Colombia
juzgado absuelve a exalcaldesa encargada de Galapa por presunto prevaricato en lío de tierras en Barranquilla

El Juzgado Catorce Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Barranquilla absolvió a la exalcaldesa encargada del municipio Galapa (Atlántico), Carmiña María Navarro De la Hozdel delito de prevaricato por acción, según quedó consignado en la sentencia emitida el pasado 2 de marzo.
En el fallo, el juez Milton Giovanny Flórez Villarreal resolvió declarar no responsable a la exfuncionaria, al considerar que no se configuraron los elementos del delito contemplado en el artículo 413 del Código Penal.
La decisión judicial señala que el acto administrativo cuestionado se produjo en un “marco de alta complejidad técnica y catastral”, por lo que no se evidencia una actuación arbitraria por parte de la entonces mandataria encargada.
De acuerdo con la sentencia, Tampoco se logró demostrar la existencia de dolo. El despacho concluyó que Navarro, ingeniería industrial de profesión, actuó bajo el principio de confianza en su equipo jurídico, lo que descarta la intención de emitir una decisión contraria a la ley.
Tras conocerse el fallo, la exfuncionaria señaló que durante el proceso quedó demostrada su inocencia y que la Fiscalía solicitó su absolución al final del juicio.
La exalcaldesa encargada de Galapa, Carmiña María Navarro De la Hoz. Foto:cortesia
“Un fallo que también estaba respaldado oa solicitud de la Fiscalía, que también pidió al juez que me absolviera, pues donde la fiscalía es gerente que inicialmente me acusaba, pero dentro del juicio se demostró y se aprobó la ausencia del dolo y el que no se estaba cometiendo ningún delito señalado en la acusación o en la denuncia que me hicieron en su momento”, afirmó Navarro.
Origen del proceso
Hay que recordar que el proceso se originó por hechos ocurridos en 2015, cuando Navarro consideró como alcaldesa encargada de Galapa tras la suspensión del entonces mandatario José Fernando Vargas.
La controversia surgió a raíz de la expedición de varias resoluciones mediante las cuales se revocó una decisión previa del inspector de Policía del municipio, en el área metropolitana de Barranquillarelacionado con un fallo policivo de 2009.
La disputa estaba relacionada con un predio de más de 11 hectáreas ubicado en la zona limítrofe entre Galapa y Barranquilla, cuya propiedad y administración ha sido objeto de controversia entre particulares y autoridades.
De acuerdo con la acusación, la funcionaria habría excedido sus competencias al intervenir en un asunto vinculado con un terreno que tributa en Barranquilla y no en Galapa.
Sin embargo, el despacho emitido que no se configuró la tipicidad objetiva del delito. En ese sentido, explicó que, al no comprobarse este elemento, resultaba innecesario avanzar en el análisis de otros componentes de la teoría del delito, como la antijuridicidad o la culpabilidad.
El juez también señaló que el estándar probatorio exigido por el artículo 381 del Código de Procedimiento Penal no se cumplió durante el juicio oral, pues las pruebas practicadas dejaron “más dudas que certezas” sobre la supuesta contradicción evidente con la norma y la responsabilidad de la procesada.
Más detalles del proceso
Navarro, además, aseguró que siempre confió en que el proceso concluiría a su favor, aunque reconoció que enfrentará un juicio penal que genera incertidumbre.
Aspectos generales de Barranquilla. Foto:Alcaldia
“Tenía la seguridad y la tranquilidad de que todo iba a salir a mi favor, porque pues no había prueba alguna de ningún tipo de delito, pero son procesos que generan angustia porque uno, si bien uno confía en lo que uno hace, uno no sabe hasta dónde estos procesos pueden llegar”, manifestó.
En consecuencia, el juzgado ordenó absolver a Navarro y dispuso que, una vez ejecutada la sentencia, se informara la decisión a las autoridades competentes, entre ellas el Inpec y la Fiscalía General de la Nación.
Asimismo, el despacho indicó que contra la providencia procede el recurso de apelación en efecto suspensivo ante la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla. Una vez el fallo quede en firme, la actuación penal será archivada de manera definitiva.







