Colombia
Pese A Ley, Siniestros por Vehículos Eléctricos en Auge Generan Polémica

El Presidente Gustavo Petro Sancionó la Ley 2486 de 2025, Que Regula y PROMUEVE EL USO DE VEHÍCULOS ELÍCRICOS LIVIANOS DE MOVILIDAD URBANA PERSONAL. Es una norma aprrobada por el congreso que, representa de aunque un paso hacia la movilidad sostenible, ha generado controversia pues permita que patinetas, Bicictletas eléctricas, los scooters de ciclomotores circulan por la cicloinfraestructura urbana. También Definir las Condicaciones de Uso, Santiones y Responsabilidades Para Usuarios y Autoridadas.
Según El Texto Legal, El Objetivo Director es Fomentar una Movilidad Sostenible, Proteger A Sus Usuarios y Garantizar la Seguridad Vial. Definir ESTOS VEHÍCULOS COMO INDILLIENTES, LIVIANOS, CON MOTOR ELECTRICO Y SIN SUPERAR LOS 1.000W DE POTENCIA Nominal. Las Bicicletas Eléctricas Deben Contar Con Asistencia al Pedaleo que se Interrumpa si se deja de pedalear o se Alcanza Cierta Velocidad.
La Edad Mínima para Conducir Estos Vehículos Será de 16 Años. Menores Entre 12 y 16 Podrán Usarlos Solo en Ciclorrutas. Está Prohibido Transportar Pasajeros, Salvo que el Diseño del Vehículo lo permita y Cumpla Condiciones Técnicas. No Podrán Circular Por la Red Vial Nacional, Salvo en Tramos con cicloinfraestructura, Ni por andenes o Zonas Peatonales.
Las Patinetas Eléctricas se Han Convertido en Un Medio de Transporte Usual en Bogotá. Foto:Mauricio Moreno/ El Tijo
Cuando no Haya Ciclorrutas, se les Les Permitirá Circular Por la Vía Vehicular, Respetando El Carril Derecho y Los Límesis: 25 km/h en ciclorrutas y 40 km/h en vías. Será Obligatoria el Uso de Casco, Luces Blanca y Roja, y Prendas RetrorReflectivas Entre las 6 PM y las 6 am las las infracciones, Como conducir bajos efectos del alcohol, transitar por zonas no permitidas o no usar casco, serán sancionadas con multas de seis salarios mínimos no permanentes. en algunos casos, con la inmovilizació del vehículo.
UNA de las Mayores Polémicas Fue la Exención de Requisitos como matrícula, Soat y Licencia de Conducción, Siempre que el Vehículo no supere los 60 kg o Los 40 km/h. ESTA MEDIDA FUE CRITICADA POR EL MINISTERIO DE TRANSPORTE.
En un documento del 14 de Julio de 2025, La Ministra María Fernanda Rojas Solicitó Objeciones Parciales por Razonas de Inconstitucionalidad e Inconveniencia. Señaló Fallas en Los Artículos 2, 3 y 15 del Proyecto que, en su concepto, Podían poner en riesgo la seguridad vial. Uno de los Puntos más sensibles fue la definición del artículo 2, que establecia un límito de potencia, Pero no de Velocidad. Para El Ministerio, ESO Podría Permitir la Circulación de Vehículos con Velocidad Superior A LOS 60 km/h, Control de Sin Suficiente.
Ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, en la Rueda de Prensa. Foto:Archivo particular
Sobre El Artículo 3, Que Contiene Normas de Tránsito, El Ministerio Criticó Que no Haya una definición Técnica Previa del Tipo de Vehículo. También objetó el Uso Amplio de la Infraestructura Vial Sin considerar el ImpactO en Peatones y Ciclistas. Advirtió, Además, Que Roundar La Edad para Acceder a Las Ciclorrutas Afectaría Programas Como A/Colegio en Bici.
En Cuanto al Artículo 15, El Gobierno Mostró su desacuerdo con Eliminar Requisitos de Matrícula, Soat y Licencia. Consideró que este Limita la Capacidad del Estado Control para eJercer. Sugirió implementando al menos un sistema de registro y un seguro obligatorio e insistió en que permitir la circulante sin controles básicos de vehículos similares a los ciclomotoros vulnera principios como la seguridad vial vial y el deber de proteción del estado.
No Obstante, La Ley Fue Sancionada por Petro. Tras la Polémica, este 18 de Julio, La Ministra Rojas Lideró una Rueda de Prensa Donde Explicó Que La Ley Marca El Inicio de Una Nueva Etapa. “La Ley no es un Punto Punto, es un Punto de Partida”, Afirmó.
Dijo que la Ley 2486 Permitirá Reglamentario Con Criterios Técnicos y Evidencia Científica. Recordó que la resolución 160, Todavía Vigente, Está Desactualizada. “Tenemos que Reglamentario Con Seriedad, Técnica y Pensando en la Vida”, Subrayó.
Velocidad y accidentes es lo que preocupa a los expertos. Foto:Mauricio Moreno
Afirmó que el el objetivo es doble: Garantizar Seguridad A Todos los Actores Viales y Fomentar una Movilidad Sostenible. “La Transiciónica Energética También Pasa por Medios individuales Seguros”, Dijo.
Uno de los Ejes Claves Será la Velocidad. Rojas explícó que se adoptó el concepto de “Velocidad de Diseño”, para que un vehículo no pueda exceder un lémite técnico.
También se contempla RIORDAR LA VELOCIDAD LEGALMENTE, COMO OCURRE CON LOS CARROS. “La Velocidad Definir la consecia de un accidente. No se trata de Capricho, Sino de Evidencia científica”, Sostuvo. En Zonas Urbanas Densas, Añadió, no se Debe Superar LOS 30 km/h.
