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Reglamentación Bonos Carbono: Colombia oficializa nuevo decreto ambiental

Reglamentación bonos carbono — Reglamentación Bonos Carbono: Colombia oficializa nuevo decreto ambiental
Reglamentación bonos carbono — Reglamentación Bonos Carbono: Colombia oficializa nuevo decreto ambiental

El Gobierno de Colombia, en su último día de gestión el 6 de agosto de 2026, oficializó la Reglamentación bonos carbono en el país, cumpliendo un mandato de la Corte Constitucional. Esta medida establece las reglas operativas y financieras para proyectos de mitigación de emisiones, aunque la administración entrante ya anunció una revisión de sus parámetros.

La Reglamentación bonos carbono en Colombia fue expedida oficialmente por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible el pasado 6 de agosto de 2026, día que marcó el fin de la administración del presidente Gustavo Petro. Un bono de carbono es un título equivalente a una tonelada de emisiones contaminantes reducidas o capturadas. Esta normativa, firmada el 4 de agosto, responde a un mandato de la Corte Constitucional emitido a mediados de 2024, tras identificar vulneraciones a los derechos de consulta previa y participación en proyectos de territorios étnicos de la Amazonia.

La medida administrativa establece las reglas para iniciativas de mitigación y remoción de gases de efecto invernadero en el territorio nacional. No obstante, Fabio Arjona, ministro de Ambiente designado por el presidente electo Abelardo De La Espriella, anunció que la nueva administración reconsiderará los parámetros definidos por el Gobierno saliente.

¿Cómo funcionará la Reglamentación bonos carbono en el país?

En la estructura del mercado nacional, estos bonos constituyen títulos transables cuyo valor oscila entre los $8.000 y $30.000 por unidad en los proyectos locales, según datos del mercado. Las transacciones se desarrollan habitualmente en zonas de conservación gestionadas por comunidades indígenas y afrodescendientes, con la intermediación de empresas desarrolladoras y firmas verificadoras, como lo describe el decreto.

El texto de la Reglamentación bonos carbono estipula duraciones específicas para los proyectos, buscando un equilibrio entre la conservación y la viabilidad económica:
Proyectos de reducción de emisiones: Como la conservación de bosques en áreas étnicas, tendrán una duración máxima de 15 años, dividida en períodos de comercialización de cinco años renovables o una etapa única de una década.
Desarrollos de remoción tecnológica: Incluyendo la producción de biogás, podrán extender su vigencia hasta por 40 años mediante tres renovaciones de diez años.

Supervisión y prioridades nacionales

El decreto impone una supervisión estatal obligatoria para el avance entre fases de los proyectos. Para iniciar la etapa de implementación y venta de créditos en el mercado, las organizaciones deberán contar con una autorización formal emitida por el Ministerio de Ambiente mediante acto administrativo, como lo han reportado medios como El Tiempo. Esta medida busca asegurar la transparencia y el cumplimiento de las metas.

Finalmente, la reglamentación determina que se priorizarán las metas de reducción de emisiones pactadas por el Estado colombiano en compromisos internacionales hacia el año 2030. La venta internacional de bonos de carbono estará condicionada a la aprobación previa de la autoridad ambiental nacional, garantizando que el mercado contribuya a los objetivos climáticos del país. Conozca más noticias de Colombia.