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Con el firme propósito de garantizar la atención en urgencias en las diferentes instituciones prestadoras de salud (IPS), la Secretaría de Salud de Cali expidió una circular que las obliga a atender este servicio vital. Quienes no la cumplan se expondrán a sanciones por parte de la entidad distrital.
De esta manera, ni la crisis que vive el sector, así como las dificultades que han llevado a varias IPS a cerrar incluso algunos de sus servicios vitales, serán obstáculos para prestar las urgencias.
La circular indica que se deben facilitar los trámites en la atención de urgencias. Foto:Néstor Gómez – EL TIEMPO
“Ante posibles vulneraciones del derecho fundamental a la salud y específicamente en lo relacionado con la atención de cumplimiento obligatorio de pacientes que requieren de atención de urgencias o están ante una urgencia vital, Hemos expedido una circular que recuerda esta obligatoriedad casi de carácter constitucional derivada de la propia ley estatutaria en Salud 1751.”, indicó Germán Escobar, secretario de Salud de Cali.
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El funcionario les recordó a los prestadores con servicios de urgencias habilitados “la imposibilidad legal de cualquier negación de servicios de urgencias en lo relacionado con urgencias vitales y requerimientos en este sentido del derecho fundamental a la salud”.
El documento también indica que se debe garantizar la entrega de medicamentos de urgencia. Foto:iStock
Garantías en la entrega de medicamentos de urgencia
El documento también menciona que se deben facilitar los medicamentos respectivos para la atención en los servicios de urgencias.
“La Secretaría de Salud Pública del Distrito Especial de Santiago de Cali, en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, conferidas por la Ley 100 de 1993, la Ley 1438 de 2011, la Ley Estatutaria 1751 de 2015 y demás normas concordantes, se permite recordar, exigir y anunciar a todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), Entidades. Administradoras de Planes de Beneficios o responsables de pago (EAPB, EPS), Gestores Farmacéuticos y proveedores de tecnologías en salud, el deber de garantizar —en términos de oportunidad, calidad y accesibilidad— la entrega de medicamentos, la generación de autorizaciones para la atención en salud en los servicios de urgencias, y la atención en salud para todas las personas, usuarios y afiliados que residen y transitan en el Distrito de Santiago de Cali”, advierte el documento.
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La circular también hace referencia al deber de agilizar los respectivos trámites y autorizaciones, sin obstáculos administrativos: “Recuerda a las IPS que cuenten con servicios de urgencias habilitados la obligación ineludible de garantizar la atención inmediata, oportuna, continua, integral y sin barreras administrativas, económicas o de cualquier otra índole, a toda persona que ingrese a dichos servicios con riesgo vital o condición de urgencia.”.
De manera continua se harán inspecciones de vigilancia para verificar el cumplimiento de la circular. Foto:
Y agrega: “Se reitera el deber de las EAPB de generar la autorización en los términos planteados en el artículo 2.5.3.2.7. y siguientes del Decreto 780 de 2016, con la finalidad de garantizar el flujo de recursos que aseguren la seguridad del paciente y los derechos del usuario al momento de su atención”.
Otro de los puntos que aborda la circular son las esperas en urgencias, teniendo en cuenta las clases de ‘triage’.
“Los tiempos de espera en la atención de urgencias constituyen un factor crítico de seguridad del paciente. Por lo tanto, toda dilatación injustificada, prolongación indebida del ‘triage’, espera excesiva para valoración médica, estabilización o remisión, será considerada una falla grave en la prestación del servicio y omisión por parte de las EAPB y las IPS del cumplimiento de sus obligaciones legales y constitucionales”, señala la circular.
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la circular, desde la Secretaría de Salud se adelantarán inspecciones a las diferentes instituciones prestadoras del servicio de urgencias.
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