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LaLiga rechaza la lectura sesgada y oportunista que el Real Madrid realiza de la sentencia del Tribunal Supremo
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6 meses agoon
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Otra batalla más de la guerra que libran LaLiga y el Real Madrid. Esta vez, tras la sentencia del Tribunal Supremo, que ha estimado en parte el recurso de casación del Real Madrid y ha desestimado el de LaLiga en la reforma de los Estatutos de la patronal aprobada por el Consejo Superior de Deportes en 2015. Según informó el tribunal, ha anulado la disposición adicional segunda de los Estatutos de LaLiga, que fijó las condiciones del reparto de determinados derechos audiovisuales adicionales para la temporada 2015/2016, al considerar que es contraria a derecho.
El Real Madrid emitió una nota en la que celebra el fallo y dice, entre otras cosas, que el fallo supone una compensación de 8,8 millones de euros para la entidad blanca.
“El reparto legal aplicable supone el pago de aproximadamente 88 millones de euros adicionales, de los que fueron privados ilegalmente, a los clubes que militaban en Segunda División en la temporada 2015-2016: Alavés, Albacete, Alcorcón, Almería, Bilbao Athletic, Córdoba, Elche, Gimnàstic de Tarragona, Girona, Huesca, Leganés, Llagostera, Lugo, Mallorca, Mirandés, Numancia, Osasuna, Ponferradina, Real Oviedo, Tenerife, Real Valladolid y Real Zaragoza.
Asimismo, supone que el Real Madrid perciba la cantidad que legalmente le correspondía, unos 8,8 millones de euros, de la que también fue ilegítimamente privado”, apunta el club que preside Florentino Pérez en su comunicado tras conocer la sentencia.
LaLiga niega que tenga que pagar 8,8 millones al Madrid
LaLiga, que ya había emitido su valoración previamente a la nota publicada por el Real Madrid, publicó otra nota posterior a la reacción del equipo madridista, respondiendo a la misma. La patronal de los clubes rechaza que tenga que pagar la cantidad que el Real Madrid apunta en su nota y dice que el club blanco iba solo en su demanda, sin el apoyo de ningún club.
Esta es la respuesta de LaLiga al Real Madrid:
Ante el comunicado emitido por el Real Madrid C.F. en relación con la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo núm. 1565/2025, de 3 de diciembre, LaLiga desde la Dirección Legal debe poner de manifiesto las siguientes consideraciones:
1. LaLiga rechaza la lectura sesgada y oportunista que el Real Madrid C. F. realiza de la sentencia del Tribunal Supremo. Ese comunicado no solo desfigura el contenido y alcance real del fallo, sino que induce a confusión sobre un asunto técnico y acotado, ajeno al relato interesado que pretende imponer el Real Madrid.
En concreto, la sentencia del Tribunal Supremo declara nula una previsión estatutaria transitoria que buscó cubrir una laguna coyuntural no prevista expresamente por el legislador: el reparto de los ingresos audiovisuales de la temporada 2015/2016, esto es, la temporada inmediatamente anterior a que el Real Decreto-ley 5/2015 desplegara todos los efectos propios del modelo de comercialización conjunta. Y lo hace —en palabras de la propia resolución— porque esa previsión estatutaria habría introducido “un régimen específico que se aparta de los criterios de reparto de los ingresos entre los participantes en el campeonato nacional de liga establecidos con carácter general en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2015”.
El régimen previsto en el referido artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2015 establece que el 90 por 100 de los ingresos se asignará a los clubes de Primera División y el 10 por 100 restante a los clubes de Segunda División y, dentro de cada categoría, un reparto equitativo en función de, entre otros criterios, el mérito deportivo.
2. Es radicalmente falso que la sentencia avale el esquema de reparto que proclama el Real Madrid en su comunicado. La resolución no impone un reparto alternativo ni retrotrae el sistema a unas reglas supuestamente anteriores, sino que afirma que el criterio aplicable debía ser, precisamente, el del artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2015. Y ese fue, en efecto, el parámetro que guio las decisiones adoptadas en el seno de LALIGA para la temporada 2015/2016.
3. Conviene recordar, asimismo, que el Real Madrid actúa en nombre y representación exclusivamente propio y en atención a sus propios intereses económicos y deportivos. Ningún otro club ha sido parte en el procedimiento o ha realizado reproche alguno sobre los repartos acordados. De hecho, salvo el Real Madrid, todos los clubes de Primera y Segunda División que integraban LaLiga en la temporada 2015/2016 votaron a favor de la modificación estatutaria indicada y también se mostraron favorables al reparto de ingresos de esa temporada que, se articuló por los cauces asociativos pertinentes.
4. LaLiga ha actuado y seguirá actuando con la máxima transparencia y respeto al marco legal. Los regímenes transitorios no siempre ofrecen la claridad deseable, y fue precisamente para evitar un vacío temporal y garantizar la estabilidad competitiva por lo que se impulsaron soluciones organizativas que hoy, a la luz de la sentencia, se reconducen a los criterios del artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2015; criterios que, por otra parte, ya fueron tomados en consideración en el reparto de dicha temporada. La prioridad de LaLiga es y seguirá siendo proteger la integridad de la competición, asegurar un marco de reparto previsible y justo, y velar por la igualdad competitiva de todos los clubes.







