Colombia
Movimientos En Defensa de los Animales Se Unen Contra la Nueva Ley de Exportación de Vivos Para Sacrificio

Un conjunto de organizaciones que promueven los derechos de los animales ha convocado a protestas en diversas localidades del país para demandar la anulación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 133/2025, que autoriza nuevamente la exportación de animales vivos con objetivo de faena. Este decreto, ratificado por el gobierno nacional, finaliza una prohibición que estaba en vigor desde 1973 y ha suscitado un fuerte rechazo entre los colectivos de protección animal, quienes advierten sobre el sufrimiento severo que padecen los animales durante el transporte.
“Este decreto permite que los animales sean trasladados durante semanas a otros países, principalmente a otros continentes”, sostiene Flavia Broffoni, politóloga y activista del movimiento “Rebelión o Extinción”, que solicita la eliminación de esta normativa firmada por Javier Milei el 26 de febrero pasado.
La declaración fue hecha por el economista Federico Sturzenegger, defensor de la desregulación económica, quien afirmó: “El gigante del mercado global es Australia, con navíos que transportan 30.000 animales que abastecen el mercado asiático”.
Bajo el lema “No al Decreto 133/2025: No a los barcos de la muerte”, diversas organizaciones de protección animal han invitado a manifestaciones este viernes 14 de marzo en Buenos Aires, Córdoba, Rosario y Rafaela. En un comunicado conjunto, expresaron que la decisión del gobierno nacional representa “un grave retroceso de 50 años en los derechos de los animales en Argentina” y denunciaron que esta elección resultará en que los animales destinados a faena en el extranjero sean sometidos a condiciones extremas durante su traslado.
“El Decreto 133 permite la exportación de animales vivos, una práctica que requiere su transporte durante semanas a otros países, muchas veces en condiciones de hacinamiento extremo, sin agua y con alimentación insuficiente”, detalla Broffoni.
La activista sostiene que “esta circunstancia genera enfermedades en los animales y, como resultado, algunos son arrojados al mar como una forma de ‘reparación’”. Además, menciona que esta práctica de descarte tiene repercusiones ecológicas: “Los efluentes generados por este tipo de producción terminan en el océano, causando un considerable impacto ambiental”. También aborda la situación a nivel local: “En Argentina, esta actividad estuvo prohibida desde los años 70, por lo que su reintroducción no es un avance en la modernización del sector, sino un retroceso en términos de bienestar animal y sostenibilidad”.
En esta línea, las entidades defensoras de los animales sostienen que “esta actividad, que fue prohibida desde 1973, conlleva un sufrimiento innecesario para miles de seres sintientes”.
“Lejos de ser una táctica agroindustrial innovadora, como lo presenta el estado, es lo más obsoleto que existe en relación al bienestar animal, que también es un principio que se ha promovido en contextos donde se refiere a animales domésticos. Esta decisión retoma acciones que ya han sido cuestionadas globalmente por sus efectos ambientales y sanitarios”, argumenta la politóloga.
Asimismo, menciona otro factor ambiental: “La crianza intensiva en feedlots o granjas industriales ha sido reconocida por la comunidad científica como una de las causas principales de la aparición de nuevos virus y bacterias resistentes a los antibióticos, propiciando el surgimiento de pandemias”.
“Por todas estas razones, hay motivos más que suficientes para rechazar el Decreto 133/2025. Por eso, este viernes habrá una movilización de ciudadanos, un acto directo para manifestar públicamente nuestra oposición a esta medida. No se trata solo de un desacuerdo, sino de la urgencia de debatir este tipo de disposiciones que no solo impactan a los animales, que es lo que más nos preocupa, sino también las condiciones de salud pública frente a un método de producción que genera saltos zoonóticos y nuevas enfermedades”, concluye.
Las manifestaciones se realizarán en la Plaza de Mayo (CABA) y en Patio Olmos, Córdoba, a las 16 (en ambos lugares), y en la Bolsa de Comercio de Rosario y en el Monumento al General San Martín, en Rafaela, a las 18:30 horas.
La exportación de animales vivos con destino a faena fue prohibida en Argentina en 1973 mediante el Decreto 322/1973, en un contexto de aumento de la preocupación por el bienestar animal y la calidad sanitaria de la producción ganadera. En ese momento, se consideró que esta actividad era ineficiente desde el punto de vista económico y dañina para los animales, que padecían condiciones extremas durante el transporte. Además, las autoridades sanitarias advirtieron sobre los peligros de propagación de enfermedades y la falta de control sobre los métodos de sacrificio en los países de destino.
Actualmente, el Decreto 133/2025, publicado en el Boletín Oficial como parte de un conjunto de acciones dirigidas a la desregulación del comercio, sostiene que aquella ley de 1973 “limitaba la capacidad de exportación” y que su derogación “facilitará mejorar la competitividad en el mercado internacional”. Además, el Gobierno afirmó que la exportación de animales en pie “es una práctica común en el comercio global”.
La oposición a esta medida también se manifiesta a través de plataformas digitales. Una solicitud lanzada en el sitio Change.org que demanda la anulación del decreto ya ha conseguido miles de firmas en pocas horas. “El gobierno argentino ha retrocedido en la protección de los animales con la aprobación del Decreto 133/2025. Esto conllevará un sufrimiento extremo para miles de animales
que serán remitidos en condiciones inhumanas a otras naciones”, destaca la petición.
El diálogo sobre la comercialización de animales vivos se agudiza en un panorama de creciente activismo en favor de los derechos de los animales en Argentina, un país líder en la promulgación de leyes de protección animal en América Latina, con antecedentes que inician a comienzos del siglo XX. Uno de los pasos más relevantes fue la sanción de la Ley 2.786 en 1891, promovida por el creador de la Sociedad Protectora de Animales, Ignacio Lucas Albarracín, que instituyó sanciones por el maltrato y las atrocidades contra los animales.
Más adelante, en 1954, la Ley 14.346, reconocida como la Ley de Protección Animal, representó un avance notable al clasificar el maltrato animal como delito, validar al animal como víctima y establecer penas de prisión para quienes realicen actos de crueldad. Esta normativa, que continúa vigente, resguarda tanto a los animales domésticos como a los silvestres en cautiverio, penalizando conductas como el abandono, mutilaciones injustificadas y la explotación desmesurada.
En las últimas décadas, se han impulsado normativas más innovadoras en el ámbito de derechos animales. En 2015, Argentina se posicionó como el primer país del mundo en reconocer a un animal como sujeto de derechos, cuando la justicia aprobó un hábeas corpus a Sandra, una orangutana del Ecoparque de la ciudad, lo que facilitó su traslado a un santuario en Estados Unidos. Posteriormente, se vetaron las carreras de galgos, el uso de animales en circos y, mediante varias ordenanzas municipales, como en el partido de Ezeiza, se prohibió la tracción a sangre.
A nivel internacional, también se han obtenido logros importantes en la legislación global sobre el reconocimiento de los animales como seres sintientes. Si bien algunos sectores económicos defienden el transporte internacional de animales vivos para sacrificio como una oportunidad de negocio, las organizaciones defensoras de animales sostienen que el Estado debe priorizar el bienestar de los animales y no retroceder en los aspectos de protección.