Aseguró que el Ministerio de Transporte Liderará Una Reglamentacia Nacional Unificada. “No Puede ser que Cada Ciudad salsa su propia norma. Eso Crea Caos e Inseguridad Jurídica”, Señaló. Embargo de pecado, El Proceso Será Descentralizado y participativo. “Haremos Mesas Con Distintas CiUdadades. No es IGual Chapinero que mocoa”, expresó. Estas incluirán Expertos, Usuarios, Ong, Academia y Autoridadadas Locales. “No Vamos, un inventar la agua tibia. Ya existen estudios y consultorías que vamos a retomar”, Dijo.
Rojas También anunció Que se expedirá una guía preliminar para las alcaldías, con orientaciones iniciales. “Queremos Evitar Confusions y Garantizar una implementa Ordenada”, Aclaró. Indicó que la Nueva Reglamento Abordará Velocidad, Potencia y Consumo Energético. ESTO REQUERIRÁ CAPACITACIÓN A AUTORIDADES, FORMACIÓN EN SEGURIDAD VIAL Y COORDINACIÓN Entre Alcaldes.
Sobre los Elementos de Protecció Personal Y Señalización, Explicó que se Unificarán criterios. La Ley Ya Está Vigente. El Ministerio tenderrá un año para expedir la reglamentación technica.
CiUdades Dicen Tener la Facultad de Ronderar la Velocidad en Sus Vías
Tras la Sanción Presidencia de la Ley 2486 de 2025, Que Regula el Uso de Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal, LA Secretaría Distital de Movilidad (SDM) Anunció Que Mantendrá la Restricció al Tránsito de Ciclomotores por Ciclorutas, Restricá, Restricció al Tránsito de Ciclomotores por Cicotlorutas, Restricá, Hartic que el Gobierno Expida Nacional una ReglamentAción Clara. “Nuestro Equipo Técnico Está Listo para Colaborar en e Proceso”, Indicó la Entidad, Que Recordó que Ya Aplica Esta Restricción en 108 Puntos CrÍticos de la Ciudad.
La entidad reiteró que seguna HaciDo Controles Con sus agentes de Tránsito, Guías de Movilidad y la Policía para Sanción A quienes Invadan la infraestructura ciclística. Según La Entidad, El Objetivo es Garantizar la SEGURIDAD DE LOS CICLISTAS Y PROTEGER LA INFRAESTRUCTURA DESEÑADA PARA ELLOS. Además, subrayó que la ley Reconoce A Las Autoridadas Locales la Facultad de Restringir el Uso de Estos Vehículos por Razones de Seguridad Vial.
Desde el Concomo de Bogotá, El Vicepresidente Juan David Dave Quintero Lanzó Duras Crítas a la Ley y Al Gobierno Nacional. “El Presidente Gustavo Petro prefirió Hacerle Caso Al Acuerdo Politicero Con El Senador de la Inseguridad Vial, Julio Elías, y El Representante Ape Cuerello, que A Su Propia Ministra de Transporte”, Dijo. Para Quintero, La Norma desconoce las alertas de expertos y representantes un riesgo para la vida. “¿Quién responde si una persona es Atropellada en una ciclorruta?”, Cuestionó.
Aseguró que bogotá aún puede actuar y confía en que expedirá una reglamentación que prohíba su circulación por estas vías.
El Profesor Darío Hidalgo, de la Universidad Javeriana, Advirtió Que la Ley Va en Conta de los Principios Básicos de Seguridad Vial. Señaló que Permitir Vehículos de Hasta 1.000 Vatios —Que Pueden Alcanzar Velocidades Cercanas A LOS 40 km/h— Generará Conflictos conflictos Con ciclistas y payones. “No Tener Soat Hará Más Difícil La Atenció Oportuna de Heridos”, Afirmó. También subrayó que la Norma aún no tiene aplicacia directa, pues requiere reglamentació por por parte del ministerio de transporte.
Desde la Universidad de Los Andes, El Profesor Juan Pablo Bocarjo alertó que la Ley no Sigue Estándares Internacionales Sobre Potencia y Velocidad, Que Loelen Ser de 300 A 400 Vatios. “Aquí Autorizaron 1.000”, Recalcó. Además, Criticó Que no se exija Soat ni Matrícula, Lo Cual Incrementa los Riesgos para los usuarios y presiona aÚn más el Sistema de Salud. “Productores de Motos Eléctricas que no podía Vender ESTOS EQUOS EN MUYOS PAÍSES Preocupados por la Seguridad Vial, Podrán Hacerlo en Colombia”, Advirtió.
Carlos Felipe Pardo, Fundador de la Organización de la Organización Despacio, Lamentó que la Ley Fuera Modificada en el Último debate legislativo Sin Discusión Previa Con Expertos. “La ley no es como muchas iguales anticipámos o Queríamos”, Afirmó. Considere Urgente que el Ministerio Aclare Qué Vehículos Pueden Circular, Cómo y Bajo que se condicatos. También Recomendó actualizar los registros de siniestros para identificar bien los topos de vehículos involucrados.
Advirtió Sobre Prácticas Comerciales Engrimosas: “Algunas Tiendas Venden Ciclomotors Como Si Fueran Bicicletas Eléctricas, y No Lo Son”, DiJo. Poro Pidió Alcalde Control de la Dian y La Superintendencia de Industria Y Comercio. También instó a los distribuias un promedio el USO responsable de Vehos Vehículos. “La Ley Dice Que Deben Ir A 25 km/h. Lo importante es que sepan y lo acumplan”, Concluyy.
Carol Malaver
Subedora Bogotá
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