Colombia

madre e hija se salvaron de ser atropelladas en rotonda vial

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Una cámara de seguridad registró cuando el conductor de una kia blancoplaca UEM 849 de Bogotáse pasó el semáforo en rojo en la rotonda de la Ventana al Mundo, Barranquillay casi atropella a una mujer y su hija.

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En las imágenes, difundidas en redes sociales, se observa cómo la mujer, acompañada por la menor, se detuvo justo antes de cruzar la vía al ver que el vehículo aceleró sin atender la señal de alto; así, ambas evitaron Naciones Unidas accidente que pudo tener consecuencias fatales.

Además, una motociclista que se encontraba delante de la cebra también avanzó tras la infracción, violando las normas de frasco de seguridad.

¿Qué dice la ley sobre pasar un semáforo en rojo?

De acuerdo con el Artículo 118 del Código Nacional de Tránsito Terrestrelas señales luminosas regulan el flujo vehicular y peatonal en el país.

  • Luz roja: indica que el conductor debe detenerse completamente antes de la línea peatonal. No puede avanzar ni girar hasta confirmar que no hay peatones cruzando.
  • luz amarilla: advierte un cambio inminente de la señal. Según la norma, “no debe iniciarse la marcha en luz amarilla ni incrementarse la velocidad durante ese lapso”.
  • Luz verde: autoriza el paso, siempre respetando a las personas que aún se encuentren cruzando la vía.

Este tipo de comportamiento aumenta el riesgo de siniestros viales en zonas urbanas. Foto:Zona Cero

Estas normas buscan prevenir accidentes y garantizar la seguridad tanto de conductores como de peatones.

¿Cuál es la sanción por pasarse un semáforo en rojo?

Según la regulación de tránsito vigente, no detenerse ante una luz roja o amarilla constituye una infracción tipo D04. Para el año 2025la multa establecida por esta falta asciende a 1.207.877 pesos colombianos.

Pasar un semáforo en rojo implica una multa cercana a 1,2 millones de pesos colombianos. Foto:Zona Cero

En el caso de las motocicletasla ley dispone la inmovilización del vehículo hasta que el infractor pague el valor correspondiente o la autoridad competente define el proceso, conforme a los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.

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Daniel Alejandro Bonilla Martínez

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

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