Economia
Los 7 cambios que las empresas ya deben estar aplicando por la aprobación de la reforma
La reforma laboral fue aprobada el pasado 25 de junio y se convirtió en la ley 2466 del mismo año. Fue sancionada por el presidente Gustavo Petro desde la Casa Museo Quinta de Bolívar.
La nueva norma trae cambios en los horarios, recargos y contratos a los que tienen derecho los trabajadores del país. Esta será implementada gradualmente por los próximos dos años.
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“Hoy es un día importante para la historia de Colombia. Ganamos todos. Hoy la reforma es una realidad. Hay 11.000 estudiantes de medicina que podrán tener un salario mínimo en su internado y más de 310.000 aprendices del SENA contarán con contrato y todas las prestaciones laborales”, expresó el presidente Petro el pasado 25 de junio.
A medida que se implementan las nuevas reformas, el Ministerio de Trabajo ha establecido una labor pedagógica para enseñarle a los colombianos sobre los cambios que trae la ley 2466 de 2025.
Uno de los cambios que ya debe estar siendo aplicado es el de los contratos a término fijo. De ahora en adelante, estos tendrán un límite de 4 años y la regla serán los contratos indefinidos como normal de vinculación laboral.
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Si en ese tiempo no se ha aclarado por qué se utiliza un contrato a término fijo, este pasará inmediatamente a ser indefinido. Además, deben estar por escrito los detalles del cargo, salario, jornada y duración.
La reforma laboral también exige que las empresas tengan un registro obligatorio de horas extras. Estas deben ser entregadas al trabajador para que pueda seguirlas y no podrán exceder un máximo de dos horas diarias y doce semanales.
El otro elemento clave que ya entró en vigencia es el aumento progresivo de los recargos. La ley estipula que los empleados que trabajen domingos y festivos deberían ver un incremento del mismo al 80%. En 2026 pasará a ser del 90% y en 2027 del 100%.
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La entrada en vigencia de la reforma no afectará los festivos de fin de año. Foto:iStock
Cabe recordar que la jornada diurna actual va desde las 6:00 am hasta las 9:00 pm. A partir del 25 de diciembre esto cambiará y el recargo nocturno empezará a ser pagado desde las 7:00 pm y hasta las 6:00 am.
Es necesario recordar que este recargo es del 35% sobre el valor de la hora ordinaria. Para calcularlo, se debe tomar el valor de cada hora trabajada y multiplicarla por 0.35.
Las nuevas licencias remuneradas permiten que el trabajador se pueda ausentar para asistir a compromisos escolares de sus hijos, citas médicas de urgencia o programadas.
Los días no deben ser descontados del salario siempre y cuando se soliciten con la debida justificación. El empleado debe mostrar la citación del evento por parte de la institución educativa.
Silvia Contreras Rodelo
Redacción Alcance Digital