Economia
¿Urgente por dinero esta Semana Santa? Descubre si puedes adelantar la prima de junio.

Se acerca la Semana Santa de 2025 y un gran número de personas requieren fondos para disfrutar del extenso puente festivo fuera de sus hogares. Solicitar un adelanto de la prima de junio es una alternativa. A continuación, le explicamos qué empleados pueden beneficiarse de ello.
Este año, el jueves y viernes santos corresponden al 17 y 18 de este mes. Aquellos que no deben laborar volverán al trabajo el 21 de abril, y muchas familias desean viajar para visitar a sus seres queridos o disfrutar de cuatro días de descanso.
¿Qué empleados tienen la posibilidad de pedir un adelanto de prima? Primero, es importante destacar que la opción de solicitar un adelanto de la prima depende de las políticas internas de cada entidad. En algunas organizaciones, esta posibilidad se considera un beneficio adicional para auxiliar a los trabajadores a hacer frente a sus gastos. Otras empresas no ofrecen esta opción.
En ciertos lugares de trabajo se puede pedir el adelanto de las primas. Foto:Devasahayam Chandra Dhas
Es aconsejable revisar la normativa interna o consultar con el departamento de recursos humanos para conocer las políticas específicas antes de realizar la solicitud de adelanto de prima.
En caso de que la entidad apruebe el adelanto de la prima, esta definirá los términos y condiciones para la recuperación del adelanto, así como los plazos y métodos de reembolso.
Es un crédito en las cooperativas de empleados
Los trabajadores que tienen más facilidad para solicitar un adelanto de prima son aquellos que están afiliados a una cooperativa o fondo de empleados. En estos casos, el adelanto de prima se considera una forma de crédito y se aplican intereses.
Por ejemplo, en la cooperativa Cotiempo, se presta al afiliado hasta el 50% del monto de la prima legal y en una sola cuota, ajustada al período que transcurre entre el desembolso y la fecha de pago de la prima. El interés es del 1,7%.
Los afiliados a cooperativas pueden solicitar el adelanto de la prima. Foto:iStock
El empleado debe presentar la siguiente documentación y tener una antigüedad mínima de dos meses, además de estar al corriente con sus contribuciones sociales.
- Formulario de solicitud de crédito debidamente diligenciado.
- Pagaré.
- Carta de instrucciones.
- Autorización para débito automático.
- Comprobante de nómina o certificación de ingreso promedio.
¿Quiénes reciben prima?
El abono de la prima está estipulado en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) y debe llevarse a cabo, a más tardar, el 30 de junio y el de diciembre dentro de los primeros 20 días.
Es importante destacar que las personas que reciben este abono son todas aquellas vinculadas mediante un contrato laboral, sin importar si es fijo, indefinido o por obra o labor.
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