Economia
“Descubre cómo reclamar tu compensación por incapacidad permanente parcial en 2025”
¡Hola !, Tu correo ha sido verificado. Ahora puedes
Elige los Boletines que desees recibir con la información más relevante.
¡Bienvenido , has establecido tu cuenta en EL TIEMPO! Descubre y personaliza tu perfil.
Hola Clementine, el correo baxulaft@gmai.com aún no ha sido corroborado. Verificar Correo
Se enviará un correo electrónico de verificación a
clementine@ejemplo.com
Verifica tu bandeja de entrada y, si no lo encuentras, revisa tu carpeta de spam.
SI, ENVIAR
Ya posees una cuenta asociada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas todos los beneficios que tenemos para ti. Iniciar sesión
Este trámite no tiene costo alguno y no se necesita un abogado.
El valor de la pensión varía según el caso.
eth Imagen: iStock
La indemnización por incapacidad permanente parcial se otorga cuando el trabajador presenta una disminución en la capacidad laboral en un porcentaje superior al 5% y menor al 49.9%.
Primer plano de médica con estetoscopio vendando la mano de un paciente masculino. Foto:iStock
Incapacidad laboral
- La Administradora de Riesgos Laborales (ARL) emite un documento en el que se especifica el porcentaje de disminución de la capacidad laboral, en caso de no estar conforme, se puede impugnar el diagnóstico.
- Una vez que se obtenga el informe que establece la reducción de capacidad para laborar entre 5% y 49.9% y si se está conforme, se puede solicitar el pago de la indemnización por incapacidad permanente parcial.
- Cuando la ARL reciba la petición, procede a realizar la liquidación y abona la indemnización que es un monto único de dinero y esto se paga en una sola ocasión.
Este procedimiento no tiene costo alguno y no se requiere de un abogado.
¿A dónde dirigirse?
- Administradora de Riesgos Laborales.
- Junta Regional de Calificación de Invalidez.
- Junta Nacional de Calificación de Invalidez.
Hombre mayor con dolor de rodilla Foto:iStock
¿Cuándo se puede solicitar la indemnización por incapacidad permanente?
La solicitud de indemnización por incapacidad permanente puede hacerse cuando:
- Se ha padecido un accidente laboral.
- La ARL haya efectuado la calificación de la disminución de capacidad laboral.
- La calificación de la pérdida laboral debe estar entre el 5 % y el 49.9 %.
- En caso de ser una enfermedad progresiva, se puede volver a calificar y ajustar el porcentaje de disminución de capacidad laboral.
- El gobierno Nacional establece periódicamente los criterios de ponderación y la tabla de liquidación de incapacidades.
- Si el porcentaje de disminución de capacidad laboral es del 50% o más se debe solicitar la pensión de invalidez.
Según el artículo 1 de la Ley 776 de 2002, “todos los afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales que, conforme a lo estipulado en esta ley o el Decreto-ley 1295 de 1994, sufran un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, o como resultado de ellos se incapaciten, invalide o mueran, tendrán derecho a que este Sistema General les brinde servicios asistenciales y les reconozca las prestaciones económicas señaladas en el Decreto-ley 1295 de 1994 y la presente ley.”
Enfermedad, estacional Foto:iStock
¿Cuál es el valor de la pensión de invalidez?
La normativa previamente mencionada indica que a la persona a quien se le declare una invalidez le corresponderá, desde el mismo instante, las siguientes prestaciones económicas, según sea el caso:
- Cuando la invalidez supere el cincuenta por ciento (50%) e insuficiente sea inferior al sesenta.y seis por ciento (66%), tendrá derecho a una pensión por invalidez equivalente al sesenta por ciento (60%) del ingreso base de liquidación.
- En caso de que la invalidez supere el sesenta y seis por ciento (66%), tendrá derecho a una pensión de invalidez equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del ingreso base de liquidación.
- Si el pensionado por invalidez necesita el apoyo de otra o más personas para llevar a cabo las actividades esenciales de su vida, el monto de la pensión mencionada en el literal anterior se incrementará en un quince por ciento (15%).
Médico sentado en escritorio y escribiendo una receta para su paciente Foto:iStock
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
ESTEFANÍA MAYORGA RINCÓN
Mantente al tanto de toda la información económica en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

Suscríbete a nuestros boletines y recibe noticias en tu correo basadas en tus intereses. Mantente al tanto de lo que verdaderamente te importa.

Síguenos en GOOGLE NEWS. Permanece siempre actualizado con las últimas noticias, coberturas, relatos y análisis directamente en Google News.

Conéctate al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al tanto de las noticias más importantes al instante.

Permanece informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las noticias más recientes, coberturas, relatos y análisis directamente en tu dispositivo.

Datos verificados para ti. Regístrate en EL TIEMPO y accede de manera ilimitada a nuestros contenidos informativos.






