Economia
¿Pueden multarlo por disfrazar el carro o la moto para celebrar Halloween?

Durante la última semana del mes de octubre, los colombianos se preparan para celebrar Halloween, una de las noches más importantes del año, por lo que hay algunas personas que aprovechan esta fecha para disfrazar sus carros y motos.
Aunque parece un simple gesto cargado de creatividad, algunos ciudadanos transitan por las calles con la inquietud de si los adornos terroríficos que colocan en los vehículos pueden provocar alguna multa o llamado de atención por parte de las autoridades.
No existe una norma que impida decoras los carros o las motos. Foto:iStock
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Frente a eso, en los últimos días, la Secretaría Distrital de Movilidad aclaró que no existe como tal una medida que impida decorar los carros o las motos durante la celebración de Halloween, siempre y cuando se respeten ciertas consideraciones de seguridad.
Pese a que el Código Nacional de Tránsito Terrestre (CNT), no contempla de manera explícita alguna norma que prohíba esta práctica, sí establece algunas condiciones para evitar sanciones o llamados de atención.
Es importante tener en cuenta las recomendaciones del Código Nacional de Tránsito Terrestre. Foto:iStock
De acuerdo con lo señalado por artículo 130 del reglamento, quienes decidan añadir cualquier atuendo u objeto a su vehículo durante la festividad, deben procurar que los elementos no obstaculicen la visibilidad de los conductos.
En ese sentido, no se permite cubrir los vidrios del automóvil o la moto con artículos, tintes, adornos o polarizados no autorizados. En caso de que la persona no cumpla con esta indicación, se expone a una multa de ocho salarios mínimos legales vigentes.
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¿Cómo disfrutar del Halloween con seguridad?
- Usar materiales livianos que no representen un riesgo para los actores viales.
- Evitar cubrir luces, direccionales o placas.
- No utilizar objetos que puedan distraer a otros conductores o peatones.
Otro aspecto importante dentro del Código Nacional de Tránsito Terrestre es no alterar el color original del vehículo o realizar alguna modificación en su estructura sin comunicarlo previamente ante las autoridades competentes.
Los adornos no pueden distraer a los conductores o peatones. Foto:iStock
Por su parte, los adornos temporales como calcomanías, vinilos o alumbrados están permitidos, siempre y cuando no cambien las propiedades de identificación del carro o la moto.
Recuerde que antes de disfrazar su vehículo es recomendable revisar detenidamente el reglamento para evitar sanciones o llamados de atención de las autoridades durante la noche de Halloween.
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STEPHANY GUZMÁN AYALA
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL






