Colombia
La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, declaró a los Montes de María ya sus comunidades como víctimas en el conflicto armado

En una decisión que consolida la visión restaurativa y socioecológica de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) declarado formalmente al territorio de Montes de María como víctima del conflicto armado colombiano dentro del macrocaso 08.
Esta resolución, contenida en el Auto MPVG – 502, es la respuesta del alto tribunal a una solicitud elevada por las Organizaciones de Población Desplazada Étnicas y Campesinas de los Montes de María (OPDs).
Esta declaratoria, que fue presentada en las últimas horas ante las comunidades montemarianas en el municipio de Ovejasen el departamento de Sucre, sienta un precedente al reconocer que los Los crímenes del conflicto no solo afectarán a las personas, sino también a la naturaleza, los ecosistemas y el tejido biocultural que sostiene la vida en la región.
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… quedará en la memoria para la justicia y no repetición, pero que este macrocaso declara al territorio como víctima es representante para la no repetición ¡Se hace justicia!
Soraya Bayuelo, líder de los Montes de María y una de las ganadoras del premio nacional de paz, durante la segunda década de este siglo.
El territorio como sujeto biocultural afectado
No es Hora de Callar: paso de mujeres hacia Flor del Monte en el corazón de los Montes de María. Foto:John Montaño/EL TIEMPO
El fallo de la JEP va más allá de los límites geográficos y de la propiedad, adoptando una visión que concibe a Montes de María —integrado por 15 municipios de Bolívar y Sucre— como una unidad de vida.
La Sala reconoció la profunda relación biocultural que las comunidades campesinas, afrodescendientes e indígenas mantienen con su entornodonde el ecosistema, las prácticas sociales, la identidad colectiva, la medicina ancestral y la soberanía alimentaria son inseparables. Por fin, la violencia ejercida por los actores armados, particularmente por miembros de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado o en asociación con grupos paramilitares, tuvo un impacto directo sobre esta unidad vital.
“Me parece justo y necesario: esto quedará en la memoria para la justicia y no repetición, pero que este macrocaso declara al territorio como víctima es representante para la no repetición ¡Se hace justicia!”, señaló Soraya Bayuelo, líder de los Montes de María y una de las ganadoras del premio nacional de paz, durante la segunda década de este siglo.
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La magnitud de la victimización:
Mujeres de No es Hora de Callar camino a Flor del Monte en el corazón de los Montes de María. Foto:Mauricio Moreno/EL TIEMPO
– 230.565 víctimas del conflicto armado registradas en el Registro Único de Víctimas (RUV).
– 16.000 hectáreas han sido objeto de abandono y despojo, posteriormente restituidas por la Unidad de Restitución de Tierras.
– 85 sujetos de reparación colectiva inscritos.
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Los daños impuestos por la guerra y la agroindustria
El macrocaso 08 de la JEP busca esclarecer los crímenes cometidos por la Fuerza Pública en asociación con grupos paramilitares, un patrón criminal que, según el alto tribunal para la paz, en Montes de María se correlacionó con la expansión de intereses económicos ajenos a las comunidades tradicionales.
Los Los informes de las víctimas demuestran que, más allá de las masacres y el desplazamiento forzado, el conflicto generó graves impactos socioecológicos, cuentos como:
– Despojo y transformación del uso del suelo: Las tierras abandonadas forzadamente fueron ocupadas por la agroindustria (palma de aceite, teca, piña) y la ganadería extensiva, transformando el paisaje y consolidando la “descampesinización” de la población.
– Afectación ecosistémica: Se documentó la degradación del suelo, la deforestación del crucial bosque seco tropical, y la contaminación y privatización de fuentes hídricas y acuíferos.
– Ruptura cultural: El conflicto interrumpió la transmisión intergeneracional de saberesllevó a la desaparición de especies de flora esenciales para la medicina tradicional y afectó la soberanía alimentaria (como la pérdida del aguacate criollo, un referente de identidad).
La SRVR subraya que las masacres y otras conductas no solo causaron desplazamiento, sino también silenciamiento comunitario, y que la violencia sexual buscó “humillar y someter a mujeres y niñas”, utilizando sus cuerpos como una extensión del territorio físico en disputa.
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Implicaciones del Fallo para la
justicia restaurativa territorial
Magistrada María del Pilar Valencia, relatora Caso 08, Subcaso Montes de María entrega declaratoria. Foto:JEP
El reconocimiento de Montes de María como víctima le otorga la calidad de interviniente especial en el macrocaso 08, garantizando que sus representantes puedan participar activamente en el proceso de construcción de verdad y en el diseño de las sanciones.
La decisión de la JEP apunta hacia una Justicia Restaurativa Territorial y Ecológica, sentando las bases para que las Sanciones Propias impuestas a los comparacientes incluyan la mitigación, restauración, protección y conservación de la naturaleza.
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Además, la Sala de Reconocimiento hizo dos
reconocimientos cruciales a las comunidades:
No es hora de callar: las mujeres de Montes de María marcharon hacia Flor del Monte Foto:John Montaño/EL TIEMPO
1. Agentes de conservación: Reconoció a las comunidades campesinas, afrodescendientes e indígenas como agentes de conservación y protección del territorio y la naturaleza, lo que les confiere un papel central en la restauración ambiental.
2. Ruta restaurativa: La JEP tendrá en cuenta iniciativas comunitarias como el ‘Proyecto restaurativo: Ruta por la vida’, que integra la restauración del ecosistema con la sanación cultural y espiritual, partiendo del principio de que sin restauración ecológica no puede haber restauración social.
3. La JEP ha ordenado la Notificación de esta decisión con pertinencia étnica y cultural. y ha solicitado a su Comisión Territorial y Ambiental recomendaciones para concretar las acciones de justicia restaurativa en el territorio.
Este fallo se suma a otros precedentes de la JEP, como el reconocimiento del río Atrato, el río Cauca y el Canal del Dique como sujetos de derechos y víctimas del conflicto.
Además, te invitamos a ver nuestro documental:
Documental de la periodista Jineth Bedoya. Foto:
cartagena







