Con la entrada en vigor de la Ley 2101 de 2021, que establece la reducción progresiva de la jornada laboral en Colombia de 48 a 42 horas semanales, uno de los plazos clave para aplicar esta medida fue el 15 de julio de 2025, aunque aún queda la incógnita sobre cuándo se realizará el siguiente ajuste.
Hay casos en los que no aplica el día de descanso Foto:iStock
Estos son los plazos que tienen las empresas para realizar el cambio de horario
Con el fin de facilitar la transición tanto para empleadores como para trabajadores, el Gobierno estableció un cronograma con fechas definidas para la reducción gradual de la jornada laboral:
El 15 de julio de 2023, comenzó la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021 con una primera reducción de la jornada laboral, pasando de 48 a 47 horas semanales.
Posteriormente, el 15 de julio de 2024, se aplicó un nuevo ajuste que disminuyó la jornada a 46 horas por semana.
Este proceso de reducción continuó el 15 de julio de 2025, estableciendo como jornada máxima las 44 horas semanales.
Esta medida hace parte del cronograma progresivo definido por el Gobierno, cuya meta final es que, para el 15 de julio de 2026, los trabajadores colombianos cuenten con una jornada laboral de 42 horas semanales, sin afectar sus condiciones salariales ni prestaciones adquiridas.
Es decir, las fechas establecidas para implementar cada fase de la reducción de la jornada laboral están fijadas exclusivamente para el 15 de julio de cada año, siendo este el plazo límite anual para realizar los ajustes correspondientes.
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Los trabajadores podrán tener un día libre Foto:iStock
¿Cómo funcionará la reducción de la jornada laboral?
De acuerdo con el artículo 2º de la Ley 2101 de 2021, la reducción de la jornada laboral puede ser definida de manera concertada entre el empleador y el trabajador.
Esta jornada podrá organizarse en 5 o 6 días a la semana, siempre y cuando se garantice al menos un día completo de descanso. Aunque las partes tengan flexibilidad para establecer la distribución de las horas, la ley fija un límite máximo de 9 horas de trabajo por día y un mínimo de 4 horas continuas.
Cabe destacar que, según lo estipulado en el Código Sustantivo del Trabajo, el tiempo destinado al almuerzo no se cuenta como parte de la jornada laboral. Por lo tanto, no puede ser considerado como una vía para reducir las horas de trabajo establecidas por la ley.
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Existen ciertas excepciones contempladas por el Ministerio de Trabajo Foto:iStock
Excepciones a la ley de reducción de jornada laboral
La Ley 2101 de 2021 será aplicada a los trabajadores del sector privado, es decir, a quienes estén vinculados laboralmente con empresas privadas, incluyendo también a las personas empleadas en labores domésticas.
No obstante, existen ciertas excepciones contempladas por el Ministerio de Trabajo, lo que significa que no todos los trabajadores se verán cobijados por esta reducción de jornada. Los siguientes grupos no estarán sujetos a este cambio:
- Servidores públicos, a menos que trabajen en empresas estatales cuyo régimen laboral esté regido por el Código Sustantivo del Trabajo.
- Empleados con horarios especiales, es decir, aquellos que no desarrollan una jornada estándar de 8 horas diarias.
- Menores de edad que tengan un contrato laboral vigente y autorización del Ministerio del Trabajo.
- Personas que desempeñan funciones de dirección, confianza o manejo dentro de las organizaciones.
- Trabajadores que prestan servicios domésticos, tanto en zonas urbanas como rurales.
El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma, aclaró que: “Esta ley tampoco afecta o modifica las jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales, como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo”.
Empresas que incumplan tendrán sanciones. Foto:iStock
Estas son las sanciones por incumplimiento
Las empresas que no hayan implementado completamente la reducción de la jornada laboral antes del 15 de julio de 2026 podrán enfrentar sanciones por parte del Ministerio del Trabajo, entidad encargada de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 2101 de 2021.
Ante esto, se hace un llamado a los empleadores a cumplir con el cronograma establecido, no solo para evitar sanciones, sino también para contribuir al bienestar de sus trabajadores y trabajadoras, promoviendo un equilibrio más saludable entre la vida laboral y personal.
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REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
ESTEFANÍA MAYORGA RINCÓN
