ghb, la Sanción Será de Sesenta y Cuatro (64) A Ciento ocho (108) Meses de Prisión y Multa de dos (2) A Ciento Cincuenta (150) Salarios Mínimos legales vigentes“, Indica la Normativa.
El Artículo 376 del Código Penal Colombiano Establece la Sanción por Tráfico de Drogas. Foto:istock
“Si la Cantidad de Sustancia Excede los LÍmites Máximos Establecidos en el Inciso Anterior Sin Sobrepasar Diez Mil (10.000) Gramos de Marihuana, Tres Mil (3.000) Gramos de Hachís, Dos Mil (2.000) Gramos de Cocaína o de Sustancias psicoactivas, Cuatro Mil (4.000) Gramos de Droga Sintética, Quinientos (500) Gramos de Nitrato de Amilo, Quinientos (500) Gramos de Ketamina y Ghb, La Sanción Será de Noventa y Seis (96) A Ciento Cuarenta y Cuatro (144) Meses de Prisión y multa de Ciento Veinticuatro (124) a Mil Quinientos (1.500) salarios mínimos legales vigentes “, indica la normativa.
Geraldine Bajonero Vásquez
Periodista Últimas Noticias de El Tiempo







