Colombia
Tribunal Decide Detener el Controversial Proceso de Resolución Ambiental para la Sabana de Bogotá

El Funcionario del Tribunal de Cundinamarca Determinó la interrupción del Proceso de Emisión de la Resolución Mediación por la Que el Ministerio de Ambiente había establecido directrices ambientales en la regulación de la sabana y Bogotá.
SE TRATA DE UNA MEDIDA CAUTELAR PROVISIONAL QUE LA MAGISTRADA NELLY VILLAMIZAR SOLICITÓ PARA QUE LOS DOCUMENTOS Y EVIDENCIAS TÉCNICAS SEAN SOMETIDOS A REVISIÓN POR LAS ENTIDADES QUE “No Tuvieron la Oportunidad de Controvertir y Contradecir”.
Según la resolución, de acuerdo a fuentes consultadas por el tiempo, el minambiente deberá convocar a las entidades territoriales de las Autoridades de la Auto Concertada.
El Borrador, que fue publicado en la Página Web del Minambiente, otorgaba plazo hasta este viernes 14 de marzo para los Comentarios de Entidades, Organizaciones y Personas. No obstante, la exministra Susana Muhamad, quien lideró el proceso de formulación y presentó el proyecto de norma al momento de renunciar a la cartera, indicó que el plazo podría ampliarse.
La Audiencia fue solicitada por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (Eaab) en el marco del cumplimiento de la Sentencia de SANEAMIENTO DEL Río Bogotá.
Este Proyecto de Resolución afecta a 40 Municipios de la Sabana y a la Capital Colombiana.
La Solicitud contó con el apoyo de la Alcaldía de Bogotá, la Gobernación de Cundinamarca, El Grupo Energía Bogotá, La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y La Procuraduría General.
A la Audiencia de este viernes asistieron el Alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán; el Gobernador de Cundinamarca, Jorge Rey, y la Ministra de Ambiente, Lena Yanina Estrada, entre otros altos funcionarios del Distrito y del Gobierno Nacional.
ESTA FUE LA SEGUNDA AUDIENCIA convocada por la Magistrada Nelly Villamizar, quien ha venido realizando seguimiento durante más de 20 años al cumplimiento de las decisiones para la recuperación del Río y toda su cuenca. La Primera Audiencia se llevó a cabo el pasado viernes 7 de marzo.
El Alcalde Galán manifestó a este diario que celebraba la decisión del Tribunal y que esta “reafirma que debemos trabajar de manera coordinada y respetando las competencias de cada autoridad para implementar acciones conjuntas en pro de la protección del medio ambiente”.
Agregó que invitaba al Ministerio de Ambiente para que “en un trabajo sincero de articulación interinstitucional” se encuentren los mecanismos de protección para la sabana.
“Debemos colaborar con los municipios de Cundinamarca, con la CAR y el Consejo Estratégico de la cuenca hidrográfica del Río Bogotá, para construir de manera conjunta los lineamientos, mediante un proceso realmente participativo que involucre a la ciudadanía”, enfatizó Galán.
Audiencia en el Tribunal de Cundinamarca Foto:Archivo particular
En realidad, antes de las audiencias, el Alcalde Galán había señalado que el texto y los documentos de apoyo de la Resolución no fueron consensuados conforme a lo requerido por la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional y que, por lo tanto, es ilegal si se llegase a considerar administrativo. El Mandatario, de hecho, anunció que en tal caso presentará una demanda.
El Gobernador Jorge Rey también
Se había indicado que el borrador lo sorprendió debido a que el departamento no fue convocado por el ministerio. Comentó, incluso, que el proyecto de resolución producía “una restricción en el desarrollo de los municipios y Bogotá”.
Mi acueducto de Bogotá mencionó que en la elaboración del borrador de resolución faltó coordinación con el Distrito Capital y advirtió que, si se emitía el acto administrativo, tendría efectos futuros para una posible modificación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
Se mencionó, igualmente, que además de ignorar las decisiones sobre la recuperación del río Bogotá, tampoco se tiene en cuenta el POMCA del río.
La empresa también sugirió posibles impactos adversos para el saneamiento del río Bogotá, tal como ordenaron las sentencias de 2004 y 2014 del Tribunal de Cundinamarca y del Consejo de Estado, respectivamente.
En concreto,
Con esta PTAR se pretende descontaminar el 70 por ciento de las aguas residuales de Bogotá y el 100 por ciento de las de Soacha. Su construcción está planeada en una zona rural del municipio vecino, muy cercana al río Bogotá.
Además, según el análisis de los argumentos del acueducto, la resolución del Ministerio de Ambiente podría terminar impactando la PTAR Salitre, e incluso, podría llevar a la paralización de su operación.
Audiencia Tribunal Administrativo de Cundinamarca Foto:Archivo particular
Del mismo modo, como mencionó el alcalde Galán en una entrevista con El Tiempo, señaló que la cartografía de la resolución se “superpone” a la establecida en el POT de 2021.
En las exposiciones de motivos en contra del borrador de resolución también se planteó la posibilidad de impactos económicos para Bogotá y los municipios de la sabana.
El Ministerio de Ambiente, por su parte, afirmó que la resolución es el resultado de un trabajo que ha durado más de dos años y aseguró que no afecta el proyecto de la PTAR Canoas ni la PTAR Salitre.
Además, subrayó que dicha cartera realizó estudios técnicos y consideró los riesgos y la vulnerabilidad ante el cambio climático.
Minambiente insistió en que el proyecto de norma no afecta de manera retroactiva a los barrios existentes ni a la infraestructura establecida para asegurar la prestación de servicios tanto en la capital como en los municipios.
Es importante recordar que la exministra Suad Muhamad había declarado que el proyecto de resolución “respeta las orientaciones de los POT que existen”. Y puntualizó que tampoco hay impacto para el patio taller del metro ni para los 138 barrios que se encuentran en la ronda del río Bogotá. “Eso ya lo identifican el POT y la resolución”, insistió en una entrevista con El Tiempo.
Audiencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Foto:Archivo particular
Sobre la propuesta de resolución, el alcalde Galán había señalado que es ilegal por no haber sido concertada como lo ordena la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Y la ampliación de los plazos planteada por la exministra Mohamad “no corrige los fallos o errores”.
“El distrito no debe ser simplemente un actor más al que le piden que presente comentarios en la etapa final de construcción, cuando se publica, cumpliendo lo que dice el CPACA (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo)”, indicó en una entrevista al diario.
En la misma línea, el gobernador Jorge Rey comentó que, tal y como estaban los lineamientos propuestos para el ordenamiento de la sabana y Bogotá, los suelos de expansión urbana quedaban congelados -se están ahora en los planes de ordenamiento- y en adelante no se podrían realizar expansiones para responder, por ejemplo, a una demanda de vivienda que generaría el crecimiento de la población.
“Esa imposibilidad de habilitar suelos para vivienda, de acuerdo con Rey, provocará expulsiones de población”.






