Economia
Estos son los cambios que traerá la nueva reforma pensional del gobierno Petro que se acaba de aprobar

La Cámara de Representantes aprobó este sábado en sesiones extraordinarias la reforma pensional que ya había sido avalada un año antes en el Senado para poder subsanar los vicios de trámite que llevaron a la Corte Constitucional a devolver el texto a su último debate en el Congreso.
Habrá cuatro pilares dentro del sistema pensional. Foto:iStock
Sin embargo, la reforma no entraría en vigor este martes 1 de julio, como estaba previsto, debido a que una vez corregido el trámite los legisladores tendrán que remitir a la Corte Constitucional un informe detallado que deberá ser posteriormente evaluado.
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¿Qué cambios traerá la reforma?
La reforma contempla un nuevo sistema pensional en Colombia basado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario.
En el solidario estarán todos los adultos mayores de 65 años para el caso de los hombres y de 60 años para las mujeres que se encuentran en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad. Igualmente, los hombres de más de 55 años con discapacidad o mujeres mayores de 50 años y los que posean una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 por ciento y que no tengan una fuente de ingresos.
A todos ellos se les daría una renta básica por encima de la línea de pobreza, lo que equivale a unos 223.000 pesos, que sería ampliada cada año por la inflación en función de los recursos del Presupuesto General de la Nación. Este pilar será administrado por el Departamento Administrativo de Prosperidad Social.
En segundo lugar, estaría el pilar semicontributivo por el cual se buscaría otorgar una renta vitalicia a los hombres de 65 años y a las mujeres de 60 años que cotizaron al sistema, pero que no lograron cumplir con los requisitos para acceder a una mesada. Para acceder a ello, estos tuvieron que contribuir entre 300 y 1.000 semanas.
No cambiará la edad de pensión. Foto:iStock / X: @AntonioSanguino
Este beneficio económico se financiará con los recursos del Presupuesto General de la Nación y con sus propios aportes a través de los distintos mecanismos que se adopten para ello por el Gobierno Nacional. En concreto, se buscará otorgar una renta vitalicia con base en lo ahorrado más el 3 por ciento efectivo anual y un subsidio equivalente al 20 por ciento para los hombres y un 30 por ciento para las mujeres del saldo restante. Dentro de este pilar también se incluyen las personas que estén en el Programa de los Beneficios Económicos Periódicos (Beps).
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Además, la ley indica que solo cuando los afiliados hayan cotizado hasta 299 semanas se les devolverán los recursos que ahorraron.
De otro lado, está el pilar contributivo que a su vez tiene dos componentes: el de prima media y el de ahorro individual. Aquí estarán todas las personas que están afiliadas al sistema, desde los trabajadores dependientes, hasta los independientes y los servidores públicos.
Todos ellos tendrán entre 1 y 2,3 salarios mínimos cotizados en Colpensiones y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) recibirán por encima de ese valor hasta los 25 salarios mínimos. Posteriormente, esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez.
Esto significa que el 88 por ciento de los cotizantes de los fondos privados, que son los que ganan actualmente entre 1 y 3 salarios mínimos, tendrían que pasar de manera obligatoria a Colpensiones y las AFP se quedarían con el restante.
El componente de Prima Media se financiará desde el Fondo Común de Vejez y el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo y el componente de Ahorro Individual con el monto ahorrado y los rendimientos financieros.
La edad para pensión en Colombia es 62 años para los hombres y 57 para las mujeres. Foto:iStock
Para ello, la ley también crea el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo como una cuenta especial administrada por el Banco de la República. Será el Emisor el que administre estos recursos.
Hay que recordar que los parámetros para reconocer la pensión de vejez, tales como la edad, las semanas y tasa de reemplazo se mantienen igual. Por ejemplo, para pensionarse se mantiene que las mujeres deben tener 57 años y los hombres 62.
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Por último, estaría el pilar de ahorro individual voluntario en el que las personas que tengan capacidad de pago podrían estar para obtener una mejor pensión a futuro.
¿Le aplica a todo el mundo la nueva reforma pensional?
No, con la reforma se establecerá un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que a la entrada en vigencia cuenten con 900 semanas si son hombres o 750 semanas si son mujeres. Estas se podrán seguir pensionando con las condiciones establecidas en el régimen anterior (Ley 100 de 1993).
La pensión es uno de los derechos que tienen los colombianos. Foto:iStock
Adicional a ello, se establece un término de dos años para que las personas que, aunque les falte menos de 10 años para pensionarse y tengan 750 semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres, puedan trasladarse al régimen que más les convenga de Ley 100 de 1993, una vez hayan recibido la doble asesoría.
La ley tampoco aplicará para las personas que estén pensionadas en los regímenes especiales o exceptuados.