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Anulan la Ley que Estableció el Fuero de Justicia Laboral en Buenos Aires: Un Giro Sorprendente

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Suspendieron la ley que creó el fuero de la justicia laboral en la ciudad de Buenos Aires
La justicia invalidó la normativa que instauró los tribunales laborales de la ciudad de Buenos Aires

Este día, un juez federal ha optado por anular la normativa de la Legislatura que introdujo el fuero laboral en la ciudad de Buenos Aires. Esta determinación fue formalizada a través de una medida cautelar, señalando que los nuevos tribunales “se superponen y desplazan” a los existentes a nivel nacional, indicando que su funcionamiento requiere de un acuerdo entre Nación y Ciudad.

Fuentes del ámbito judicial, comunicaron a Infobae que esta resolución fue tomada por el juez de lo contencioso administrativo federal Santiago Carrillo, en respuesta a una demanda presentada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de la Nación (AMFJN), que defiende a jueces y fiscales.

Este laudo se inscribe en un conflicto que se intensificó hacia finales del año: el posible traslado de la justicia nacional a la ciudad de Buenos Aires. Esta es una petición histórica fundamentada en su autonomía -donde ya se administra la justicia contenciosa, administrativa y parte del ámbito penal- y que ha sido cuestionada por la justicia nacional al considerarla inconstitucional.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido diversos pronunciamientos que reconocen la autonomía de la ciudad y, a finales de año, en la resolución “Levinas” determinó que los casos nacionales pueden ser apelados ante el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad, lo que generó una reacción de las Cámaras nacionales, alegando que no acatarían dicha resolución.

Como parte de su búsqueda de autonomía, la Legislatura aprobó en diciembre la ley 6.789, estableciendo un fuero laboral que incluye 10 juzgados de primera instancia, dos fiscalías y dos defensorías oficiales, además de una cámara de apelaciones con dos salas compuestas por tres jueces cada una, junto con un fiscal y un defensor de cámara. Este proyecto fue promovido por el gobierno de Jorge Macri.

El objetivo es manejar asuntos laborales de individuos y empresas situadas en CABA, y la ley estableció un periodo de 180 días para su implementación. De hecho, el Consejo de la Magistratura de la ciudad ya ha iniciado un concurso público para ocupar los puestos de jueces.

No obstante, la AMFJN ha cuestionado esta medida. Alega en su recurso que la nueva justicia laboral priva a la nacional de competencias conferidas por una ley del Congreso de la Nación, el único órgano capaz de modificar tal estatus.

La legislatura de la ciudad
La legislatura de la ciudad

El gobierno porteño ha presentado su postura en el caso, pidiendo el rechazo de la demanda. Sostiene que la justicia federal carece de competencia para intervenir, haciendo referencia a un caso similar que ya fue desestimado por los tribunales locales. Además, argumenta que la creación del fuero laboral se basa en su autonomía como ciudad.

En primer término, el juez Carrillo consideró que tenía la facultad para intervenir y asumió el caso relacionado con la ciudad. Sin embargo, al existir un conflicto de competencias, remitió el asunto a la Corte Suprema para que determine cuál juzgado debe hacerse cargo de la intervención.

Seguidamente, el magistrado procedió a suspender la normativa del fuero laboral porteño. En su resolución de 28 páginas, a la cual este medio tuvo acceso, argumentó que la Corte Supremaen varios fallos se ha autorizado el traslado de la justicia nacional a la capital, siempre a través de convenios acordados entre las dos jurisdicciones, como sucedió en la transferencia de competencias penales. “La naturaleza nacional de los tribunales ordinarios de la Capital Federal es simplemente temporal y su permanencia depende de la realización de los convenios de traspaso de competencias”, afirmó Carillo, fundamentando su decisión en las resoluciones del tribunal superior.

Además, agregó: “La legislatura porteña se encuentra imposibilitada de alterar de manera unilateral la situación excepcional y temporal de la administración de justicia en el territorio de la ciudad de Buenos Aires, mientras sea sede de la Capital de la República y en todo aquello que no esté otorgado explícitamente por dicha ley normativa.”

“En este contexto, el gobierno local busca activar tribunales que se superponen y sustituyen las competencias otorgadas por ley del Congreso a los juzgados y cámara nacional del Trabajo, sin haber formalizado los acuerdos políticos indispensables”, subraya en otra sección de su fallo.

“Esta circunstancia no solo puede obstaculizar la labor del Poder Judicial de la Nación, perjudicando la efectividad y calidad en la prestación del servicio de justicia. Además, pone en juego intereses públicos significativos, dada la complejidad institucional que implica el establecimiento de órganos judiciales cuestionados constitucionalmente”, concluyó.

La interrupción de la ley se mantendrá hasta que se resuelva el fondo de la demanda —que es la inconstitucionalidad de la norma— o hasta que se formalicen los convenios que validen el traspaso de la justicia laboral. El gobierno de la ciudad dispone de la posibilidad de apelar la decisión para que sea revisada por la Cámara en lo contencioso administrativo federal.




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