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USCIS: cómo solicitar una exención de pago en trámites migratorios | MAG

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Después de informarte que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) ya anunció cuáles son los formularios que ahora se pueden presentar en línea, consideré oportuno indicarte cómo solicitar una exención de pago en trámites migratorios. Para conocer lo que se debe hacer, lee esta nota por completo.

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Primero que nada es importante que tengas en cuenta que si bien se pueden descargar los formularios de USCIS de manera gratuita, presentar la mayoría de estos cuesta dinero y algunos poseen precios elevados que ponen en aprietos a muchas personas, especialmente a los solicitantes que pertenecen a familias de escasos recursos.

En casos así, USCIS puede eximir el pago de la tarifa a quienes demuestren justamente que no pueden pagar. Para ello, el solicitante debe completar el formulario I-912 | Petición de Exención de Tarifas. En la página web de la agencia del gobierno estadounidense se encuentran las instrucciones para hacerlo y después enviarlo.

USCIS es la agencia del gobierno estadounidense encargada de administrar la inmigración legal al país. (Foto: hapabapa / iStock)

USCIS es la agencia del gobierno estadounidense encargada de administrar la inmigración legal al país. (Foto: hapabapa / iStock)

/ hapabapa

Con respecto a cuáles son los formularios elegibles para una exención de pago de tarifas, pues la lista te la brindaré a continuación. Abre bien los ojos para que no haya ninguna confusión.

Formularios elegibles para una exención de pago de tarifas

  • Formulario I-90, Solicitud para Remplazar la Tarjeta de Residente Permanente.
  • Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, pero solo si usted solicita una extensión del estatus E-2 de Inversionista de CNMI bajo 8 CFR 214.2(e)(23).
  • Formulario I-129CW, Petición para un Trabajador Transicional No Inmigrante – Solo CNMI, para un inversionista CNMI E-2.
  • Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, pero solo si solicita el permiso humanitario.
  • Formulario I-191, Solicitud de Ayuda bajo la Antigua Sección 212(c) de la Ley de Inmigración y Nacional (INA).
  • Formulario I-192, Solicitud de Permiso Adelantado para Ingresar como No Inmigrante, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por motivos de carga pública.
  • Formulario I-193, Solicitud de Exención de Pasaporte y/o Visa, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por carga pública (tenga en cuenta que debe pagar todas las tarifas cuando solicite un pasaporte estadounidense del Departamento de Estado de Estados Unidos).
  • Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción, pero solo si la solicitud base estuvo exenta de pago de tarifas, se le eximió del pago de taifas o fue elegible para una exención de tarifas.
  • Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus. La exención de tarifas solo está disponible si usted solicita el estatus de residente permanente legal basado en:

– Una categoría de elegibilidad que está exenta de las causales de inadmisibilidad por carga pública de la sección 212(a)(4) de la INA, tales como Ley de Ajuste Cubano, Ley de Inmigración Justa para Refugiados Haitianos.

– Residencia continua en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 1972, (“Registro”)

– Estatus de asilado.

  • Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar el Estatus de No Inmigrante, si usted solicita una extensión del estatus E-2 de No Inmigrante Inversionista de CNMI bajo 8 CFR 241.2(e)(23).
  • Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por carga pública en la Sección 212(a)(4) de la INA.
  • Formulario I-694, Notificación de Apelación de Decisión bajo las Secciones 210 o 245ª  de la INA, si su solicitud o petición base estuvo exenta de tarifas, se le eximió del pago de tarifas, o era elegible para una exención de tarifas.
  • Formulario I-751, Petición para Cancelar las Condiciones sobre Residencia.
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, a menos que usted presente su solicitud bajo la categoría (c)(33), Acción Diferida para los Llegados en la Infancia.
  • Formulario I-817, Solicitud de Beneficios de Unidad Familiar.
  • Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal (y solo la tarifa de servicios biométricos requerida).
  • Formulario I-881, Solicitud de Suspensión de Deportación o Regla Especial de Cancelación de Remoción.
  • Formulario N-300, Solicitud para Presentar una Declaración de Intención.
  • Formulario N-336, Petición de Audiencia sobre una Decisión en los Procedimientos de Naturalización.
  • Formulario N-400, Solicitud de Naturalización.
  • Formulario N-470, Solicitud para Conservar la Residencia para Propósitos de Naturalización.
  • Formulario N-565, Solicitud para Reemplazar Documento de Naturalización/Ciudadanía.
  • Formulario N-600, Solicitud de Certificación de Ciudadanía.
  • Formulario N-600K, Solicitud de Ciudadanía y Emisión de Certificado bajo la Sección 322.
USCIS promueve la integración de los inmigrantes mediante el cumplimiento de las leyes migratorias en Estados Unidos. (Foto: JasonDoiy / iStock)

USCIS promueve la integración de los inmigrantes mediante el cumplimiento de las leyes migratorias en Estados Unidos. (Foto: JasonDoiy / iStock)

/ JasonDoiy

Además, uno puede solicitar “una exención de pago de tarifas para cualquier solicitud o petición que esté relacionada con una petición para un beneficio de estatus que usted desea obtener”, como: Cónyuge abusado de un A, G, E-3, o No Inmigrante H (I-290B); cónyuge o hijo abusado de un residente permanente legal o ciudadano estadounidense bajo INA 240A(b)(2); no Inmigrante T.Receptor de Estatus de Protección Temporal (como por ejemplo Formularios I-131, Formulario I-821 inicial (y solo se requiere la tarifa de servicios biométricos) y Formulario I-601); no Inmigrante U y Auto peticionario. Para más información sobre el tema no olvides que puedes visitar la página de USCIS.

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SOBRE EL AUTOR

César Quispe Alcócer

Periodista. Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de San Martín de Porres. Redactor Real Time del Núcleo de Audiencias en secciones web especializadas en México y Estados Unidos dentro del Grupo El Comercio.



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